¿Cómo otorgar o revocar un poder para actuar ante los registros durante el estado de alarma?

¿Cómo otorgar o revocar un poder para actuar ante los registros durante el estado de alarma?

25 / 04 / 2020 06:30

Actualizado el 01 / 02 / 2021 14:27

En esta noticia se habla de:

El confinamiento provocado por el estado de alarma derivado de la pandemia de coronavirus ha cambiado de golpe la forma de trabajar y las relaciones profesionales, en algunos casos incluso han quedado paralizadas.

No es el caso, de los poderes en el ámbito empresarial, donde administradores o apoderados de las sociedades mercantiles y emprendedores de responsabilidad limitada que tengan inscrita su condición en el Registro Mercantil pueden seguir operando a través de los poderes electrónicos.

El otorgamiento o revocación de poder de forma electrónica es cierto que no es nuevo, de hecho está contemplado en la Ley de emprendedores, de 27 de septiembre de 2013, pero sí la solución ante la restricción de movilidad impuesta por el estado de alarma.

Este método, alternativo al tradicional ante notario, «es fácil, cómodo y seguro«, asegura a Confilegal Jorge Salazar, vocal de la Junta del Colegio de Registradores y vocal director del servicio de Coordinación de Registros Mercantiles, quien cree que la situación de confinamiento puede ser una oportunidad para familizarse con este mecanismo.

Esta operación se puede hacer a través de la página web del Colegio de Registradores, de manera que los ciudadanos no tengan que acudir presencialmente al Registro.

Para ello, hay que darse de alta en los servicios interactivos del Colegio de Registradores, disponer de certificado de firma electrónica, acceder mediante el navegador Internet Explorer 11 y tener instalado en el ordenador el ‘software’ de JAVA.

En la web están disponibles los formularios previstos para otorgamiento y revocación de poderes, con una amplia gama de facultades, clasificadas por categorías, para diseñar el contenido del poder del modo que se quiera.

En cuanto a la acreditación del poder inscrito o revocado, una vez realizada la inscripción del poder electrónico, se recibe una certificación electrónica, imprimible en papel, con Código Seguro de Verificación (CSV).

Este CSV permite comprobar su autenticidad y también la vigencia del poder, pues una vez que se inscriba la revocación o se produzca la caducidad del poder, al intentar comprobar su vigencia, aparecerá también la constancia de dicha revocación o caducidad.

Tiene los mismos efectos

Ante posibles dudas que puedan surgir en torno al poder electrónico, Salazar recuerda que «tiene los mismos efectos» que el poder otorgado por el procedimiento tradicional, «acreditando las facultades del apoderado y la vigencia de las mismas por la legitimación, presunción de veracidad y validez, resultante de su inscripción en el Registro Mercantil».

Jorge Salazar.

Insiste, además, en que el procedimiento es «muy sencillo» y que se pueden consultar las indicaciones que hay en la página del Colegio de Registradores o, en cualquier caso, pedir más información.

Por otro lado, resalta que la vía electrónica también es aplicable para revocar un poder que se haya otorgado por la vía tradicional.

Noticias relacionadas:

Rosario Jiménez: «La llave de la transparencia societaria es la inscripción en el Registro Mercantil»

El Colegio de Registradores premia a la Universidad española con el Gumersindo de Azcárate en su decimosexta edición

Los concursos de acreedores bajan un 6,1 % en el primer trimestre de 2026, pero crecen un 7,6 % interanual

Registradores y CGAE aplauden, con límites, el Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública: «el sistema actual no funciona»

Los registradores expresan su apoyo a la reforma de la Ley de Integridad Pública porque cierra las puertas al fraude

El mercado de la vivienda supera los niveles de 2007: el precio medio marca un nuevo máximo histórico en 2025

Lo último en Mundo Judicial

Perelló con comité contra la pena de muerte

Perelló reafirma su compromiso con la abolición de la pena capital en su encuentro con el Comité Internacional contra la Pena de Muerte

Puerta de la Fiscalía General del Estado

Tres asociaciones de jueces y dos de fiscales reprochan a la FGE su inacción en la defensa de la independencia judical frente a los ataques desde la política

Diseño sin título(46)

El CGPJ responde a las críticas de los miembros del Gobierno y advierte del riesgo de erosionar la confianza en la Justicia

Ernesto Casado Apertura

La reforma de la Justicia, los MASC y la acción popular centran el gran congreso del CNLAJ en Valencia

Lehman y Cristina Carretero

La justicia emana del pueblo, pero el pueblo no la entiende: dos expertos plantean que se enseñe desde los 12 o los 13 años en los colegios