Facua denuncia al Teatro Real por no reembolsar el dinero de los bonos de la temporada 2020
Insta al Teatro Real a que garantice "de forma urgente" el reembolso del importe como una de las opciones, como hacen, según indica, el Liceo, el Teatro de la Zarzuela y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, instituciones dependientes, al igual que el Real, del Ministerio de Cultura. Foto: EP

Facua denuncia al Teatro Real por no reembolsar el dinero de los bonos de la temporada 2020

Dice que sólo ofrece a los ausuarios una tarjeta regalo o la bonificación del precio en la temporada del año siguiente
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04/5/2020 15:46
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Actualizado: 04/5/2020 15:47
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La asociación de consumidores Facua Madrid ha denunciado al Teatro Real ante la dirección general de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid por «negarse» a reembolsar el dinero de los bonos de la temporada 2020 tras haber suspendido los espectáculos que estaban programados por el coronavirus.

Según ha informado, la asociación está recibiendo numerosas quejas de usuarios que indican que la Fundación del Teatro Real, encargada del trámite de devolución y reintegro de bonos y entradas, no está dando la opción a los usuarios de recuperar su dinero.

Únicamente les ofrece una tarjeta regalo «sin límite de tiempo» canjeable por algún espectáculo futuro o producos de su tienda, o la bonificación del precio en el bono de la temporada del año siguiente, explica.

Facua Madrid insta al Teatro Real a que garantice «de forma urgente» el reembolso del importe como una de las opciones, tal y como hacen, según indica la asociación, el Liceo, el Teatro de la Zarzuela y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, instituciones dependientes, al igual que el Real, del Ministerio de Cultura.

FACUA recuerda que la Ley 17/1997, de 4 de julio, de la Comunidad de Madrid, sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas establece en su artículo 24.4 que «los usuarios tendrán derecho a la devolución total o parcial del importe abonado por las localidades, en el supuesto de que el espectáculo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente»

Además, señala que el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo recoge un protocolo para las reclamaciones por la compra de productos y contratación de servicios que «resultasen de imposible cumplimiento» por el estado de alarma.

La asociación indica que tras la presentación de una reclamación, la empresa tiene un plazo de 60 días para ofrecer una propuesta alternativa a la devolución del dinero, y que en el momento en que el usuario conteste indicando que no la acepta porque necesita recuperar el importe, éste deberá ser reembolsado en el plazo máximo de 14 días.

La normativa indica que el consumidor debe justificar «sobre la base de la buena fue» el motivo por el que rechaza la propuesta alternativa que dé la empresa.

Entre las causas razonables se incluye la imposibilidad de asistir en la fecha prevista como que no se garantice ni exista confirmación de los artistas del cartel ofrecido inicialmente, así como la imposibilidad de desplazarse al lugar del evento en la nueva fecha, añade Facua.

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