Justicia explica a jueces y fiscales el plan de desescalada que pondrá en marcha la actividad a pleno rendimiento en un mes
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, durante una reunión de la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia, en la reunión de hoy no estuvo el ministro. Foto: Ministerio de Justicia.

Justicia explica a jueces y fiscales el plan de desescalada que pondrá en marcha la actividad a pleno rendimiento en un mes

En la fase tres contempla la activación de los plazos procesales y el 100% del personal en turnos de mañana y tarde
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07/5/2020 17:54
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Actualizado: 07/5/2020 18:18
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Si la evolución de la pandemia de Covid-19 lo permite la actividad judicial volverá a pleno rendimiento en un mes, según los plazos que marca el Ministerio de Justicia para el plan de desescalada y que ha explicado este jueves a las asociaciones de jueces y fiscales.

En la primera fase se prevé que acuda entre un 30% y un 40% del personal solo en turnos de mañana, salvo excepciones justificadas, y en la fase dos, entre un 60% y un 70% en turnos de mañana y tarde.

Será en la fase tres cuando se incorpore el 100% del personal en turnos de mañana y tarde y con los plazos procesales activados. Si todo va bien, se prevé alcanzar esta fase en aproximadamente un mes.

El objetivo es llegar a la fase cuatro con el 100% de los efectivos en su jornada ordinaria y la actividad normalizada.

Son los planes que contempla el departamento de Juan Carlos Campo para la desescalada en la Administración de Justicia. La evolución entre fases está supeditada a las recomendaciones de las autoridades sanitarias en función de la evolución de la pandemia.

El secretario de Estado, Pablo Zapatero, y el secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues, se lo han comunicado hoy a las cuatro asociaciones judiciales y las tres de fiscales en una reunión por videoconferencia en la que les han presentado el documento denominado ‘Esquema de Seguridad Laboral y Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante la COVID-19‘.

El incremento del personal presencial se hará de manera progresiva y, según Justicia, los tiempos responderán a los criterios marcados por las autoridades sanitarias.

La fase uno comenzará la próxima semana y entre esta fase y la fase dos se prevé un plazo de al menos una semana. Entre la fase tres y la cuatro al menos dos semanas.

Para alcanzar la última fase, de vuelta a la normalidad, Justicia no marca plazos temporales y subraya que habrá que esperar a que se levanten por parte de las autoridades sanitarias las medidas acordadas para evitar la propagación del virus.

Reacción de las asociaciones

En un comunicado conjunto, las cuatro asociaciones de jueces (APM, AJFV, JJpD y FJI) y las tres de fiscales (AF, UPF y APIF) afirman que han mostrado su malestar por la falta de información y de consenso con las medidas que se van adoptando.

En la reunión, explica en el comunicado, han insistido en los temas de seguridad, especialmente en algunas sedes judiciales y en las oficinas de los registros civiles, así como en la necesidad de potenciar las herramientas tecnológicas.

También han destacado la acumulación de escritos presentados por los profesionales en las bandejas de los órganos judiciales.

A preguntas de las asociaciones, por parte del Ministerio se les ha informado que de no convalidarse la próxima semana el Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, se tratarán de cumplir más dificultosamente los objetivos propuestos en dicha norma.

Las asociaciones han coincidido en la necesidad de que en la comisión mixta se establezcan consensos para la efectividad de los señalamientos de juicios.

Criterios de presencia en turnos

El plan de Justicia establece una serie de criterios para la presencia en los turnos. El porcentaje de personal que atenderá los turnos en la fase uno (30-40%) se calculará sobre la plantilla orgánica de cada órgano o servicio.

Los juzgados y fiscalías en servicio de guardia deberán contar con toda la dotación de personal que preste el servicio de guardia para atender debidamente el servicio.

En los demás órganos judiciales, fiscales, Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, se atenderá a la naturaleza y necesidades de cada uno, así como las concretas funciones o materias legalmente atribuidas a cada órgano o conjunto de órganos.

El turno de asistencia de los letrados de la Administración de Justicia y los agentes de auxilio judicial se establecerá en función de los destinados en órganos del mismo tipo en cada partido judicial, siempre que exista más de uno de cada tipo. En caso contrario, deberán acudir un día de cada dos, aplicándose los criterios de sustitución ordinaria si fuera preciso.

El personal destinado en Registro Civil deberá asistir en su totalidad cuando el Letrado de la Administración de Justicia responsable considere que es imprescindible para la correcta prestación del servicio.

El personal de limpieza, el adscrito a las guardias de los equipos técnicos de menores y los oficiales de autopsia deberán seguir prestando sus servicios al 100%.

Justicia contempla que cuando los letrados de la Administración de Justicia consideren necesaria la presencia, por razones del servicio, de un porcentaje superior de plantilla, deberán solicitar autorización expresa de la Secretaría General de la Administración de Justicia, remitiendo informe razonado a través del respectivo secretario Coordinador Provincial.

El establecimiento de turnos de tarde será determinado por cada una de las administraciones competentes en su ámbito de actuación. El turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde.

Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70 y el 80% del personal que deba acudir en cada fase de desescalada, y en el de tardes entre el 20% y el 30%.

Participación en los turnos de tarde

La participación en los turnos de tarde será voluntaria y corresponde al responsable funcional de cada órgano o servicio determinar el personal que debe participar en los mismos, teniendo en cuenta su voluntariedad.

La modificación de las preferencias expresadas deberá comunicarse con al menos una semana de antelación a su efectividad.

Cuando existan una pluralidad de interesados superior a las plazas precisas para cubrir el turno de tarde, tendrán preferencia los funcionarios que tengan reconocido el permiso por deber inexcusable por razón de cuidado de menores o mayores dependientes. En su defecto, la preferencia se reconocerá por la mayor antigüedad en el órgano o servicio de destino.

Si no existieran voluntarios suficientes en el órgano judicial, podrá acordarse la cobertura del turno de tarde por voluntarios del mismo cuerpo que presten servicio en el partido judicial, que quedarán excluidos del turno de su propio órgano.

Solo cuando tampoco de esta forma se cubriera el turno de tarde podrá establecerse un turno forzoso rotatorio entre el personal del órgano o servicio, atendiendo a la menor antigüedad en el mismo, o, en su caso, a la movilidad dentro del centro de destino.

Horario de las jornadas

Cuando se establezcan turnos de mañana y tarde, el horario del turno de mañana será de seis horas entre las 7.30 y las 14 horas, y el de tarde de cuatro horas y treinta minutos entre las 15 y las 20 horas.

Se garantizará en todo caso el periodo de una hora entre la finalización del turno de mañana y el inicio del turno de tarde para proceder a la limpieza de los espacios de trabajo compartidos, sin perjuicio de la flexibilidad en la entrada y la salida del personal.

Se prevé escalonar los horarios de entradas y salidas del trabajo para evitar aglomeraciones, si el espacio no permite mantener las distancias.

Además, se fijará el debido distanciamiento temporal de señalamientos o citaciones, en cuanto fuera posible, para evitar la acumulación de personas en las sedes y en las zonas de espera.

Actuaciones en jornada de tarde

Durante la jornada de tarde no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales.

Cuando excepcionalmente se deban realizar actuaciones y estas requieran la presencia de personal de un cuerpo específico que no haya solicitado voluntariamente el turno de tarde, deberán ser atendidas por personal de otros órganos del mismo cuerpo que lo haya solicitado.

Medidas de seguridad laboral

Por último, en cuanto a las medidas de seguridad laboral el departamento de Juan Carlos Campo prevé disposición de geles o soluciones hidroalcohólicas y limpieza y desinfección frecuente.

Las mascarillas de protección respiratoria y guantes de protección deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios de protección colectiva, como distancia social y/o mamparas, o medidas de organización del trabajo, como teletrabajo o distribución del horario.

Para las dotaciones de personal en la sede judicial, y en función de otras medidas preventivas de protección colectiva, se dispondrá de mascarillas y guantes en cantidad suficiente para la jornada o para salidas urgentes, así como para el usuario, justiciable o detenido y su acompañante si su presencia fuera necesaria.

Como referencia general, supeditada a las actuaciones que vayan a realizarse o a las medidas de protección colectivas adoptadas, se distribuiría únicamente una mascarilla por persona/día y un par de guantes por persona/día.

Sobre los test, las asociaciones de jueces y fiscales han indicado en el comunicado conjunto que «los EPI serán obligatorios cuando lo establezcan las autoridades sanitarias, por el momento no lo son, y que los test tampoco por ahora están prescritos por las autoridades sanitarias«, ya que «se trata de bienes escasos y no está demostrada la inmunidad de todos los que han superado la enfermedad».

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