TAS: El velocista granadino Bralon Taplin sancionado 4 años sin competir por evitar un control antidopaje
El velocista granadino, Bralon Taplin, no ha podido convencer al TAD de que no evitó voluntariamente que le tomaran muestras de sangre, en un control antidoping, tras ganar una prueba de 400 metros en abril de 2019; durante cuatro años no podrá competir.

TAS: El velocista granadino Bralon Taplin sancionado 4 años sin competir por evitar un control antidopaje

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19/5/2020 21:09
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Actualizado: 19/5/2020 21:10
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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, en francés) ha desestimado el recurso presentado por el velocista granadino Bralon Taplin, de 28 años, contra la decisión emitida por la Organización Regional Antidopaje del Caribe (Caribbean RADO, en inglés) el 8 de noviembre de 2019, por la que se le impuso la sanción de suspender su participación en competiciones deportivas durante 4 años por haber evitado, de forma intencionada, someterse a un control anti-doping al acabar una prueba atlética. 

Fue el 13 de abril de 2019 en el Invitational de Granada; 400 metros libres.

Tras ganarla, Taplin concedió entrevistas a varios medios de comunicación en la pista. En ese marco fue informado por el acompañante de la Organización Nacional Antidopaje de Granada (Grenada NADO) de que debía someterse a un control antidopaje.

Sin embargo, el atleta se fue del estadio evitando la prueba. Y al día siguiente, cogió un avión temprano y dejó el país. 

El 20 de agosto de 2019 se notificó al deportista que sobre él pesaba la acusación de haber evitado, intencionadamente, la toma de muestras el día que tuvo lugar la prueba.

Tras una investigación, el Grupo de expertos de la Caribbean RADO emitió su fallo el 8 de noviembre de 2019 en la que concluyó que el deportista había intentado evadir a los oficiales de control antidopaje y, por lo tanto, era culpable del delito de evasión de la toma de muestras.

Por ello, se le impuso al deportista un período de suspensión de cuatro años.

La sanción supone, de facto, el final de la carrera deportiva del velocista granadino, que ya tiene 28 años. La única posibilidad de evitar ese final anticipado era el recurso que interpuso ante el TAS.

En el mismo, el deportista solicitó que se anulara la decisión impugnada y que se le declarara inmediatamente elegible para competir por no haber sido debidamente notificado de que había sido seleccionado para el control antidopaje.

El arbitraje del TAS fue dirigido por el canadiense Hugh L. Fraser, quien celebró una audiencia en presencia de las partes, sus asesores jurídicos y los testigos en las oficinas del Comité Olímpico de Granada los días 27 y 28 de febrero de 2020.

Como árbitro único, consideró inverosímiles las pruebas aportadas por el deportista de que nunca se le acercó, siguió o acompañó nadie de la NADO de Granada.

Teniendo en cuenta todas las pruebas aceptadas en este procedimiento, el árbitro único llegó ala conclusión de que el deportista era culpable del delito de evasión de la toma de muestras y confirmó el período de suspensión de cuatro años, que comenzó el 25 de septiembre de 2019, fecha en que se inició la suspensión provisional.

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