El Supremo concluye que los TSJ son los competentes para resolver sobre las manifestaciones convocadas por Vox

El Supremo concluye que los TSJ son los competentes para resolver sobre las manifestaciones convocadas por Vox

20 / 05 / 2020 17:09

El Tribunal Supremo concluye que los Tribunales Superiores de Justicia de cada territorio son los competentes para conocer de los recursos planteados por Vox contra la prohibición de las manifestaciones rodadas convocadas por este partido el próximo sábado en todas las capitales de provincia.

Así lo ha acordado este miércoles la Sala Tercera en un auto en el que declara la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para conocer de los recursos planteados por el partido de Santiago Abascal contra los acuerdos del Ministerio del Interior, del pasado 15 de mayo, que prohíben las manifestaciones convocadas por este partido en Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona el sábado 23 de mayo.

De esta manera, el tribunal resuelve la cuestión de competencia planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante quien Vox presentó los recursos alegando que así lo señalaban los acuerdos del Ministerio del Interior.

Sin embargo, el TSJ de Madrid consideró que carecía de competencia para resolver este asunto y lo envió al Supremo al entender que su resolución era competencia de este tribunal.

El supremo remite los recursos al TSJCat

El Supremo recuerda que el artículo 10.1.h) de la ley jurisdiccional establece que las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia conocerán en única instancia de los recursos que se deduzcan «en relación con la prohibición o la propuesta de modificación de reuniones previstas en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión».

Apunta la Sala Tercera que «basta la lectura del apartado para verificar que, ciertamente, la atribución de la competencia al Tribunal Superior de Justicia se determina en atención al contenido y finalidad del acto, y no en función de la caracterización e incardinación institucional del órgano que formalmente lo haya dictado”.

Por todo ello, el Supremo acuerda remitir con urgencia al TSJCat los recursos para que continúe su tramitación sin dilación.

Noticias relacionadas:

Condenada a indemnizar con 166.000€ a una empleada por no comprar unas zapatillas de seguridad de 30 euros

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

La AJFV sale en defensa del Supremo por la «Ley de Nietos» y pide al CGPJ que proteja la independencia judicial

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

La JEC analizará el lunes la instrucción del Supremo para acreditar el exilio de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

Lo último en Tribunales

padres Sandra Peña

La Audiencia de Sevilla confirma el archivo de la querella contra el colegio de Sandra Peña

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El TJUE limita las fianzas electorales: no pueden excluir a partidos minoritarios ni candidatos con menos recursos

Konecta(1)

Ocho años de litigio: el TSJ andaluz confirma que los efectos de una modificación injustificada se retrotraen al origen frente a Konecta

zapatillas de trabajo empleada indemnización

Condenada a indemnizar con 166.000€ a una empleada por no comprar unas zapatillas de seguridad de 30 euros

El discurso de protección a la mujer en Ceuta se encuentra en una encrucijada entre cultura extranjera, y machismo nacional. Foto: EP

La AN ordena al Gobierno paralizar la instalación del campamento para migrantes en el Puerto de Ceuta