El CNLAJ vuelve a reclamar que las aplicaciones que se empleen para los juicios telemáticos cuenten con la validación del CTEAJE
El presidente del CNLAJ, Rafael Lara, destaca que la responsabilidad del acta es del letrado de la administración de justicia, que es el responsable de la seguridad de los datos y la intimidad de los que intervienen en el juicio y que responden si no se garantiza, por lo que exige que hasta que no se confirme que son seguras, no se utilicen. Foto: Carlos Berbell

El CNLAJ vuelve a reclamar que las aplicaciones que se empleen para los juicios telemáticos cuenten con la validación del CTEAJE

Advierte que "está en juego el principio de seguridad jurídica, y el derecho fundamental de las personas a un proceso con todas las garantías y a la protección de sus datos"
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26/6/2020 12:38
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Actualizado: 17/3/2023 10:10
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El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia (CNLAJ) ha vuelto a reclamar que las aplicaciones que se usan para los juicios telemáticos cuenten con la validación del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE), como autoridad independiente.

«Está en juego el principio de seguridad jurídica, y el derecho fundamental de las personas a un proceso con todas las garantías y a la protección de sus datos, principios sobre los que se construye nuestro Estado de Derecho», subraya el Colegio.

El presidente del CNLAJ, Rafael Lara Hernández, ya advirtió hace un mes que las aplicaciones para celebrar juicios por videoconferencia que se pretenden usar alternativamente a los sistemas actuales, diseñados específicamente para Justicia, pueden no ser seguras y provocar que se terminen filtrando datos sensibles o incluso la grabación de la vista.

El pasado mayo, a raíz de que el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con trasferencias en materia de medios materiales en Justicia -Extremadura, Murcia, Islas Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Ceuta y Melilla- plantearan el uso de algunas aplicaciones alternativas a los sistemas actuales y se hiciera uso de alguna de ellas, el Colegio reclamó al Ministerio una auditoría de seguridad de todas ellas por parte del CTEAJE para decidir su uso, y no ha recibido respuesta alguna.

El presidente del CNLAJ ha enviado ahora un escrito al secretario general del CTEAJE, Román García-Varela Iglesias, con esta reclamación.

En el escrito, fechado a 23 de junio, Lara solicita al Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica que le informe y certifique si estas aplicaciones han pasado el examen del CTEAJE en cuanto a su interoperabilidad y seguridad, y si han sido validadas funcionalmente por el propio Comité.

En caso contrario, el Colegio exige que no se introduzca el uso de estas aplicaciones comerciales nuevas en la Administración de Justicia, hasta que las mismas no hayan pasado el examen del CTEAJE y hayan sido validadas funcionalmente.

Desde el CNLAJ no se tiene conocimiento de que estas aplicaciones propuestas por las Administraciones prestacionales hayan sido objeto de análisis por parte del CTEAJE.

EL ESCRITO DEL CNLAJ AL CTEAJE

El Colegio señala en el escrito que el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia «previó, de manera muy sucinta, la posibilidad de celebración de actos procesales mediante presencia telemática» y que la previsión legal, contenida en el artículo 19.1 del este Real Decreto-ley es «para el tiempo de duración del estado de alarma y los tres meses siguientes a su finalización».

No obstante, el Colegio apunta que reiteradas noticias aparecidas en medios de comunicación y en redes sociales dan a entender que la intención es los juicios telemáticos y el uso de estas aplicaciones «se mantengan en el tiempo, porque, como han declarado responsables del Ministerio de Justicia, los juicios telemáticos han venido para quedarse«.

«Extremo que parece además confirmarse con la divulgación de una ‘Guía para la celebración de actuaciones judiciales con medios telemáticos’, elaborada por el Ministerio, y la intención similar declarada por el Consejo General del Poder Judicial, junto a las previsiones de muchas Administraciones autonómicas competentes en materia de medios materiales y humanos para la Administración de Justicia de preparar el uso de aplicaciones telemáticas para las ‘televistas’; y todo ello sin mención a la debida intervención del Comité Estatal para la Administración Judicial Electrónica a quien corresponde por ley intervenir en todo este proceso», prosigue.

Rafael Lara ha publicado hoy un comunicado en el que expresa que «no se trata de rechazar el uso de nuevas aplicaciones tecnológicas, sino de exigir que se cumpla la ley en su implantación y que cuenten, para ello, con la validación del CTEAJE, en aras de que favorezcan, no solo la celebración de ‘televistas’, sino que procuren la agilización de la Justicia en general».

Recuerda que conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial, los letrados de la Administración de Justicia con su exclusiva fe pública judicial deben asegurar la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido; y que esta Ley orgánica también les encomienda la condición de responsables de seguridad en materia de protección de datos y de la intimidad en Justicia.

“Una brecha de seguridad puede provocar que cualquier grabación sea alterada o incluso aparezca en redes, poniendo los datos personales a disposición de terceros no autorizados”, señala a Confilegal.

El Colegio entiende que los letrados de la administración de Justicia “no pueden verse implicados en la validación de grabaciones que constituirán el acta del juicio si no están respaldados por la aprobación de los órganos competentes para ello tras un estudio técnico adecuado”.

Además, el CNLAJ exige que las grabaciones queden cerradas y no puedan tener acceso a ellas cualquier interviniente puesto que podría realizar copias o manipularla.

El CNLAJ hace hincapié en que ya hay sistemas de videoconferencia seguros que se usan desde hace años en la Administración de Justicia y reclama que «se potencien», y «no nos apresuremos empleando alternativas tecnológicas de las que se desconocen los estándares de calidad y seguridad necesarios, y desoyendo las advertencias de alta vulnerabilidad que ha hecho el Centro Criptológico Nacional, organismo adscrito al Centro Nacional de Inteligencia”.

«Desde el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia se ha advertido que el impulso apresurado no haría más que agravar la situación, poniendo en riesgo tanto la seguridad jurídica que proclama la Constitución en su artículo 9, como las garantías en la protección de los datos y la intimidad de los ciudadanos que exigen nuestro ordenamiento jurídico y Directivas Europeas, especialmente el Reglamento General de Protección de Datos (UE) norma de cabecera de nuestro ordenamiento jurídico en la materia», concluye.

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