El jurado declara culpable al preso experto en artes marciales acusado de matar a golpes a su compañero de celda

El jurado declara culpable al preso experto en artes marciales acusado de matar a golpes a su compañero de celda

Le que atribuye un delito de asesinato con alevosía con el atenuante de trastorno psíquico

13 / 07 / 2020 15:02

Actualizado el 14 / 07 / 2020 09:07

El jurado popular ha declarado culpable de un delito de asesinato con alevosía a un preso experto en artes marciales, que fue campeón de muay thai y kikboxing, acusado de matar en diciembre de 2018 a golpes a otro recluso nada más ingresar en la cárcel de Soto del Real (Madrid) a raíz de una pelea entre ambos por una litera.

Tras la deliberación, los miembros del Tribunal del Jurado han dado por acreditado que Jesús María R. H. acabó con la vida de su compañero de celda, calificando los hechos de asesinato frente al homicidio que apreció el fiscal.

Dictamina que existe una atenuante de trastorno psíquico.

El juicio se celebró el pasado 29 de junio en la Audiencia Provincial de Madrid.

La Fiscalía de Madrid pide 12 años y cinco meses de prisión.

En concepto de responsabilidad civil reclama una indemnización de 456.500 euros para los familiares de la víctima: 150.000 a cada una de sus dos hijas, 150.000 asu pareja, y 6.500 al padre.

Los hechos tuvieron lugar a finales de 2018 cuando el acusado acaba de ingresar en prisión preventiva en Soto del Real, , tras ser detenido por un intento de homicidio tras una trifulca en el Metro de Madrid.

Según relata la Fiscalía en su escrito de acusación, ingresó el 25 de diciembre, y al día siguiente, en torno a las 20.30, tras regresar de la cena mantuvo una pelea con su compañero de celda, que era un preso de confianza para ayudar al agresor a su adaptación a la prisión.

Se inició entre ambos una breve discusión, en el curso de la cual la víctima “lanzó un puñetazo a su adversario que le impactó en la frente lo que provocó que éste se abalanzara airado sobre el primero”, señala la Fiscalía.

Indica que el acusado, con “claro ánimo” de acabar con la vida del otro recluso, “comenzó a golpearle con puñetazos y patadas que fueron dirigidos a la zona de la cabeza y el cuerpo, sin darle opción si quiera a reaccionar”.

Añade que la víctima cayó fulminada al suelo “sin posibilidad de defensa ninguna debido a la precisión y contundencia de los golpes propinados al ser el procesado diestro en técnicas de combate, habiendo estado en posesión de licencia federativa nacional de Kickboxing y Muaythay al menos durante los años 2016 y 2017”.

La Fiscalía afirna que Jesús María R. H., “prevaliéndose de la superioridad física surgida tanto de su corpulencia y diferencia de edad como de sus conocimientos en artes marciales, continuó asestándole certeros golpes con los puños y patadas, a los que quedó expuesto la víctima, y que de forma recurrente le impactaron en la cara y el tórax hasta causarle la muerte”.

Falleció a las 22.42 por insuficiencia respiratoria aguda por shock traumático.

El Ministerio Público destaca que el acusado ha sido diagnosticado de trastorno mixto de personalidad y que “en tal patología predominan los rasgos límites, paranoides y narcisistas que conllevan una marcada impulsividad con tendencia a descontrolarse ante situaciones no deseadas, distanciamiento emocional, escasa capacidad de introspección, justificación de comportamientos disfuncionales, suspicacia, recelo y desconfianza frente a terceros, crítica elevada ante las negativas de los demás y baja tolerancia a las contrariedades”.

Señala que esta patología no impide sin embargo al acusado conocer la ilicitud de los hechos que protagoniza ni tampoco la de adaptar su conducta a dicho conocimiento.

«No obstante lo cual, la suspicacia y el recelo, rasgos sobresalientes en su personalidad de base acentuaron su tendencia a la impulsividad reaccionando sin la adecuada reflexión previa, sufriendo en este sentido una limitación moderada en su capacidad de control conductual de impulsos frente a su compañero de celda en el momento en que surgió la disputa entre ellos», indica.

El 27 de diciembre de 2018, el Juzgado de Instrucción número 1 de Colmenar Viejo decretó por esta causa la prisión provisional,
comunicada y sin fianza del acusado.

Además de la pena de cárcel, la Fiscalía reclama la medida de libertad vigilada consistente en la obligación de seguir tratamiento médico externo, con control periódico durante 10 años, y la obligación comunicar al tribunal cualquier cambio de domicilio durante un plazo de 10 años.

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