Radar COVID, la apuesta tecnológica española para rastrear y combatir el coronavirus
El objetivo es que esté operativa en todo el territorio nacional a mediados de septiembre.

Radar COVID, la apuesta tecnológica española para rastrear y combatir el coronavirus

Ya está activa, en fase de prueba, en siete Comunidades Autónomas
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25/8/2020 06:40
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Actualizado: 25/8/2020 00:18
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La aplicación móvil («app») ‘Radar COVID‘ ya está activa en fase de prueba en siete Comunidades Autónomas: Andalucía, Cantabria, Aragón, Extremadura, Canarias, Baleares y Castilla y León.

El objetivo, que deberá ser ratificado a través de convenios bilaterales entre las administraciones sanitarias de cada autonomía y el ministerio de Sanidad, es acelerar su implantación en la detección del COVID-19 para que esté operativa en todo el territorio nacional para mediados de septiembre.

El desarrollo de esta aplicación de alerta de contactos, similar a las existentes en Alemania, Italia y Suiza, ha sido llevada a cabo por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado día 23 de junio.

El BOE publicó este lunes el contrato que la Secretaría General de Administración Digital, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos, formalizó el pasado mes de junio con Indra para el diseño, desarrollo, piloto y evaluación de un sistema de rastreo de contactos (Radar COVID), por un importe de 330.537 euros, IVA incluido.

El contrato se adjudicó por procedimiento negociado sin publicidad y tramitación de emergencia.

El Gobierno justificó esta emergencia en la necesidad de avanzar «de forma inmediata» en la puesta en marcha de este sistema de rastreo para una mejor gestión de la crisis sanitaria.

La aplicación ha superado un programa piloto en la isla canaria de La Gomera para probar la efectividad de la herramienta en la detección de contagios en contactos estrechos ante una situación de rebrote ficticio con positivos figurados.

Los resultados doblaron la actividad de rastreo manual.

El funcionamiento de esta aplicación móvil está basado en el uso de la conexión Bluetooth que deben tener activados los dispositivos móviles. Cuando dos personas que la tienen descargada pasan más de 15 minutos juntos a menos de 1,5 metros de distancia, los dos dispositivos intercambian unas claves.

Eso hace que el móvil puede llevar un registro de con quién te has cruzado, comúnmente conocido como rastreo de contactos.

La aplicación es en sí bastante sencilla, señalan algunos técnicos, y realmente no hace los cálculos por sí misma, sino que de esto se encarga la aplicación de programación de aplicaciones (API) de rastreo de contactos creada conjuntamente por Google y Apple insertada en Radar COVID. Así se calcula con quién te has cruzado recientemente y según esa información te dice tu nivel de riesgo.

Radar COVID también comunica que has dado positivo en coronavirus, algo que es imprescindible para el funcionamiento del sistema. El diagnóstico se envía de forma anónima, proporcionando un código numérico que se te facilitará por la autoridad sanitaria con los resultados.

La política de privacidad

Expertos consultados por Confilegal hacen un análisis de esta aplicación móvil, un rastreador telemático para combatir el coronavirus.

Ricard Martínez, director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital Microsoft-Universitat de València, afirma que «Radar COVID viene precedida de un intenso debate sobre el uso de estas aplicaciones para frenar la pandemia en detrimento de cierta privacidad de los ciudadanos».

Martínez reconoce que se ha descargado la aplicación y la tiene instalada. “La razón para recomendar su uso se basa en la confianza, pero también en la necesidad. Debo suponer que el Gobierno de España habrá sido muy escrupuloso al desarrollar una aplicación que cumple lo que promete”.

Sobre Radar COVID señala que si “hacemos caso de la descripción pública y de la documentación disponible se habla de una protección importante de la privacidad. Dispone de un sistema inteligente de verificación donde los positivos solo se pueden dar de alta desde códigos numéricos dados de alta por determinado Sistema de Salud autonómico”.

Ricard Martínez, director de la Cátedra de Privacidad y Transformación Digital Microsoft-Universitat de València.

En su opinión “creo que esta app ha corregido el mayor riesgo al que se enfrentaba, es el de una utilización imprudente por parte de sus usuarios”.

Respecto a las garantías de que su uso no traspase la privacidad de los ciudadanos, Ricard Martínez cree que “de acuerdo con la política de privacidad existente para impulsar esas aplicaciones, el desarrollo ha sido correcto”.

Al mismo tiempo “debo confiar que se garantice dicha privacidad por una obvia razón, si lo que se hace consiste en generar números aleatorios no vinculables con una persona, el considerando 26 del RGPD señala que no se aplica el propio Reglamento puesto que no estamos tratando datos”, indica.

“Si por el contrario, hubiera algún mínimo tratamiento de datos, debo entender que la compañía que realizó este producto conocía las políticas de protección de datos desde el diseño y por defecto al que está obligada cualquier tecnología tras la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)”, aclara.

Entiende que «los desarrolladores de esta aplicación habrán tenido cuenta el dictamen 5/2014 del Grupo del Artículo 29 y la Guía de Practicas de Anonimización de datos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y que han actuado en consecuencia”.

También cree que “habrá una documentación técnica del proyecto, donde el desarrollador haya realizado un preliminar análisis de riesgo y seguramente una evaluación de impacto para ver cómo afecta a los derechos fundamentales de las personas”.

Es necesaria una campaña de comunicación

Por su parte, Ofelia Tejerina, presidenta de la Asociación de Internautas, considera que hay eliminar informaciones confusas sobre Radar COVID, a su juicio, «será útil emplear dicha aplicación porque viendo su política de privacidad queda claro que no invade la privacidad de los ciudadanos”.

No obstante, cree que sería necesario una campaña de difusión, similar a las de la DGT, “para hablar tanto de la aplicación como del uso de mascarilla y de respetar las distancias de seguridad”.

Tejerina afirma que es bueno una única aplicación y que en este tipo de situaciones la información que se logre de los rastreos se maneje de forma centralizada.

Desde su punto de vista “la aplicación no realiza tratamiento de datos personales en su funcionamiento como tal. Podría llegar a haberlo porque cualquier aplicación de este tipo, podría llegar a tu dirección IP. Esto requeriría una autorización judicial realmente. Eso ha roto la inicial desconfianza que hubo cuando se supo que se estaba trabajando en dicha aplicación móvil”, aclara.

Ofelia Tejerina, presidenta de la Asociación de Internautas.

En el caso de los menores, “según dice la política de privacidad de esta app se necesita la autorización paterna. Los jóvenes de 16 y 18 años deben concienciarse de su uso y de la necesidad de emplear esta app, como el resto de medidas, porque ya están acostumbrados a utilizar la tecnología como nativos digitales que son”.

La Asociación de Internautas recientemente publicó un estudio sobre apps móviles y su uso por parte de los ciudadanos “la gran diferencia entre cualquiera de estas aplicaciones y Radar COVID tiene que ver con los datos que recaba. Son datos estrictamente necesarios para su finalidad de interés público y recaba esos datos para informar cuando hemos estado contacto con un positivo más de quince minutos en las últimas dos semanas”.

En este contexto, queda por saber el informe de evaluación de la AEPD, para Tejerina es bastante posible que avale todo este desarrollo y que esté antes del próximo 15 de septiembre cuando se pretende que todas las comunidades autónomas estén enganchadas al sistema, “aunque en la política de privacidad se señala que si hay algún problema de privacidad, el ciudadano debe acudir a la propia AEPD por si tuviera un problema”.

Recuerda que la aplicación “no da datos exactos de la persona que ha estado contacto contigo y ha dado positivo”. Respecto a la política de privacidad y su lectura considera que es sencilla de entender “aunque es posible que tenga alguna complejidad para ciudadanos sin formación en estos temas tecnológicos”.

Compaginar derechos fundamentales

Marcos Judel, presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), señala que la puesta en marcha de Radar COVID dejar claro que “la privacidad y el derecho fundamental a la protección de datos ha vuelto a demostrar su importancia para la sociedad en estos tiempos de alerta sanitaria”.

A su juicio, “cabe recordar que estamos hablando de derechos fundamentales que deben de convivir con otros derechos fundamentales como la vida o la salud pública. Pero uno no es excluyente del otro, pueden convivir perfectamente en un entorno en el que se lucha contra la Covid-19 y se respetan los derechos y libertades de las personas”.

Para Judel, los profesionales de la privacidad y delegados de protección de datos “que estamos representados en APEP jugamos un papel importante en el desarrollo de políticas y aplicaciones tecnológicas en la lucha contra la pandemia. Debemos ayudar a conjugar ambos derechos asesorando a responsables de tratamientos de datos públicos y privados”.

En su opinión se trata de “adecuar desde el diseño, y por defecto, dichos desarrollos tecnológicos al marco normativo del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este RGPD es una de las normas más duras del mundo y pretende proteger la privacidad de las personas, pero también es lo suficiente flexible para permitir este tipo de aplicaciones”.

Marcos Judel, presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP).

Judel destaca que “cuando se respetan los principios del RGPD, se realizan evaluaciones de impacto para rebajar los riesgos que estos tratamientos pueden implicar, como puede ser la anonimización, el empleo del bluetooth como elemento pasivo, el almacenar la información en el propio terminal y no en servidores externos, no compartirla en abierto y el establecer otros mecanismos de seguridad ayuda a proteger la intimidad de las personas, como sucede en RADAR Covid”.

En este sentido, subraya que «es importante que cale el mensaje de que los profesionales de la privacidad son clave para el desarrollo de cualquier actividad relacionada con datos personales, pues son la pieza fundamental para la viabilidad legal de los mismos”.

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