El juzgado ordena a la familia Franco devolver el Pazo de Meirás al Estado el 10 de diciembre
La familia Franco se ha mostrado conforme con la ejecución provisional de la sentencia, así todo la juez advierte que si no realiza la entrega en el día y hora señalados, “se procederá en el mismo acto al inmediato desalojo”. Foto: EP.

El juzgado ordena a la familia Franco devolver el Pazo de Meirás al Estado el 10 de diciembre

La entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo por motivos de seguridad y para preservar su integridad
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06/11/2020 16:06
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Actualizado: 04/12/2020 14:12
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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha acordado, a instancias del Estado, la ejecución provisional de la sentencia que declara que el pazo de Meirás es propiedad pública y ordena a la familia Franco su devolución.

La magistrada Marta Canales ya ha puesto fecha a la entrega voluntaria del inmueble, será el jueves 10 de diciembre a las 11 horas.

«Por motivos de seguridad, y con el fin de preservar su integridad, la entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo», indica en el auto con fecha de hoy.

La familia Franco se ha mostrado conforme con la ejecución provisional de la sentencia, así todo la juez advierte que si no realiza la entrega en el día y hora señalados, “se procederá en el mismo acto al inmediato desalojo”.

En el caso de que la entrega se realice voluntariamente se entenderá cumplida provisionalmente la sentencia, por lo que no existirá imposición de costas, correspondiendo a cada parte el abono de las causadas a su instancia, siendo las comunes por mitad.

Si la entrega no se efectúa voluntariamente, según recoge el auto, corresponderá el abono de las costas generadas a la familia Franco.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña estimó el pasado 2 de septiembre la demanda interpuesta por el Estado y lo declaró propietario del Pazo de Meirás, por lo que condenó a la familia Franco a la devolución del inmueble sin ser indemnizada por los gastos en los que afirmaba haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad.

En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Concello de Sada, el de A Coruña y la Diputación Provincial defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constaban seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

La magistrada Marta Canales declaró en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de “la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma”.

Al entender que la propiedad del inmueble corresponde al Estado, la juez declaró también nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se hicieron con la finca, así como la donación que se recoge en una escritura de noviembre de 1982.

La familia Franco ya ha recurrido la sentencia, cuya ejecución provisional se llevará a cabo en diciembre, ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

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