431 tribunales de instancia podrían comenzar a sustituir a los 3.718 juzgados unipersonales existentes a finales de 2021
Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de la Generalitat Valenciana.

431 tribunales de instancia podrían comenzar a sustituir a los 3.718 juzgados unipersonales existentes a finales de 2021

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13/11/2020 01:08
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Actualizado: 14/6/2022 14:14
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Es una idea que los gobiernos del PSOE y del PP han venido poniendo sobre la mesa en los últimos años, con sus respectivos Gobiernos pasados. Primero los socialistas, en 2010, luego, los populares, en 2012. Y ahora, otra vez, los socialistas.

Está contenida dentro del anteproyecto de «Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia» que el Ministerio de Justicia ha sometido a consulta pública hasta el próximo 25 de noviembre.

Este anteproyecto es una pieza fundamental de Justicia 2030 porque vincula tres proyectos estrechamente vinculados: por una parte, la transformación de la organización judicial mediante la creación de los Tribunales de Instancia; por otra, la implementación de la Oficina Digital en todo el país; y, por último, la creación de las Oficinas de Justicia en los municipios, que transformarán y darán mucha más relevancia e importancia a los actuales Juzgados de Paz. 

Consulta-publica-APLO-Eficiencia-Organizativa-Para leer y contestar

La futura norma plantea la transformación de los 3.718 juzgados unipersonales –Primera Instancia, Familia, Social, Mercantil, Contencioso-Administrativo e Instrucción– en 431 Tribunales de Instancia. Para comenzar a finales de 2021. 

El objetivo es acabar con la actual estructura decimonónica del Juzgado, con el juez, el letrado de la Administración de Justicia y los 8 funcionarios y crear una nueva organización en la que los funcionarios serían redistribuidos en servicios comunes, compartiendo funciones y sirviendo a los diferentes jueces, que posiblemente habría que agrupar en secciones, para funcionar de una forma más eficiente y eficaz.

«Con una mayor optimización de los recursos humanos y materiales existentes pues, al mantenerse el partido judicial como ámbito territorial de los Tribunales, no sería necesario un gran cambio normativo, logístico y de medios para su creación, aprovechándose las competencias, instalaciones e infraestructuras ya existentes y redistribuyéndose de forma más eficiente los recursos humanos y materiales que integran los mismos», dice el texto de la consulta.

OCHO CONSECUENCIAS DIRECTAS POSITIVAS

El anteproyecto especifica ocho consecuencias directas positivas de la implantación de los Tribunales de Instancia: 1. Facilitan fórmulas de gestión y organización más eficientes; 2. Mejoran la respuesta de los órganos judiciales, eliminando disfunciones; 3. Racionalizan la distribución de efectivos y la carga de trabajo; 4. Reducen los costes derivados de considerar cada unidad judicial un compartimiento estanco; 5. Aportan un plus de calidad al sistema judicial al posibilitar una mayor especialización mediante la creación de secciones especializadas; 6. Dotan mayor flexibilidad a la planta judicial; 7. Simplifican el acceso del ciudadano a la justicia; y 8. Acomodan a los tribunales las pautas de funcionamiento de la Oficina Judicial.

Con ello, podrían, además, crearse nuevas plazas de jueces en el seno de los Tribunales de Instancia sin tener que crear, obligatoriamente, de forma paralela, plazas nuevas de letrados judiciales o de funcionarios, sin costos adicionales.

Para ello, sería esencial la implantación definitiva de la Nueva Oficina Judicial que se puso en marcha en 2010 pero que únicamente funciona en 47 partidos judiciales de los 431 existentes.

«Parece fundamental, como complemento inseparable de la creación de los Tribunales de Instancia, continuar con el proceso de implantación de aquel modelo, si bien adaptándolo a las necesidades y a la realidad tecnológica actuales, extendiéndolo a todo el territorio español, siendo imprescindible coordinar dicha implantación con el proceso de transformación digital en el que se encuentra inmersa la Administración de Justicia».

Los Tribunales de Instancia y las Oficinas Judiciales, según el anteproyecto, son dos caras de la misma moneda cuya implantación debería ir unida y, además, acompañada de una transformación digital. 

POTENCIACIÓN DE LOS JUZGADOS DE PAZ

La norma contempla la transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia en los municipios.

En ellas, se prestarán nuevos y mejores servicios relacionados con la Administración de Justicia, a través de una atención personalizada que acerque la Justicia a la ciudadanía. La creación de estas oficinas contribuirá a mitigar la brecha digital en el ámbito rural. 

Se convertirían en puntos de Justicia en las diferentes localidades donde los ciudadanos podrían hacer todo tipo de gestiones que hoy se hacen en los juzgados.

El proyecto, además, habría que acompasarlo a la aplicación, por lo que a la jurisdicción penal, de la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contempla la desaparición de los jueces de instrucción y su conversión, en parte, en jueces de garantías, y la asunción de estas funciones por la Fiscalía General del Estado.

Parte del funcionariado que hoy da servicio a los jueces de instrucción tendría que ser resignado a las oficinas fiscales a las que, también, habría que someter a una reorganización.

También habría que determinar cómo sería la estructura y funcionamiento de esos Tribunales de Instancia, que conllevarían la desaparición de los jueces decanos, que son elegidos por voto individual y secreto.

¿Quién elegiría a los máximos responsables de esos Tribunales de Instancia y de qué forma?

La resistencia, precisamente, de los jueces decanos en 2012 contribuyó, en gran parte, en cortocircuitar su implantación bajo el Gobierno de Mariano Rajoy. 

Sin embargo, este cambio, aunque necesario y, en apariencia, simple, necesita «muchas horas de cocina interna», en opinión de fuentes jurídicas consultadas por Confilegal.

«Supone, básicamente, separar a los jueces de los Juzgados. Es una cuestión organizativa que requerirá ir partido judicial por partido judicial; no hay una solución única y habrá que tomar decisiones sobre circunstancias específicas. Y esto lleva tiempo», añaden.

Tiempo, muchas horas de pensamiento, y mucho consenso con Comunidades Autónomas, Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado, Consejos profesionales y agentes sindicales y sociales. Pero es el primer paso.

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