Un juzgado obliga al Ayuntamiento de Lugo a readmitir a la jefa de Personal, a la que cesó en 2020

Un juzgado obliga al Ayuntamiento de Lugo a readmitir a la jefa de Personal, a la que cesó en 2020

Concluye que la resolución del Ayuntamiento se ha fundamentado "en valoraciones eminentemente subjetivas"

9 / 02 / 2021 06:47

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo ha declarado nulo el cese de la jefa de Personal del Ayuntamiento de Lugo y ha ordenado su readmisión.

La magistrada Olalla Díaz Sánchez indica en la sentencia 20/2021, 5 de febrero, contra la que cabe interponer recurso de apelación, que no ha resultado acreditado que la funcionaria «incumpliera las obligaciones derivadas de su cargo y, en concreto, que haya dejado de tener la capacidad necesaria por haber incumplido de forma manifiestamente deficiente, ineficaz, descuidada o negligente las obligaciones que le incumbían».

Entiende que la decisión, adoptada por la Junta de Gobierno Local en enero de 2020, no es ajustada a derecho «por no haber quedado acreditado, ni siquiera mínimamente, el incumplimiento inadecuado de las funciones, tareas y deberes propios del cargo» que ostentaba la recurrente.

La magistrada subraya que durante los 23 años que permaneció en su puesto de trabajo, no consta «que se haya incoado frente a ella ningún tipo de expediente de carácter disciplinario o se le haya realizado algún apercibimiento».

«Todas las críticas que se efectúan respecto de informes inconclusos o confusos o incompletos, los cambios injustificados de criterio, así como la omisión de propuestas o propuestas carentes del necesario rigor jurídico, no aparecen avalados por prueba alguna desde el momento en que no se dispone de tales informes o propuestas, o no se concretan cuáles han sido esas propuestas que la actora debería haber omitido y no lo ha hecho».

La titular del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo concluye que la resolución del Ayuntamiento se ha fundamentado «en valoraciones eminentemente subjetivas».

En este sentido asegura que se pretende «trasladar a la funcionaria demandante la responsabilidad respecto de decisiones adoptadas por los órganos con competencia para ello», por lo que entiende que se infringieron «los más elementales principios de responsabilidad y culpabilidad».

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