La «Policía Religiosa» de Grande-Marlaska: «Promover la virtud y prevenir el vicio»

La "Quinta Columna" del ministro de Justicia
Luis Alfredo de Diego Díez es magistrado, doctor en Derecho y profesor de Derecho Procesal de la Universidad Pablo de Olavide, Sevilla.

31 / 03 / 2021 09:32

Actualizado el 31 / 03 / 2021 11:23

En esta noticia se habla de:

Se ha hecho viral la grabación de unos policías asaltando con un ariete un domicilio ―sin autorización judicial― porque sospechaban que se estaba celebrando una fiesta ilegal (ilícito administrativo, a lo sumo).

En el vídeo se aprecia cómo uno de los policías se empecina en que les abran la puerta amenazando a quienes se encontraban en el interior con tirarla abajo («¡soplaré, soplaré y tu casa derribaré!», decía el lobo de la fábula a los tres cerditos). También se ve y oye a una joven que reclama una orden judicial para abrirles la puerta del domicilio.

Finalmente, los policías destrozan la puerta provistos de un ariete y proceden a la detención de algunos de los que allí dentro se encontraban.

Se sabe que esos mismos policías, tan expeditos a la hora de asaltar domicilios sin autorización, repitieron la operación horas después en otra vivienda, esta vez sin ariete, utilizando el método del resbalón; es decir, deslizando una lámina de plástico entre el marco de la puerta y el pestillo o resbalón para acceder sin permiso al interior del domicilio.

La protección del domicilio frente a terceros, incluida la autoridad y sus agentes, no es cosa menor. Al prologar «El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha» (1605), decía Cervantes: «Estás en tu casa, donde eres señor della, como el Rey de sus alcabalas».

Sir Edward Coke formuló la conocida máxima «A man’s house is his castle» («La casa de un hombre es su castillo») en The Institutes of the Laws of England (1628). Se refería el jurista inglés a la potestad del señor de la casa de no dejar entrar a los hombres del rey sin una causa legalmente justificada.

Y, sin ánimo exhaustivo, en 1764, Lord Chatham afirmó en el Parlamento de Westmister: «El hombre más pobre desafía en su recinto a todas las fuerzas de la Corona; su chimenea puede estar fría, su tejado puede temblar; el viento soplar entre las puertas desencajadas, la tormenta puede entrar; pero el Rey de Inglaterra no puede entrar».

En el Reino de España la inviolabilidad del domicilio, en los amplios términos concebidos por el Tribunal Constitucional (chabolas, caravanas, habitaciones de hotel, camarotes de embarcaciones, tiendas de campaña, etc.), está garantizada por el artículo 18 de la Constitución: «El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito».

Pues bien, los policías ―protagonistas del lamentable episodio― no contaban con el consentimiento del titular, ni se molestaron en pedir una autorización judicial.

Decidieron motu proprio, por sí y ante sí, utilizar una coartada, a mi modo de ver, falaz: Conminar a quienes se encontraban en el interior de la vivienda a abrirles la puerta sin más dilación y, a renglón seguido, convertir en un grave delito flagrante de desobediencia a los agentes de la autoridad, la exigencia por parte de la moradora de una orden judicial para facilitarles el acceso al domicilio.

Tosca pirueta, aunque haya contado con el beneplácito y la comprensión del auto judicial ―altamente cuestionable― que denegó el hábeas corpus de la muchacha detenida.

Ya nunca más será necesario contar con una autorización judicial de entrada para acceder a una vivienda.

Bastará que el policía de turno dé previamente la orden de que le abran la puerta y, si no lo hacen, la tira abajo sin miramientos. ¿A eso lo llaman delito flagrante? Flagrante será el allanamiento de morada, la detención ilegal y los daños que pudieran haber cometido los policías, pero no la desobediencia de quien reclama legítimamente una orden judicial para abrirles la puerta.

¿Cuándo hemos llegado al Estado policial? ¿Cuándo se han derogado los derechos fundamentales en España?

Esta extravagante actuación me trae la imagen de la denominada «Policía Religiosa» o «Policía de la Moral» de los países árabes, que se encarga de «promover la virtud y prevenir el vicio». Hacen cumplir la estricta segregación de los sexos, la prohibición de la venta y el consumo de alcohol, y otras restricciones sociales sobre la indumentaria y comportamiento de las mujeres, basadas en la interpretación del gobierno de turno sobre los valores islámicos.

Ya tenemos nuestra propia policía religiosa, a las órdenes del ministro Marlaska, para defender las virtudes del fundamentalismo de las mascarillas, aunque no haya nadie en kilómetros a la redonda, o el distanciamiento social y para prevenir el vicio de las reuniones inconvenientes asaltando domicilios mediante la patada en la puerta.

Y eran estos mismos los que se quejaban de la «Ley Mordaza».

Todo un triunfo del totalitarismo hacia el que nos dirigen.

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