La Audiencia Nacional investiga a cuatro bodegas de Valdepeñas por presuntas irregularidades en la venta de vino
El juzgado Central de Instrucción 4 ha admitido a trámite una denuncia de la Fiscalía. Foto: Confilegal.

La Audiencia Nacional investiga a cuatro bodegas de Valdepeñas por presuntas irregularidades en la venta de vino

Se investiga a las bodegas Félix Solís, García Carrión, Navarro López y Fernando Castro por la comercialización de crianza, reserva y gran reserva sin los requisitos
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05/4/2021 14:32
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Actualizado: 05/4/2021 14:32
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El juzgado Central de Instrucción 4 ha admitido a trámite una denuncia de la Fiscalía para investigar si cuatro bodegas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) de Valdepeñas y sus administradores han comercializado como crianza, reserva y gran reserva vinos que no cumplían los requisitos de elaboración.

Las bodegas investigadas son Félix Solís, García Carrión, Bodegas Navarro López y Bodegas Fernando Castro, todas ellas por presuntamente no cumplir requisitos de elaboración como el periodo de envejecimiento, la permanencia en barrica de roble y en botella.

En un auto, con fecha de hoy contra el que cabe recurso de reforma, el titular del juzgado José Luis Calama admite la denuncia por si los hechos fuera constitutivos de los delitos publicidad engañosa, estafa y falsedad documental.

Además, oficia a la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV) y a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) para que practiquen diligencias con el fin de continuar con la investigación y poder conocer las ventas entre los años 2010 y 2019, las categorías de esos vinos (crianza, reserva o gran reserva), la cantidad de botellas y los precios de compraventa.

«Puesta en el mercado de cantidades de vino con DOP Valdepeñas por encima de las declaradas al correspondiente Consejo Regulador»

En este caso, según se recoge en el auto, «las personas jurídicas denunciadas vienen operando en el sector vinícola desde hace años, y el propio relato de hechos punibles sitúa a las mismas en una actividad empresarial importante y lícita, compaginándose la actividad legal con la delictiva».

Esta última, explica, se refiere a «la puesta en el mercado de cantidades de vino con DOP Valdepeñas por encima de las declaradas al correspondiente Consejo Regulador, sin cumplir las condiciones de elaboración que tal denominación requiere y, por tanto, no respondiendo a la calidad dispuesta en el propio etiquetado del vino embotellado».

El juez señala que los hechos, de resultar finalmente ciertos, pudieran ser constitutivos de un delito relativo al mercado y a los consumidores, concretamente el de publicidad engañosa tipificado en el artículo 282 Código Penal.

La denuncia presentada, según se recoge en la resolución, pone de manifiesto cómo las etiquetas de las botellas comercializadas indican que su contenido es vino de las características «reserva o gran reserva» y tal especificación es una información relevante y engañosa sobre las características del producto dirigida al consumidor, puesto que el contenido de tales botellas se ha elaborado sin haber respetado los tiempos de envejecimiento en barrica que señala el pliego de condiciones.

Tales hechos, apunta, vienen avalados por la existencia de los expedientes sancionadores de la Consejería de Agricultura acompañados a la denuncia, en relación con la investigación del órgano administrativo encargado de control de los vinos.

«En efecto, el hecho de que las bodegas declaren a la administración autonómica una cantidad de vino vendida a los clientes y que estos declaren cantidades diferentes, muy superiores a los declarados por las bodegas, supone un indicio de falta de trazabilidad del vino, así como de irregularidades en la comercialización de los vinos de crianza, reserva o gran reserva por parte de las bodegas en cuestión».

El delito de publicidad engañosa, explica el magistrado, es compatible con otros delitos entre los que se encontraría una posible defraudación o estafa, prevista y penada en los artículos 148 y 149 CP, cuando las consecuencias perjudiciales fuesen exclusivamente económicas, «como parece ser el supuesto objeto de denuncia».

Asimismo, en cuanto que el contenido de las etiquetas de las botellas comercializadas no se correspondería con las características del producto vendido, podrían ser constitutivas de un delito de falsedad documental, bien en su modalidad de documento oficial y/o mercantil (artículos 390 y 392 CP), como apunta el Ministerio Fiscal, o bien de falsedad de certificados (artículo 399 CP), tal y como señala la sentencia del Tribunal Supremo 357/2004.

Las prácticas supuestamente irregulares en cifras

El magistrado detalla las prácticas supuestamente irregulares como, por ejemplo, cuando en el año 2018 Félix Solís SL y Félix Solís Avantis SA comercializaron 1.634.655 litros de vinos de crianza con denominación DOP Valdepeñas, cantidad superior a las ventas declaradas por Félix Solís SA a la Asociación Interprofesional de la DOP Valdepeñas, que ascendió a 1.161.910 litros.

Esta diferencia de 472.745 litros, indica, no está amparada en la declaración realizada a la DOP Valdepeñas para su venta como crianza en el año 2018.

A su vez se verifica una diferencia de 614.968 litros de vino de crianza del año 2018 entre lo comprado por seis clientes y lo declarado por estas bodegas como vendido a dichos clientes con dicha calificación de crianza.

En el caso de García Carrión, relata que en el año 2018 el Grupo de Bodegas Vinartis SA y J. García Carrión SA verificaron unas ventas de 3.000.000 litros de vino gran reserva con denominación de origen protegida Valdepeñas, a un solo cliente.

Dicha cantidad es superior al total de las ventas declaradas por la empresa Grupo de Bodegas Vinartis SA tanto a la autoridad administrativa inspectora (2.589.220 litros) como a la asociación interprofesional de la DOP Valdepeñas (2.120.119 litros).

La diferencia entre la venta de este tipo de vino a un solo cliente asciende a 410.780 litros respecto a la venta total declarada a la inspección y de 879.881 litros respecto de los amparados por la DOP Valdepeñas para su venta como gran reserva.

Respecto de Bodegas Navarro López SL, la resolución afirma que se ha verificado una diferencia de 25.493 litros de vino de crianza del año 2018, con denominación DOP Valdepeñas entre lo comprado por cuatro clientes y lo declarado por la sociedad que ha vendido a dichos clientes con dicha calificación de crianza.

Asimismo, se ha verificado que en el referido año esta Bodega comercializó 110.178 litros de vinos de reserva con denominación DOP Valdepeñas, cantidad superior a las ventas declaradas a la Asociación Interprofesional de la DOP Valdepeñas, que alcanzó la cifra de 93.152 litros.

Esta diferencia de 17.026 litros no está amparada en la declaración realizada a la Asociación Interprofesional de la DOP Valdepeñas para su venta como reserva en el año 2018.

También se ha constado una diferencia de 29.503 litros de vino tinto de reserva del año 2018 entre lo comprado por cuatro clientes y lo declarado por la sociedad que ha vendido a dichos clientes con dicha calificación de reserva.

Por último, en el caso de Bodegas Fernando Castro, los datos de ventas declaradas no coinciden con los datos registrados por los clientes.

Concretamente, las ventas realizadas a Alcampo difieren en un 1.367,55% en los vinos de crianza, y en un 1.941,54% en los vinos de reserva; los vinos comercializados a Lili Ott SL difieren en un 420% en los vinos de reserva; los comercializados a Distribuciones Froiz SA difieren en un 21,50% en los vinos de crianza; y los comercializados a Victoriano Moldes Ruibal SA difieren en un 1,56% en los vinos de crianza y en un 66,74% en los vinos de reserva.

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