Los presidentes de las audiencias provinciales muestran "su más enérgico rechazo"al 'lawfare'
El jurado también consideró probado que la mujer, dando muerte a su hijo “quiso de forma consciente y voluntaria, causar el mayor daño posible al padre del niño”.

La Audiencia de Almería condena a prisión permanente revisable a una mujer por matar a su hijo de siete años

Fue declarada culpable por un jurado popular, que consideró probado que había matado a su hijo asfixiándolo con un trozo de tela

12 / 04 / 2021 15:57

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a una mujer a la pena de prisión permanente revisable por matar a su hijo de siete años de edad, asfixiándolo con un trozo de tela, como consideró probado un jurado popular.

Se trata de Ana María B. L., privada de libertad por esta causa desde el 10 de octubre de 2019.

Ha sido condenada por un delito de asesinato, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco y atenuante de confesión de los hechos, a prisión permanente revisable, privación del derecho a residir y acudir al termino municipal de Huércal de Almería y Alcolea, y al lugar donde residen el padre del menor asesinado y sus familiares, durante 30 años, y prohibición de aproximarse a ellos a menos de 1.000 metros.

Además, le ha impuesto cinco años de libertad vigilada.

De acuerdo con el veredicto de culpabilidad del Jurado, la Audiencia también la ha condenado a tres años de prisión por un delito de lesiones psíquicas en la persona del padre del menor, con la concurrencia de la agravante de parentesco.

Y por un delito de atentado a los agentes de la autoridad le ha impuesto un año y seis meses de prisión.

Además, tendrá que indemnizar con 300.000 euros al padre del menor, por daños morales y lesiones psíquicas.

La sentencia, fechada a 5 de abril, la firma la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado Alejandra Dodero Martínez.

La resolución no es firme. Cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El Jurado consideró probado por unanimidad que la condenada convivía con su hijo, mientras estaba pendiente de un procedimiento judicial de guarda y custodia del menor a uno de los dos progenitores.

Según los hechos probados, el 10 de octubre de 2019, sobre las 9.00 horas, el menor “se encontraba tumbado en la cama del dormitorio principal, de forma inocente, confiada, desprevenido y ajeno a las intenciones de su madre”.

La mujer, “de forma intencionada, súbita y repentina, colocó un lazo de tela en el cuello de su hijo, y apretó hasta asfixiarlo, provocando su fallecimiento”.

Tras ocurrir los hechos, la mujer fue requerida la presencia de agentes de la Guardia Civil en la localidad de Las Norias- El Ejido, que trataron de interceptar el vehículo conducido por ella y en cuyo interior transportaba sin vida al menor.

La Audiencia señala que los agentes de la Guardia Civil, convenientemente uniformados le dieron el alto en reiteradas ocasiones, órdenes que fueron desatendidas por la misma.

Un agente se colocó delante del vehículo que conducía para lograr que lo detuviera, y ella, “con claro menosprecio a la autoridad que representaba, lo trató de atropellar en varias ocasiones”.

El jurado también consideró probado que la mujer, dando muerte a su hijo “quiso de forma consciente y voluntaria, causar el mayor daño posible al padre del niño”.

Lo que no consideró probado el jurado, también por unanimidad, es que la mujer presentara en el momento de cometer los hechos un trastorno psicótico agudo y transitorio, que le produjo una grave alteración de sus facultades volitivas e intelectivas.

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