La Audiencia de Valencia condena a 11 años de prisión a un hombre por abusar de su hija menor durante años
Habían transcurrido ya 10 años entre la separación del matrimonio y el fallecimiento del agresor.

Un juzgado otorga la pensión de viudedad a una víctima de violencia de género que carecía de reconocimiento

14 / 04 / 2021 16:07

El Juzgado de lo Social número 12 de Valencia ha otorgado la pensión de viudedad a una mujer que carecía del reconocimiento previo de la condición de víctima de violencia de género.

Habían transcurrido ya 10 años entre la separación del matrimonio y el fallecimiento del agresor.

Así lo ha indicado en un comunicado Comisiones Obreras (CC OO), que ha destacado que el magistrado integra en la resolución la perspectiva de género, ya que «no solo aplica la ley, sino que, a partir de las pruebas expuestas, es capaz de interpretar la situación a la que se vio expuesta la víctima durante años», ha subrayado Cloti Iborra, secretaria de la Dona del sindicato.

Las mujeres víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio (mediante sentencia firme, o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento) tendrán derecho a la pensión de viudedad con independencia de ser o no acreedoras de la pensión compensatoria.

Expone que tal y como constata la sentencia, en este caso «hay unos claros indicios de violencia de género, como exige el legislador en el artículo 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social y que el precepto no distingue, cuando concede el derecho a la pensión de viudedad en todo caso por lo que la ley sí que muestra una clara voluntad del legislador de reparar la situación de la víctima».

Desde CC OO celebran esta sentencia porque «puede abrir la posibilidad a multitud de mujeres, víctimas silenciosas de un calvario, pero que carecen de acreditación previa, y evitar que también se vean expuestas a un calvario judicial para el reconocimiento de sus derechos».

Al mismo tiempo, el sindicato ha reclamado mayor formación a las personas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para integrar la perspectiva de género en el proceso administrativo de estas pretensiones, no solo en la aplicación mecánica y literal de la normativa.

«En el presente caso había indicios suficientes para haberse detenido un solo instante y ver la situación en la que se solicitaba la prestación y qué requisitos obraban», argumentan.

Reclaman a todas las Administraciones Públicas en general y al INSS, en particular, formación específica en materia de género «para evitar mayores sufrimientos y combatir desde todos los frentes este enorme problema social».

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