El magistrado condiciona la libertad de Diego el Cigala a que durante dos años no incumpla la orden de alejamiento de su esposa y que no vuelva a delinquir. Si lo hace, tendría que entrar en prisión y cumplir la condena. Foto: Wikipedia.

La Justicia suspende la entrada en prisión de ‘El Cigala’ por malos tratos a su exmujer

11 / 07 / 2026 05:45

Diego ‘El Cigala no pisará la cárcel. Al menos, no de momento. El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, que en su día condenó al cantaor —cuyo nombre real es Diego Ramón Jiménez Salazar— a dos años y un mes de prisión por varios delitos de malos tratos sobre su exmujer, ha decidido suspender el ingreso en prisión.

La condición: no delinquir durante los próximos dos años y respetar la orden de alejamiento que pesa sobre la víctima. Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales.

Tres agresiones, tres condenas

La sentencia, dictada tras el juicio celebrado en noviembre de 2024, no habla de un hecho aislado. Habla de un patrón que se repite en distintos escenarios, con distintas penas, pero con el mismo denominador común: violencia sobre la mujer.

El primer episodio ocurrió en un hotel de Jerez. Por esa agresión, la jueza impuso seis meses de prisión y prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima durante dos años.

El segundo tuvo lugar a cientos de kilómetros de distancia, en un hotel de Palafrugell, Girona. Ocho meses de cárcel más, con idéntica medida de alejamiento.

El tercero —y el más grave de los tres— se produjo en el propio domicilio familiar de Jerez, donde la pareja convivía.

Ahí la condena se agrava: once meses de prisión. ¿La razón del incremento? Los hechos ocurrieron delante de los hijos menores, una circunstancia que la ley contempla expresamente como agravante en los delitos de violencia de género cometidos en presencia de descendientes.

Vejaciones y 25 días de localización permanente

A las tres condenas por malos tratos se suma una cuarta, de menor entidad pero no por ello irrelevante: un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico.

La pena, en este caso, son 25 días de localización permanente —que deberá cumplir en un domicilio distinto y alejado del de su expareja— y seis meses más de prohibición de aproximación.

Sumadas todas las penas de prisión, la condena total asciende a dos años y un mes de cárcel. Una cifra que, en el sistema español, se sitúa justo en la frontera de lo suspendible: por debajo de los dos años, la suspensión es casi automática si no hay antecedentes; entre dos y tres, el juez tiene margen de decisión, y aquí lo ha ejercido a favor del cantaor.

Una absolución en Punta Cana

No todo fueron condenas. El juicio de noviembre de 2024 también dejó una absolución: la Justicia no apreció delito de maltrato agravado por unos hechos que, según la acusación, habrían ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana en agosto de 2017.

Siete años después de aquel episodio, el tribunal no encontró prueba suficiente para condenar por esos hechos concretos.

Qué significa la suspensión

La suspensión de condena no es un indulto ni una absolución encubierta: es una prórroga condicionada. Si en los próximos dos años el cantaor vuelve a delinquir o incumple la orden de alejamiento, la suspensión decae y deberá cumplir en prisión los dos años y un mes que tiene pendientes.

Mientras tanto, la condena queda en suspenso, pero no borrada.

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