El juez de ‘Púnica’ archiva la causa para Cristina Cifuentes y Arturo Fernández
Cifuentes y su abogado, José Antonio Choclán, a las puertas de la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado febrero la absolvió del delito de falsedad documental del 'caso máster'. Foto: EP

El juez de ‘Púnica’ archiva la causa para Cristina Cifuentes y Arturo Fernández

Además, el magistrado considera que no se ha acreditado que Cifuentes participara en la presunta financiación ilegal del PP de la Comunidad de Madrid
|
20/4/2021 11:23
|
Actualizado: 20/4/2021 11:31
|

El magistrado de la Audiencia Nacional que instruye el ‘caso Púnica’, Manuel García-Castellón, ha acordado el archivo provisional de la causa respecto a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes, de la letrada de la Asamblea de Madrid Tatiana Recoder y el presidente del Grupo Cantoblanco Arturo Fernández, que estaban investigados por supuestos delitos de prevaricación y cohecho en relación con la adjudicación del contrato de servicio de cafetería, cocinas y comedor de la Asamblea de Madrid en los procesos de licitación de 2009 y 2011.

Además, el magistrado considera que no se ha acreditado que Cifuentes participara en la presunta financiación ilegal del PP de la Comunidad de Madrid, que se investiga en la pieza separada número 9.

Esta resolución no es firme. Contra la misma puede interponerse recurso de reforma y/o subsidiario de apelación en el plazo de 3 días desde la notificación, o recurso de apelación directa en el de 5 días.

El magistrado instructor, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, explica que esta investigación se ha basado en un informe policial en el que se informaba de las presuntas irregularidades cometidas en el contrato de cafetería, cocinas y comedor en la Asamblea de Madrid, y que el atestado policial partía de donaciones por parte de algunos empresarios a la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam).

Tras las diligencias realizadas, el juez concluye que no se ha acreditado que Cifuentes tuviera participación alguna en la gestión económica de Fundescam.

La imputación de que tuviera un previo conocimiento de la existencia de aportaciones por parte de empresarios a las cuentas de Fundescam “se basa en una mera especulación, ausente de todo elemento indiciario que la sustente”, explica el magistrado.

Añade que no ha resultado acreditado que Cifuentes ostentara cargo alguno en la citada Fundación.

En definitiva, “no se desprende de lo actuado hasta el momento indicio alguno que permita sostener» que «Cifuentes tuviera conocimiento de quienes eran los donantes de la Fundación Fundescam, ni ha resultado acreditada su participación en actividad alguna que tuviera relación con las funciones de administración, gestión, o contabilidad referida a la fundación”, expone.

Por todo ello, señala que no se puede sostener que tuviera conocimiento de las donaciones vinculadas a Arturo Fernandez, por lo que tampoco se puede sostener que su actuación en el proceso de licitación del servicio de cafetería, cocina y comedores de la Asamblea de Madrid “estuviera presidida por una voluntad de favorecer a este empresario por las donaciones que éste había realizado en la Fundación señalada”.

El magistrado recuerda que el Grupo que resultó adjudicatario era notoriamente conocido por gestionar esta clase de servicios.

También concluye que tampoco ha resultado acreditado que Tatiana Recorder realizara ninguna voluntad injusta o manifiestamente contraria a la ley, en orden a asegurar la adjudicación al Grupo Cantoblanco.

El juez rechaza, además, la participación de Cifuentes en la presunta financiación ilegal del Partido Popular de la Comunidad de Madrid a través de la empresa SWAT: “No se sustenta en ningún tipo de indicio que permita corroborarla, tratándose de una mera sospecha ausente de fundamento alguno”.

El magistrado señala que la imputación se sustenta en las manifestaciones referidas por Isabel Gallego Navarrete, que resultan manifiestamente contrarias a las referidas por la propia Cifuentes, que negó haberse reunido con el empresario Juan Miguel Madoz Echeverria y lo manifestado por este en el sentido que negó igualmente haberse reunido con la expresidenta.

Indica que ello se une que de la documental obrante en las actuaciones “se constata además» que Cifuentes «no ostentaba cargo alguno vinculado con la contabilidad, gestión o administración de las elecciones del año 2008”.

Noticias relacionadas:

Cifuentes, absuelta del delito de falsedad documental del ‘caso máster’

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales