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Es hora de acabar con el tabú en torno a los concursos de acreedores

Es hora de acabar con el tabú en torno a los concursos de acreedores
Pere Vilella, socio de FTI & Partners, defiende las ventajas del concurso de acreedores.
01/6/2021 06:46
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Actualizado: 01/6/2021 06:46
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Según el diccionario de la RAE, la definición de exonerar es “hacer que una persona quede libre de una carga, una culpa, una obligación o un compromiso”. Por tanto, la extensión de la moratoria hasta el 31 de diciembre de 2021 supone la exoneración de la obligación de solicitud del concurso de acreedores hasta al menos esa fecha. Es una malísima noticia para las compañías y para la economía en general a nuestro modo de entender, aunque en principio parezca un contrasentido.

En primer lugar, pensamos que volver a extender la moratoria es un tipo de medidas que está trasladando a las compañías españolas un mensaje negativo en cuanto a la herramienta concursal en su connotación negativa de “carga, culpa u obligación” que indicábamos al inicio de esta tribuna. Pero no solo eso: con la extensión, se está privando a los acreedores de las sociedades en estado de insolvencia de una importante herramienta para solucionar los problemas que plantea el endeudamiento de la compañía afectada, concretamente a la problemática que conlleva el tener como deudor a una compañía en situación de iliquidez o de insolvencia.

En los últimos meses hemos visto la publicación de innumerables artículos de profesionales del sector en los que se avisa a los Administradores de las compañías que, de no presentar concurso, incluso en esta fase de moratoria, existe la posibilidad de que incurran en responsabilidades. Pensamos que es un enfoque erróneo: en lugar de exponer esta eventualidad como si de una amenaza se tratara, las opiniones deberían formularse en positivo, resaltando las posibilidades que brinda la reestructuración en concurso o la liquidación ordenada de las compañías y concienciando sobre su utilidad para salvar los muebles.

Hablamos por ejemplo de la posibilidad de congelación de gran parte del crédito anterior, la posibilidad de aprobación de convenio con quitas y esperas o la posibilidad de venta de Unidades Productivas.

Desde FTI & Partners hemos defendido desde que la Administración Pública anunciase la primera moratoria que un concurso de acreedores presentado a tiempo es en realidad una muy buena herramienta de reestructuración, ya que permite salvaguardar tejido empresarial y puestos de trabajo. Además, y no por ello menos importante, el concurso permite que el acreedor pueda cobrar; probablemente no la totalidad, ni de inmediato (salvo en contadas excepciones), pero va a poder ver satisfecho parte de su crédito.

«Un impago en el primer eslabón de la cadena puede abocar al resto a dificultades si no se pueden satisfacer aquellos créditos que se les adeudan»

Esto es fundamental para evitar un efecto dominó: recordemos que el acreedor también tiene a trabajadores en plantilla y a otros acreedores, que a su vez también deben cobrar por sus servicios, productos, etc…. Un impago en el primer eslabón de la cadena puede abocar al resto a dificultades si no se pueden satisfacer aquellos créditos que se les adeudan.

Cuando una compañía presenta concurso de acreedores tiene dos vías para salir de él. La primera es la vía convencional: o mediante la aprobación de un convenio con un pasivo reestructurado o mediante la liquidación de sus bienes. Lo cierto es que más del 90% de las compañías que presentan concurso acaban sufriendo ese proceso liquidatario. Con la nueva ampliación de la moratoria ese porcentaje es susceptible de aumentar, por lo que va a impactar de lleno en el objetivo principal del concurso, que recordemos que no es otro que el retorno del crédito a los acreedores.

Una consecuencia directa de la moratoria va a ser la espera por parte de las compañías a presentar concurso en un momento en el que no pueden permitirse esperar, ya que estamos hablando de compañías con activos en su balance que están pasando por dificultades de tesorería y/o solvencia, lo que impacta de manera muy importante en el valor de sus activos (inmobiliarios o mobiliarios) ya que al no poder mantenernos van a sufrir una depreciación de
su valor.

¿Qué pasa si eventualmente esta compañía en apuros no consigue sobrevivir a la crisis? Cuando se termine la moratoria concursal – y entendemos que esto llegará algún día-, compañías como la que estamos describiendo se van a ver abocadas a solicitar el concurso de acreedores con unos activos que han sufrido una merma de su valor, lo que reduce el importe y las posibilidades de retorno del crédito a los acreedores.

El proceso de liquidación concursal está destinado, como su nombre indica, a liquidar los bienes de la compañía para pagar a sus acreedores. Liquidar por valores inferiores trae como consecuencia lógica que los acreedores vean mermado el retorno de su crédito, provocando la redacción en cadena que describíamos líneas más arriba. En suma, creemos que el anuncio de solicitud de concurso debería ser visto como algo positivo por parte de los acreedores, pues cuanto antes lo solicite mayores serán las posibilidades de recuperar su dinero antes de que se haga evidente el deterioro del valor de los activos.

Tampoco debemos olvidar el efecto “paraguas” del concurso, ya que ofrece a quien lo ha solicitado protección frente a apremios y embargos que el concurso priva. Al contrario, las empresas que no lo solicitan y por tanto no están aparadas por la declaración del concurso pueden acabar sufriendo el embargo de sus activos por parte de distintos organismos públicos.

Por todas estas razones, pensamos que es muy necesario cambiar de una vez por todas la mentalidad colectiva asociada al proceso concursal. Al otro lado de la frontera tenemos un ejemplo muy claro de los beneficios que trae esta figura: en Francia se presentan alrededor de 50.000 concursos con un 40% de tasa de convenios, mientras en nuestro país se están presentando una media de 4.500 concursos al año y se aprueban el 10% de convenios. Francia ha demostrado que, a mayor número de concursos presentados, mayor solución positiva a losmismos y, por tanto, mayor retorno a los acreedores.

En aras de no dañar todavía más el tejido empresarial español, desde FTI & Partners abogamos por el fin de la moratoria e instamos a los empresarios y a las compañías a que no acepten que desde el Gobierno se decida por ellos a no presentar concurso esperando a una mejora de la situación que intuimos complicada y que mientras tanto las compañías tengan que sufrir para tratar de mantenerse a flote.

Posiblemente las intenciones del ejecutivo no estén alineadas con las compañías en la solución a la presente situación, sino que esté más centrado en dar crédito a su propia gestión y evitar la tan temida portada de los periódicos enunciando que se ha aumentado el número de concursos presentados. Esto no tiene que ser una mala noticia, ni para la compañía ni para sus acreedores.

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