Confirman 8 años de cárcel para el patrón de una patera en la que murieron un bebé y una mujer
En la patera viajaban unas 30 personas, era de cortas dimensiones (5,5 metros de eslora y 2,5 metros de manga), "frágil, inestable, inapropiada para una travesía de varios días e inadecuada para el transporte de ese número de personas", que por tal motivo viajaban apiladas, y carecía de cualquier sistema de seguridad; en la imagen la sede del TSJ de Canarias, que confirma la pena impuesta por la Audiencia de Las Palmas.

Confirman 8 años de cárcel para el patrón de una patera en la que murieron un bebé y una mujer

Colisionó con una roca y cayeron al mar, así como como una tercera persona que no fue encontrada
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17/6/2021 13:15
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Actualizado: 17/6/2021 13:15
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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado una condena de ocho años de prisión por delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y doble homicidio imprudente para el patrón de una patera en la que fallecieron una bebé de un año y una mujer, y desapareció una tercera persona.

Además, tendrá que indemnizar con 72.438 euros a la madre de la niña fallecida y con 93.135 euros a la hija de la mujer que también perdió la vida en el agua.

El condenado es Abdallah Wazri, natural de Marruecos.

El tribunal de la Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de apelación del condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas del que le impuso esta pena en octubre de 2020 (procedimiento abreviado 23/2020), resolución que confirma íntegramente.

La sentencia del TSJC es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Según los hechos probados, el condenado, “movido por móviles no concretados, pero no humanitarios”, se encargó de dirigir y pilotar la patera propulsada a motor que trasladó desde una playa del norte de Marruecos a la costa canaria a un grupo de unas 30 personas, de los que al menos 17, (once mujeres, tres hombres y tres niñas de corta edad) eran de origen subsahariano y el resto magrebí.

Como precio del pasaje cada ocupante debía abonar una cantidad que rondaba los 1.000 euros.

El viaje se organizó de manera clandestina y tenía como finalidad, “eludir el cumplimiento de las normas administrativas vigentes y demás formalidades relativas al acceso de personas extranjeras a territorio español, detalla la sentencia, “siendo conscientes los que intervenían en tal operación de una forma u otra», entre ellos el condenado, que «quienes ocupaban la patera carecían de la documentación requerida para habilitar su entrada y que actuaban apremiados por una situación de necesidad».

La patera salió de la costa marroquí unos cinco días antes de su llegada a la costa canaria, hecho que tuvo lugar en la noche del día 16 de mayo del 2019 y en una zona de tierra próxima al Puerto de Arguineguín.

MANIOBRA ARRIESGADA

El tribunal de la Audiencia declaró probado que el condenado patroneó la embarcación desde su salida hasta su llegada a tierra española, siendo sustituido en tal menester y de manera ocasional por otros ocupantes de origen magrebí que no han sido identificados. Para no perder el rumbo, se valió de un dispositivo GPS.

Poco antes de alcanzar el objetivo perseguido, el patrón “ejecutó, de manera precipitada y arriesgada, la maniobra de aproximación a tierra, lo que provocó la colisión de la nave con una roca y la caída de algunas de las personas al mar”.

Como consecuencia de ello, perdieron la vida, al menos, dos de ellas, una mujer de mediana edad que viajaba con su hija, nacida en junio de 2011 -la cual en la actualidad sigue en territorio canario bajo tutela gubernativa- y otra, una niña de aproximadamente un año, que viajaba con su madre.

Hubo una tercera persona, mujer, que también cayó al mar y que a día de hoy se desconoce su identidad, situación y estado.

Concluye el relato de hechos probados que el condenado, momentos antes del impacto, “saltó al agua, llegó a la orilla y logró en principio escapar del control policial, siendo finalmente localizado en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria», donde fue detenido el 31 de mayo de 2019.

La patera era de cortas dimensiones (5,5 metros de eslora y 2,5 metros de manga), «frágil, inestable, inapropiada para una travesía de varios días e inadecuada para el transporte de ese número de personas, las cuales por tal motivo viajaban apiladas y en una posición incómoda que debían mantener de manera casi permanente», destaca la Audiencia.

Y añade que carecía de cualquier sistema de seguridad, contando con un número insuficiente de chalecos salvavidas reflectantes, que además no estaban homologados y no eran aptos para su cometido, así como que no se disponía de víveres ni de bebidas para poder atender con suficiencia las necesidades vitales de todos ellos.

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