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Estuvieron juntos dos meses, y él, que “no aceptaba la ruptura”, trató de persuadirla días antes de los hechos para que “cambiara su postura, enviándole varios mensajes de correo electrónico y realizando multitud de llamadas con número oculto” al móvil de su expareja, por lo que ésta “tuvo que bloquearlo”. Foto: Carlos Berbell

Acepta seis meses de cárcel por allanar la vivienda de su exnovia tras dejar ésta la relación

Y la prohibición durante dos años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de la víctima

6 / 07 / 2021 12:12

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre acusado de allanar el 21 de marzo de 2021 la vivienda de su expareja sentimental, en la localidad de Mairena del Aljarafe, después de que ésta le comunicara días antes su intención de no seguir adelante con la relación.

El condenado es A. M. R. R., de 35 años.

Iba a ser juzgado por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la acusación particular, y la defensa, y que fue ratificada ante la magistrada presidenta el pasado 24 de junio.

Ha sido condenado por un delito de allanamiento de morada.

Además de la pena de cárcel, se le ha impuesto la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 300 metros de la víctima durante dos años.

La sentencia es la número 15/2021, de 24 de junio.

La firma la magistrada Purificación Hernández Peña.

Por la conformidad de las partes y el acusado, la magistrada considera probado que el ahora condenado había mantenido una relación sentimental sin convivencia con la denunciante durante dos meses, la víctima le había comunicado su intención de no seguir adelante con la relación, y él, que “no aceptaba la ruptura”, trató de persuadirla días antes de los hechos para que “cambiara su postura, enviándole varios mensajes de correo electrónico y realizando multitud de llamadas con número oculto” al móvil de su expareja, por lo que ésta “tuvo que bloquearlo”.

Indica que el 21 de marzo de 2021, sobre las 10.00, el condenado acudió al domicilio de la exnovia, se introdujo en el recinto de la urbanización y, “con total desprecio hacia la intimidad y el ámbito de privacidad que comporta el domicilio de una persona, saltó la valla que cierra el patio privativo de la denunciante y accedió desde allí al salón” de la víctima “antes de que ésta pudiera cerrar la puerta”.

Una vez allí, le dijo que “quería hablar con ella”, procediendo ésta a llamar a la Policía.

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