Penas de hasta 3 años de cárcel para tres de los acusados en el 'caso Madeja' por pagar comisiones a cambio de contratos
Señala que de lo investigado hasta el momento aparece indiciariamente acreditado que Iberdrola Renovables contrató a Villarejo a finales de 2011, a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, para investigar a una empresa suiza con la que la eléctrica española se alió para desarrollar una serie de proyectos en Rumanía y con la que surgieron conflictos. Foto: Confilegal

El juez de Tándem cita como investigada a Iberdrola Renovables por el supuesto encargo a Villarejo

Acuerda el sobreseimiento libre para el exdirectivo de Iberdrola Juan Antonio del Olmo, contra quien la eléctrica se querelló por falsedad en documento privado

9 / 07 / 2021 11:29

Actualizado el 15 / 11 / 2021 14:10

El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García-Castellón, instructor del ‘caso Tándem’, ha citado como investigada a la persona jurídica Iberdrola Renovables Energía por un supuesto delito de cohecho, por los encargos que habría realizado al excomisario José Manuel Villarejo cuando estaba en activo en el llamado proyecto ‘Wind’.

El juez requiere a la compañía para que designen representante, abogado y procurador y, una vez celebrada la comparecencia prevista en la ley, tomará declaración al representante de la entidad, asistido de letrado.

A efectos de garantizar los derechos de la persona jurídica, interesa que la persona que vaya a ser designada como representante de Iberdrola Renovables Energía, S.A. así como el abogado y procurador no presenten ningún conflicto de interés o procesal con las personas físicas investigadas vinculadas directamente a la mercantil.

En el mismo auto, dictado hoy, el instructor también acuerda el sobreseimiento libre para el exdirectivo de Iberdrola Juan Antonio del Olmo, contra quien Iberdrola se querelló por un delito de falsedad en documento privado, por presuntamente manipular un documento privado para perjudicar los intereses de la entidad.

El juez no entra a valorar la existencia de indicios de la comisión de delito porque los hechos estarían prescritos.

En relación con esta querella Iberdrola había solicitado su personación como acusación particular, condición que ahora revoca el magistrado, en la medida en que no sería perjudicada por los hechos que se investigan.

García-Castellón explica en el auto que de lo investigado hasta el momento en esta pieza del caso Tándem aparece indiciariamente acreditado que Iberdrola Renovables contrató a Villarejo a finales de 2011, a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo.

Villarejo fue contratado mientras se encontraba en servicio activo en el Cuerpo Nacional de Policía, con la finalidad, apunta el juez, de llevar a cabo una investigación sobre la sociedad suiza Eólica Dobrogea, su accionista mayoritario y su apoderado, con quienes Iberdrola Renovables  Energía se había aliado para acometer proyectos en Rumanía y con quienes surgieron diferentes conflictos que fueron resueltos de manera favorable a Iberdrola en un procedimiento arbitral.

García-Castellón cita en el auto el artículo 31 bis. 1 del Código Penal por el que una persona jurídica puede ser imputada si el delito se comete en beneficio directo o indirecto de la entidad.

En el caso concreto, el juez señala que de lo actuado hasta el momento se desprende que el encargo a Villarejo no se realizó de manera individual por los directivos y empleados de la compañía “sino que se hizo en nombre o por cuenta de la mercantil Iberdrola Renovables Energía, S.A. y en beneficio de la propia compañía”.

En este sentido, añade que en la causa consta una factura por importe de 29.500 euros emitida por Cenyt con ocasión del encargo del proyecto Wind a Iberdrola Renovables Energía en concepto de servicios de apoyo y logística de seguridad a personal de Rumanía, así como su pago, reconocido por la compañía.

Por todo ello, según el juez, se pone de manifiesto que el encargo fue realizado por los investigados en su condición de administradores de Iberdrola Renovables, en nombre y por cuenta de la compañía y en su beneficio directo.

El magistrado tiene dudas sobre la diligencia empleada en la contratación de los servicios de Villarejo, frente a la convicción argumentada por Iberdrola de que se trataba de un funcionario en excedencia. El juez recuerda que la mercantil tenía al frente de sus servicios de Seguridad a una persona procedente del Cuerpo Nacional de Policía que, aunque en el momento de los hechos no se encontraba en activo, podía verificar el carácter de funcionario activo de Villarejo.

De lo investigado hasta el momento, el juez concluye que existieron omisiones relevantes en la diligencia exigible a Iberdrola Renovables que podrían haber influido en la comisión de los delitos materializados por sus empleados.

Esta resolución no es firme. Contra ella cabe recurso de reforma y/o subsidiario de apelación, en el plazo de tres días desde su notificación, o recurso de apelación directo en el término de los cinco días siguientes a su notificación.

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