Pedraz concluye sin procesamiento la causa por genocidio contra el líder del Frente Polisario
En un auto, el magistrado cumple así con lo establecido por la Sala de lo Penal en el sentido de que, al tratarse de un delito de genocidio, la causa debe tramitarse como sumario y no como procedimiento abreviado. Foto: EP

Pedraz concluye sin procesamiento la causa por genocidio contra el líder del Frente Polisario

Considera que los hechos estarían prescritos
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04/10/2021 13:24
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Actualizado: 04/10/2021 13:24
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El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz ha concluido sin procesamiento la causa por genocidio derivada de la querella presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEH) contra el líder del Polisario Brahim Ghali.

Pedraz considera que los hechos estarían prescritos. 

En un auto, dictado el pasado viernes, el magistrado ha acordado la conclusión de este sumario sin procesar a Gali después de que la Sala de lo Penal revocase por un defecto de forma su decisión de archivar el procedimiento, pues al tratarse de un delito de genocidio, la causa debía tramitarse como sumario y la decisión de archivar no le compete al juez instructor, sino a la Sala.

Pedraz justifica la conclusión del sumario sin procesar a Ghali en que los hechos de la querella se extienden desde el año 1974 hasta 1990, por lo que ya estarían prescritos de acuerdo con el Código Penal del 1973 que resultaría de aplicación al momento de los hechos como ley penal más favorable.

Además, sin necesidad de analizar si los hechos podrían constituir delito de genocidio en el Código Penal actual, el magistrado sí hace constar que las conductas expuestas en la querella “no integran todos los elementos del delito de genocidio”.

Respecto a los indicios de delito, el juez explica que basta la audición de las declaraciones prestadas para apreciar las contradicciones denunciadas por la defensa entre las afirmaciones de la querella sobre la participación de Ghali y el contenido de las declaraciones de los testigos.

Añade que también aprecia “una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo de los hechos, detalles concretos de la participación del querellado Brahim Ghali, descripción del cargo que ocupaba etc».

«Todo ello resta credibilidad a los testimonios prestados e impide mantener la imputación contra el querellado”, explica.

Hoy está está citada como investigada la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya en un juzgado de instrucción de Zaragoza, que investiga en otro procedimiento la entrada y salida en España del líder del Frente Polisario.

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