¿El impacto de las criptomonedas en el sistema financiero global es similar al que tuvo la llegada de Internet?
Los reguladores llevan tiempo advirtiendo de la volatilidad y complejidad de este producto, pero la realidad es que su expansión no cesa en todo el mundo y ya son muchos lo que se dejan llevar por las subidas y bajadas de su valor.

¿El impacto de las criptomonedas en el sistema financiero global es similar al que tuvo la llegada de Internet?

Pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años
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17/12/2021 06:48
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Actualizado: 17/12/2021 13:20
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Actualmente no existe en la Unión Europea un marco que regule los criptoactivos como el Bitcoin y que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros.

En España se ha tratado de hacer una primera aproximación a través de la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, como consecuencia de la transposición de una Directiva, y fuera de nuestras fronteras hay situaciones tan dispares como la de Estados Unidos (sin regulación), China (las ha prohibido) o Portugal (cuyo régimen fiscal favorece su uso).

Los reguladores llevan tiempo advirtiendo de la volatilidad y complejidad de este producto, pero la realidad es que su expansión no cesa en todo el mundo y ya son muchos lo que se dejan llevar por las subidas y bajadas de su valor.

¿Su impacto en el sistema financiero global podría asimilarse al que produjo la irrupción de Internet en todo el mundo?

Miguel Ángel Domínguez, presidente de la Asociación Nacional de ‘Blockchain’, Alastria, se muestra contundente: sí.

A su juicio, «las criptomonedas están rehaciendo el sistema financiero global, están poniendo nuevas normas. Están haciendo lo mismo que hizo internet hace 30 años, que rehizo la forma en la que funcionaba el mundo. Las criptomonedas van a rehacer la forma en la que funciona el dinero».

Pese a ello, desde el punto de vista legal, las criptomonedas no tienen, por ahora, la consideración de medio de pago, no cuentan con el respaldo de un banco central u otras autoridades públicas y no están cubiertas por mecanismo de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores, tal y como han advertido el Banco de España y la Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV).

Ambos organismos han advertido en más de una ocasión del riesgo de este tipo de inversiones debido, entre otros factores, a su extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia que las convierten en una apuesta de alto riesgo.

Se estima que actualmente hay entre 7.000 y 10.000 criptomonedas en el mercado con características similares a las del Bitcoin.

Domínguez explica que «ahora mismo hay medios de pago mucho mejores que Bitcoin. Bitcoin es el equivalente al oro. Nadie paga con oro, pero el oro tiene valor». 

«¿Cuál es la criptomoneda que va a triunfar? Ni idea, no lo sabe nadie, se está creando una nueva tecnología. La pregunta que se hace todo el mundo, ¿tú invertirías en criptomonedas? Yo no invierto en nada que no entiendo, si no entiendes las criptomonedas, no inviertas«.

Y es que es fácil dejarse llevar por las cifras. «Si alguien te cuenta que ha ganado 80.000 euros con criptomonedas, puede ser verdad porque tiene una extrema volatilidad, sube y baja muy rápido. ¿Qué ocurre con esto? Que puedes tener 80.000 euros hoy y que mañana valgan 0. ¿Tú te jugarías tu casa a una apuesta cara o cruz? No. Son criptomonedas, de momento, es un juego».

Añade que, desde el punto de vista de la inversión, «Bitcoin puede que sí lo sea, porque ya está en un estado de madurez y de volumen que ya puedes considerarlo una inversión, una reserva de valor, pero las demás son un juego, es especulación, es decir, me he comprado un cromo que creo que algún día puede valer mucho dinero, pero a lo mejor no vale nada».

«La gente debe entender que las recomendaciones de la CNMV son lógicas, que lo que dicen es que esto tiene extremo riesgo, es perfectamente posible que si metes 100 euros, pierdas los 100, pero existe la posibilidad de obtener 500.000 euros«.

Pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años

Precisamente sobre esto, la CNMV ha apuntado que «se trata de instrumentos complejos, que pueden no ser adecuados para pequeños ahorradores, y cuyo precio conlleva un alto componente especulativo que puede suponer incluso la pérdida total de la inversión».

Además, el regulador recuerda que «existen productos derivados apalancados vinculados a criptomonedas que permiten invertir indirectamente en estos, lo que incrementa aún más su complejidad y la posibilidad de sufrir pérdidas superiores a la inversión inicial, por lo que requieren de un gran conocimiento y experiencia».

Pese a ello, tanto CNMV como Banco de España, reconocen que los criptoactivos, incluyendo las criptomonedas y la tecnología que les da soporte, pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años, pero para valorar su validez como alternativa de inversión o su uso como medio de pago es preciso tener en cuenta sus riesgos y su situación actual.

¿En qué punto esta la regulación?

A nivel europeo, se está negociando el Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (conocido como MiCA) que tiene como objetivo crear un marco normativo para este mercado que respalde la innovación y aproveche el potencial de los criptoactivos de manera que se preserve la estabilidad financiera y se proteja a los inversores.

También se está negociando el Reglamento sobre la resiliencia operativa digital (conocido como Dora), cuyo objetivo es crear un marco normativo para que todas las empresas garanticen que pueden resistir todo tipo de perturbaciones y amenazas relacionadas con las TIC, al objeto de prevenir y mitigar las ciberamenazas.

En España, la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, introduce una obligación de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, a cargo de quienes proporcionen servicios en nombre de otras personas o entidades para salvaguardar claves criptográficas privadas que posibilitan la tenencia y utilización de tales monedas, incluidos los proveedores de servicios de cambio de este tipo de monedas si también prestan el mencionado servicio de tenencia.

Igualmente, para estas mismas personas o entidades, se establece la obligación de suministrar información acerca de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta misma obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales

Esta regulación, según explicaba recientemente a Confilegal Xavier López Villaécija, del despacho Sanahuja Miranda, se trata de aclarar el posible origen ilícito de las criptomonedas y «controlar tanto la fiscalidad como que su uso no rebase las operaciones de tráfico legal».

En concreto, la norma «vincula a los proveedores de servicios de cambio (exchangers) y cualesquiera que proporcionen servicios en nombre de otras personas para salvaguardar claves criptográficas privadas».

Por otro lado, «establece la propia obligatoriedad de informar por el propio contribuyente a través del modelo 720, en el caso de estar ubicadas en el extranjero».

La norma tiene como limitación que «todas las obligaciones referentes a prestadores de servicio solo afectan a las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero», algo que, «genera dificultades para rastrear los orígenes, ya que con las criptomonedas hablamos de activos que circulan por el mundo independientemente de las fronteras«.

Pérdida o robo de las claves privadas

En cuanto a la identidad de las criptomonedas es un debate abierto aún. ¿Son valores o materias primas? El presidente de Alastria afirma que depende cada una. «Las criptomonedas aunque parezca increíble son programas de ordenador que se ejecutan solos. Intercambio de valor que se ejecuta solo».

De este modo, «las criptomonedas suelen venir vinculadas a lo útil que es lo que ejecutan, la acción que ejecutan. Valen más aquellas que son más útiles. Si tu tienes una criptomoneda como la de Ethereum que lo que permite es regular y automatizar precio, pues sube mucho de precio, pero hay otras criptomonedas que son un chiste».

En muchas ocasiones, los distintos actores implicados en la emisión, custodia y comercialización de criptoactivos no se encuentran localizados en España o, en algunos casos, incluso, no es posible su localización, por lo que la resolución de cualquier conflicto podría resultar costosa y quedar fuera del ámbito de competencia de las autoridades españolas.

En este sentido, la CNMV recuerda que la tecnología de registros distribuidos utilizada para la emisión de las criptomonedas conlleva riesgos específicos, ya que su custodia no está regulada ni supervisada.

De este modo, la pérdida o robo de las claves privadas puede suponer la pérdida de las criptomonedas, sin posibilidad de recuperarlas. Por ello, este riesgo debe ser valorado antes de adquirir estos activos, tanto si se gestiona personalmente el monedero, como si su custodia se deja en manos de terceros.

«¿Si tienes un conflicto con las criptomonedas a quien te diriges? No hay nadie porque es descentralizado, el código es la ley«, destaca sobre este asunto Domínguez.

«Tienes que ver el programa que se va a ejecutar y decidir si pagas o no pagas y ahí viene mi recomendación, si no entiendes lo que está invirtiendo, no inviertas, porque con Bitcoin no se puede reclamar a nadie. Es una máquina que está ejecutando un programa».

«El problema de todo esto es que los conflictos suelen venir por agentes externos, hay gente a la que le han robado a punta de pistola su contraseña. Tú por lo que reclamas no es por cómo funciona, porque el que tenga la contraseña se va a quedar con los bitcoins. El que tiene la contraseña se lleva el dinero, no es discutible«, agrega.

Uno de los ejemplos más claros de todo esto es el caso de Mircea Popescu, un multimillonario conocido por su fortuna en criptomonedas, que murió ahogado este verano en Costa Rica. Según se informó entonces, contaba con 2.000 millones de dólares en Bitcoin. Tras su fallecimiento y sin conocerse su clave, su fortuna habría desaparecido con él.

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