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«Sharenting»: Si tiene hijos y sube sus fotos a las redes sociales debe leer esta columna, obligatoriamente

«Sharenting»: Si tiene hijos y sube sus fotos a las redes sociales debe leer esta columna, obligatoriamente
Javier Puyol, uno de los grandes expertos españoles en derecho tecnológico, explica en esta columna en qué consiste el "sharenting", qué peligros entraña y qué hay que hacerlo para afrontarlo con éxito. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.
07/1/2022 06:48
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Actualizado: 06/1/2022 21:05
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En el examen de esta cuestión se ha de partir de una realidad plenamente constatable, consistente en el hecho de la utilización por parte de los padres de las redes sociales o de internet para proporcionar información acerca de los hijos, tiene que tener unos determinados límites, que cuando se sobrepasan ponen en riesgos la seguridad global de sus propios hijos.

Es cierto que este tipo de prácticas se ven alimentadas de manera directa por los cambios en la manera de comunicarse, por los nuevos medios digitales que propician y facilitan la obtención de toda clase de imágenes y de información sobre nuestras personas, sobre nuestras vidas, y también sobre nuestros hijos menores de edad.

El hecho de publicar o subir imágenes, vídeos, o cualquier otro tipo de grabación referente a nuestros hijos en Internet en general, y en las redes sociales en particular, además de crearles una huella digital sin su consentimiento desde que son bebés, también puede exponerles a los peligros que acarrea el propio Internet.

UNA PRÁCTICA MUY POPULAR

Tal como se señala desde Pantallas Amigas con mucho criterio, el “sharenting” como fenómeno, constituye una práctica habitual, que es sin lugar a duda muy popular entre padres y madres y lejos de ser una práctica habitual, se ha convertido en algo cotidiano, que se produce de una manera muy recurrente en el tiempo.

No obstante, ello, debe distinguirse entre el llamado “sharenting”, del «oversharing» que hace referencia a compartir sin control todo lo que tiene que ver con nuestra vida en Internet y Redes Sociales.

Hoy en día existe una más que notable sobreexposición de todo tipo de información personal en Internet, algo que tiene especial peligro en menores de edad y que es cada vez más frecuente, y lo que es más importante, es que cada día es más preocupante por las consecuencias que de ello se derivan para los propios menores, y los riesgos, a los que los mismos se enfrentan como consecuencia de este tipo de prácticas, cuando las mismas tienen un carácter claramente abusivas.

En algunas plataformas, dichas imágenes, vídeos, o grabaciones y sus geolocalizaciones se convierten en material público disponible sin que prácticamente existan restricciones de algún tipo en favor de cualquiera persona de manera indiscriminada[i].

Por tanto, el hecho de compartir alguna foto familiar, o hacer algún comentario en redes sobre nuestro hijo, no es «sharenting» y menos «oversharing».

La práctica se refiere al hecho de ir documentando y compartiendo de manera constante, abusiva y sobre todo muy reiterada la evolución del menor por parte de los padres.

LA CLAVE ESTÁ EN LA CANTIDAD Y REGULARIDAD DE LAS PUBLICACIONES

La diferencia está en la cantidad y constancia con la que se publica sobre los hijos[ii].

Hay tres tipos de padres cuando se trata de compartir[iii]:

a). Los padres protectores se preocupan por la privacidad.

Por supuesto, no significa que no se sientan orgullosos de sus hijos, pero tienen cuidado al publicar algo sobre ellos en línea.

b). Los padres orgullosos que les gusta que sus amigos vean lo maravillosos que son sus hijos, publican fotos y describen todo lo que hacen en las redes sociales.

c). Los padres irritables que odian cuando las personas publican sobre sus hijos en línea.

La actitud de los progenitores según los tipos descritos de los mismos, es evidente que condiciona este tipo de prácticas.

Por todo ello, es necesario que se pondere este tipo de actividad por parte de los progenitores con relación a la información que sobre los menores se proporciona en cualquier forma o manera a Internet, cuando por parte de los mismos aún no pueden decidir si quieren tener presencia o no en Internet, y donde adicionalmente se corre el riesgo más que evidente, que dichas imágenes, videos o grabaciones de todo tipo se puedan utilizar o manipular arbitrariamente sin el consentimiento de los propios progenitores, los cuales pierden el control de dicha información, en el momento en que la misma es introducida en la red de redes.

DE DÓNDE VIENE EL TÉRMINO «SHARENTING»

El término ‘sharenting’ proviene de la unión de dos palabras inglesas: ‘share’ o compartir y ‘parenting’ o paternidad, y hace referencia a la publicación de fotografías y videos de menores por parte de los padres en internet. 

El “sharenting” alerta sobre la pérdida de control sobre el contenido multimedia en internet, ya que ello tiene una serie de consecuencias en los adultos que se multiplican cuando las fotos son de menores.

Los principales riesgos de que los perfiles públicos de los padres en WhatsApp, Facebook o Instagram, entre otros, se conviertan en el escaparate de la vida de los hijos se pueden vertebrar en tres categorías[iv]:

a). Corto plazo: desde el momento de la publicación.

Secuestro físico: Un secuestrador puede aprovechar el rastro que la familia deja en internet para saber el colegio, las actividades extraescolares, la edad y los gustos de los menores.

Los horarios se pueden obtener de las páginas oficiales de los centros y de comentarios en RR. SS. del estilo de: “Cómo los echo de menos cuando estoy trabajando…”.

Secuestro de la identidad digital: Este delito consiste en recopilar toda la información publicada en abierto del núcleo familiar para crear un perfil falso de alguno de sus miembros. Los perfiles falsos se emplean para ganarse la confianza de otros menores y adultos con fines generalmente ilícitos.

‘Grooming’: Esta palabra inglesa se emplea para referirse a los delincuentes, ‘groomers’, que crean perfiles falsos a partir de recopilaciones de fotos de menores. Los ‘groomers’ se hacen pasar por menores en las RR. SS. y abren conversaciones que deriven en ‘sexting’.

De esta forma los ‘groomers’ consiguen fotos íntimas con las que chantajear a los menores y conseguir que hagan actividades ilegales, a menudo para su satisfacción personal, si no quieren que las fotos se hagan públicas.

Utilización para fines publicitarios en la ‘dark web: En las RR. SS. hay mucha información compartida por defecto como pueden ser las fotos de perfil, los estados temporales y los posts permanentes con fotos o vídeos.

RECLAMOS PARA WEBS PORNOGRÁFICAS

Debido a su carácter público, este contenido multimedia puede recogerse por usuarios de la ‘dark web’ y utilizarse como reclamo para webs pornográficas o de servicios ilegales.

b). Medio plazo: desde que otros menores acceden a las redes sociales.

Objeto de «memes»: Generalmente son sátiras y parodias referentes a personajes públicos, pero también pueden hacer referencia a menores y particulares.

Este tipo de contenido, considerado gracioso y en ocasiones generado por la propia familia, puede llegar herir la sensibilidad del menor y afectar a su vida social.

‘Bullying’ o acoso escolar y ‘ciberbullying’: La adopción de las nuevas tecnologías ha convertido al acoso escolar en algo invisible y permanente: se realiza a través de los dispositivos móviles a cualquier hora mediante múltiples variantes como burlas y amenazas.

c). Largo plazo: durante la vida adulta de los actuales menores

¡• Robo de identidad: Como hemos comentado al principio, las nuevas generaciones serán las mejor biografiadas de la historia si se sigue aumentando la huella digital al mismo ritmo.

Esto significa que los delincuentes conocerán a sus víctimas mejor que ellas mismas, pudiendo suplantar su identidad, y haciendo que los ataques de diccionario cada día sean más efectivos.

• Reputación digital: Otro efecto colateral de que las vidas de las personas estén publicadas en internet es su influencia en procesos de selección de estudios y profesiones.

Los comités podrán acceder a todo el historial de la persona y juzgarla por todo aquello que algún día fue y no por lo que es o pueda llegar a ser.

CONSEJOS

Como consejos a la hora de publicar fotos de los hijos en redes sociales se suelen determinar los siguientes[v]:

a). No es recomendable crear una cuenta propia a nuestro hijo/a y subir fotos en dicha cuenta. Es mejor subir las fotografías en las redes sociales de los adultos.

b). Podemos pedir a nuestros hijos e hijas que «censuren» las imágenes que no quieran que compartamos sus padres. Es decir, que nos cuenten qué es lo que no quieren que subamos a redes sociales.

c). Tenemos que cerciorarnos de que las fotos que subamos en las que aparecen nuestros hijos/as, estén siempre vestidos.

d). Leer y entender las políticas de privacidad de las redes sociales a las que subimos las fotografías.

e). Recordar y tener siempre presente cómo se sentirían nuestros hijos/as si en un futuro se tuvieran que enfrentar a una imagen suya que subieron sus padres a Internet. ¿Podría dañar su autoestima?

f). Activar las alertas de Google con el nombre de nuestro hijo/a, para que nos avisen si aparece en alguna búsqueda de Google.

g). No dar la localización de nuestro hijo/a, y si queremos hacerlo, hemos de tomar precauciones.

h). Compartir la información bajo el anonimato y pixelar las caras de nuestros hijos e hijas para respetar su privacidad, sobre todo si son menores de edad.

i). Si enviamos imágenes o vídeos a través de mensajería instantánea (como WhatsApp), tenemos que asegurarnos de que las personas a las que enviamos dicho contenido son de confianza y no lo compartirán sin nuestro permiso.

EFECTOS DEL «SHARENTING» EN NUESTROS HIJOS

Cuando nos preguntamos, qué efectos tiene el “sharenting” para los menores, se suele afirmar, tal como se señala desde el Blog de Prosegur[vi], que las principales consecuencias que para ellos se derivan de este tipo de prácticas son principalmente las siguientes:

  1. Problemas de naturaleza psicológico para los menores.

Un menor tiene reconocido el mismo derecho al olvido y a la privacidad que un adulto.

De hecho, la propia UNICEF lamenta el hecho de que el «sharenting» se esté volviendo cada vez más habitual.

Como la mayoría de las veces no se le pide permiso al menor, porque suele ser muy pequeño o el padre no es consciente, se vulnera ese derecho a la intimidad.

Eso afecta al menor hasta el punto de que 1 de cada 4, según los datos, se sienten avergonzados, tristes, ansiosos y preocupados por lo que comparten sus padres sobre ellos.

Hoy, las redes y la mensajería son tan importantes en la vida del menor que cualquier sobreexposición puede provocar bullying, acoso escolar o malestar.

Aunque es muy inusual, el mayor riesgo del «sharenting» es que uno de los posts compartidos en redes sociales se vuelva viral. De este modo sería casi imposible eliminar el contenido de Internet.

Además, los contenidos virales suelen ser únicos o especiales.

Esto los hace complejos para el estudio, de modo que se desconoce el alcance de los efectos que podrían tener en la vida del menor.

b). La existencia de problemas de seguridad vinculados al “sharenting”.

Compartir demasiada información de los menores va dejando una huella digital imposible de borrar, que les puede afectar en sus vidas futuras de manera inesperada.

Los principales problemas de seguridad que genera el sharenting son evidentemente el riesgo de sufrir fraude en el futuro: por ejemplo, según un informe de Barclays, se estima que para 2030 los costes de fraude provocado por información obtenida en casos de sharenting ascenderían a una cuantía que superaría los 870 millones de dólares.

La metodología es sencilla: una persona crea un perfil falso en alguna red social y utiliza la información pública de la persona para hacerse pasar por un conocido o para manipularle según sus gustos, experiencias, etc.

ESTAFAS

Como consecuencia de ello,  se producen estafas, siendo las más habituales las siguientes:

• El peligro de que el contenido circule en páginas no deseadas: lo que es más grave aún, según el Comisionado Australiano de Ciberseguridad del Menor, es que la mitad de las fotografías que encuentran en círculos pedófilos han sido extraídas de las redes sociales de padres que comparten fotos de sus hijos.

• El riesgo de dar información extra a desconocidos, ya que demasiada información sobre el menor puede permitir a extraños acercarse y tomar confianza con él, fingiendo que los conocen.

Esto puede facilitar prácticas de riesgo, tal como antes se indicó, como el grooming.

Constituye un hecho más que evidente que, ningún padre sube imágenes de sus hijos con mala intención.

Este tipo de prácticas se atribuye principalmente a una realidad, tal como se indica en dicho Blog, que es más una consecuencia derivada de la desinformación a la que muchas veces se encuentran sometidos los propios progenitores, que desconocen las consecuencias de llevar a cabo con mucha reiteración este tipo de actividad sobre sus propios hijos, que compromete, tal como se ha indicado la seguridad física y psicológica de dichos menores.

Por todo ello, es necesario reflexionar sobre las imágenes, los videos, las grabaciones, y en definitiva de todos aquellos datos personales de los menores de edad que incorporamos a internet, a los efectos garantizar su seguridad, su integridad psicológica, de modo y manera que ello tenga la menor repercusión posible, o que esta se mantenga en unos términos aceptables, a los efectos de garantizar la vida futura del menor, y que la misma no quede condicionada por una práctica irreflexiva y desproporcionada por parte de los padres, que constituya un lastre innecesario para el futuro de dicho menor.


[i] Cfr.: Blog de Ciberconvivencia. “’Sharenting’ o Mama, Papa, ya vale de fotos”. Pantallas Amigas. 6 de mayo de 2019.

 

[ii] Cfr.: PROSEGUR. “’Sharenting’: ¿qué es y cómo afecta a nuestros hijos? Blog Prosegur. https://blog.prosegur.es/sharenting-que-es/

https://blog.prosegur.es/sharenting-que-es/

[iii] Cfr.: MARINA. “¿Qué es el sharenting y como afecta a tus hijos? Grupo Ático 34. 4 de enero de 2021.

[iv] Cfr.: GOMEZ BLANCO, Ana. “’Sharenting’: ¿por qué no se recomienda publicar fotos de menores en internet? BBVA. 4 de junio de 2020.

https://www.bbva.com/es/sharenting-por-que-no-se-recomienda-publicar-fotos-de-los-menores-en-internet/

[v] Cfr.: Blog de Ciberconvivencia. “’Sharenting’ o Mama, Papa, ya vale de fotos”. Pantallas Amigas. 6 de mayo de 2019. Obra citada.

[vi] Cfr.: PROSEGUR. “’Sharenting’: ¿qué es y cómo afecta a nuestros hijos? Blog Prosegur. Obra citada.

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