Opinión | Solo lo rural salva lo rural: medidas jurídicas contra los incendios

Adrián Gómez Linacero, letrado de la Administración de Justicia, explica en su columna que entre el 90 y el 96 % de los incendios forestales tienen origen humano. Y plantea que la limpieza de los montes y el pastoreo comunal son las soluciones reales frente al fuego.

3 / 08 / 2026 05:40

Cada verano España vuelve a contemplar el mismo paisaje: miles de hectáreas calcinadas, vecinos desalojados y bomberos luchando contra incendios cada vez más extremos.

Asistimos, cada vez con más antelación, a incendios de una virulencia inusitada, hasta ahora no vista, denominados de sexta generación, atravesados en su origen por un conjunto multifactorial de causas que exige evitar posturas maximalistas y remitir la detección de causas y efectos al mundo científico.

En un sector importante de la opinión pública se ha asentado, de modo dominante, una idea repetida como un mantra con diagnóstico monoteísta: el cambio climático.

Sin negar su influencia, esta explicación cosmética soslaya señalar responsables y adoptar una política legislativa decidida y estructural, alejada de eslóganes y apegada a la ciencia y los datos, escuchando siempre al mundo rural (lo contrario a lo que se hace).

Existe, además, un hecho paradójico: determinadas corrientes ecologistas, ajenas a la práctica agraria y forestal, auspician normativas rechazadas por el mundo rural contra la limpieza de los bosques, que terminan creando el combustible idóneo para la propagación de los fuegos.

El cambio climático (sin entrar en el debate sobre sus causas y evolución) no es, por sí mismo, la fuente de ignición de la mayoría de incendios, sino que actúa como factor de agravación.

Datos oficiales

Los datos del propio Ministerio para la Transición Ecológica, cruzados con los de la Guardia Civil (SEPRONA) y la Fiscalía de Medio Ambiente, sitúan el origen humano de los incendios españoles entre el 90 % y el 96 % de los casos: negligencias (quemas agrícolas mal apagadas, colillas, tendidos eléctricos) en torno al 55-65 %, e incendios intencionados en el 20-25 % restante.

El rayo, la causa «natural» por excelencia, no llega al 4 %. El cambio climático no enciende una sola cerilla.

Lo que hace es secar antes el combustible, alargar la temporada de riesgo y, cuando el fuego ya ha prendido, darle viento, calor y sequedad para que se comporte de un modo cada vez más difícil de controlar.

En la ciencia forestal existe un triángulo perfectamente estudiado para explicar el nacimiento del fuego y su avance, a saber: oxigeno, fuente de ignición y combustible.

El primero es incontrolable, el segundo muy difícilmente controlable (pirómanos o imprudencias) y el tercero es la raíz fundamental que permite al fuego alcanzar niveles elevados de agresividad.

Nuestros montes llevan acumulando combustible durante largos períodos de tiempo, y su debida limpieza (en la forma que luego se propondrá) no sólo prevendría graves incendios y ahorraría caudales al erario público (destinados a mitigar los efectos de los incendios), sino que permitiría destinar el material vegetal obtenido a la producción de energía de biomasa.

Dicho esto, y dejando el debate sobre el cambio climático para otros foros y los expertos científicos, lo que interesa a la ciudadanía son las soluciones. Y aquí hay un enorme margen de actuación política sobre premisas de gestión y científicas, no ideológicas, entre las que destacamos las siguientes:

Reformular normativas sectoriales municipales o autonómicas que impidan o dificulten la limpieza local autosuficiente de los bosques, desarrollando en la Ley de Montes de 2003 el concepto de “gestión sostenible” para regular a nivel nacional con detalle un marco claro que permita el aprovechamiento y limpieza a pequeña escala de los montes públicos, liberando de cargas burocráticas dicha utilización.

    No se trata de liberalizar por completo los montes ni de autorizar su uso indiscriminado ni su explotación masiva, sino de promover un aprovechamiento a pequeña escala que ha probado su eficiencia durante muchas generaciones sin necesidad de normativas intervencionistas.

    La ambigüedad normativa rodea el aprovechamiento vecinal: no existe una regla estatal única, sino que cada comunidad autónoma (y ayuntamientos en ocasiones) fija sus propios criterios, de modo que actividades tradicionales como cortar ramas, talar o recoger piñas no tienen un marco regulatorio claro y pueden estar sometidas a autorización y, en su caso, sanción.

    ¿Por qué no se permite la autogestión vecinal de los montes sin trabas administrativas como durante siglos, y con gran éxito, ha venido haciéndose?

    Aprobación de medidas para incentivar y regular la limpieza y atención de bosques privados: agrupaciones forestales de gestión conjunta (siguiendo la referencia de Galicia), bonificaciones y deducciones fiscales al propietario para la gestión adecuada del bosque (propuesta WWF, sector forestal y Greenpeace), retribuciones al propietario privado por actividades de prevención de incendios (sugerencia de la Confederación de Organizaciones de Selvicultores de España) y medidas fiscales y desregulatorias para fomentar la ganadería extensiva.

    Asimismo, ejecución real de sanciones ya previstas por incumplimiento del mantenimiento de bosques privados.

    El 72% de la superficie forestal es privada, frente a un 28% de titular pública (marcadamente municipal), según la Estrategia Forestal Española horizonte 2050 y Anuario de MITECO.

    Crear un sistema estatal de pastoreo público o comunal, gestionado por los ayuntamientos, destinando la producción a la venta e ingreso en las arcas públicas o al consumo entre vecinos, que pueda intervenir además en grandes fincas privadas no mantenidas o desbrozadas previa resolución administrativa o con consentimiento del titular.

    Aumentar la inversión en bomberos y medios de extinción y atribuir a bomberos forestales funciones de desbroce y limpieza de los bosques.

    Endurecer las penas contra los incendiarios, sin beneficios penitenciarios para quien provoca un fuego.

    Prohibir de modo tajante (ya consta en la Ley actual) cualquier actividad distinta a la originaria o el cambio de uso del terreno calcinado durante los 30 años fijados en el art. 50 de la Ley de Montes. Las excepciones de actividad distinta o cambio de uso contenidas en dicha norma deben ser autorizadas por la autoridad judicial,salvo  el fin agrícola y ganadero extensivo  (artículo 50.1.c)), previa audiencia de las organizaciones ecologistas más representativas y de los vecinos del municipio.

    Centralizar el mando en la gestión de grandes emergencias, acabando con la actual fragmentación competencial entre Estado, comunidades, diputaciones y ayuntamientos.

    Las grandes catástrofes de nuestra historia reciente —la dana es el ejemplo más reciente— han instalado en el imaginario colectivo una idea contundente: la hipertrofia administrativa y la fragmentación competencial crean, de modo indefectible, las condiciones perfectas para la ineficacia en la gestión de servicios esenciales, además de dilapidar recursos públicos, incrementar el gasto y generar más espacios proclives a la corrupción.

    A más entidades con competencia sobre una misma materia, más ineficacia, duplicidades, más gasto superfluo y más riesgo de corrupción.

    Los propios sindicatos de bomberos lo describen de modo certero: «batiburrillo». Reivindican una ley estatal que unifique medios, protocolos y mando único, porque la dispersión competencial no es inocua: cuesta vidas y también naturaleza.

    De todas las medidas enumeradas, una merece desarrollo aparte porque es, a la vez, las más eficaces y las más ninguneadas por el debate público: la recuperación del pastoreo comunal.

    Pastoreo comunal: la medida más eficaz y la más olvidada

    Es la medida de mayor eficacia probada y menor coste. España perdió el 28 % de su cabaña ovina y caprina solo entre 2008 y 2011, y cada rebaño que desaparece deja más matorral seco acumulándose hasta que una chispa lo encuentra: el monte no arde más porque haga más calor, arde más porque hace décadas que nadie lo desbroza.

    No es un invento: funciona en otros lugares. Andalucía tiene su propia Red de Áreas Pasto-Cortafuegos (RAPCA), inspirada en el modelo francés de los años ochenta, y en Cataluña la iniciativa Ramats de Foc apuesta rebaños junto a los bomberos forestales, vendiendo después carne y queso con sello de «prevención de incendios».

    El propio Ministerio de Agricultura reconoce el valor preventivo de la ganadería extensiva, pero no traduce esa evidencia en medidas concretas, estables y bien financiadas.

    La propuesta es clara: un sistema estatal de pastoreo público o comunal, gestionado por los ayuntamientos, con la producción destinada a las arcas públicas o al consumo vecinal, y con facultad para entrar, con consentimiento del titular o resolución administrativa, en grandes fincas forestales privadas que no hayan cumplido los deberes de mantenimiento.

    Las soluciones que de verdad funcionan —pastoreo comunal, montes vivos, mando único en la emergencia— no son ideológicas: son de gestión y técnicas. El próximo gran incendio no se evita con eslóganes, sino escuchando al mundo rural, a los expertos y a la ciencia.

    Con menos inversión de la destinada actualmente a apagar incendios y reconstruir las zonas afectadas se conseguiría, con voluntad política, prevenirlos de modo eficaz, y además en provecho de la comunidad y la economía real.

    La ola de incendios pone sobre la mesa la necesidad de contar con un seguro obligatorio de catástrofes para el fuego que España no tiene

    Opinión | ¿Por qué no se instalan ya cañones de agua contra el fuego en los pueblos?

    El Gobierno paraliza los plazos judiciales en las zonas afectadas por los incendios entre el 27 y el 31 de julio

    Opinión | Los incendios empiezan antes del fuego

    La Abogacía Española pide al CGPJ y a Bolaños suspender los plazos procesales en las zonas afectadas por los incendios

    Opinión | Los incendios también se combaten desde el Derecho: un año después, seguimos sin una respuesta jurídica suficiente

    Lo último en Firmas

    LEÓN XIV(1)

    Opinión | La migración en Ceuta bajo la óptica de la Iglesia

    fusión por absorción

    Opinión | La presencia de bases imponibles negativas pendientes de compensar en una fusión por absorción

    INstituto Cervantes

    Opinión | Arbitraje de inversión y cuando “exclusivamente” significa “nunca”

    Tribunal Constitucional

    Opinión | La sentencia del Constitucional sobre el rechazo en frontera de inmigrantes y el problema del «exceso» de protección judicial

    separación

    Opinión | Implicaciones fiscales de la disolución y liquidación del régimen económico matrimonial