Firmas

Los 35.000 millones de deuda privada del SAREB se han convertido en pública y han incrementado la deuda nacional en 3 puntos

Los 35.000 millones de deuda privada del SAREB se han convertido en pública y han incrementado la deuda nacional en 3 puntos
Guillermo Rocafort es profesor de Economía Pública y Economía de la Empresa en la Universidad Carlos III de Madrid; licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad Autónoma de Madrid y licenciado en Derecho por la UNED, con diploma en Estudios Jurídicos Avanzados por la Universidad Autónoma de Madrid.
16/1/2022 06:48
|
Actualizado: 16/1/2022 00:01
|

El traspaso de los 35.000 millones de la deuda privada del SAREB al Sector Público Español como Deuda Pública que ordenó la Comisión Europea a España mediante carta hace casi un año, el 16 de febrero de 2021, tiene muchos flecos sueltos para la opinión pública española.

Originariamente el SAREB (también llamado “El Banco Malo”) fue una creación societaria-financiera del Estado Español para reflotar el sistema bancario tras su hundimiento en el 2012, mediante el traspaso de los activos tóxicos de las entidades crediticias más perjudicadas al mencionado SAREB, de entre cuyas principales características en su creación destacaron:

• Su carácter jurídico mixto público-privado: 54% de su capital social en manos de Bancos privados y el 46% restante, en manos del Estado Español mediante el FROB (Fondo de Regulación y Ordenación Bancaria).

• Duración limitada de 15 años.

• Unas previsiones o expectativas originales de beneficios futuros durante su existencia

• Una deuda “privada” original del SAREB para financiar la operación de 51.000 millones de euros, de los cuales sólo se ha amortizado aproximadamente el 30%, quedando pendiente de devolver los 35.000 millones de euros mencionados que han sido convertidos en deuda pública por orden de la Unión Europea.

El SAREB como ámbito incluido en el Sector Público pero ajeno a la Ley de Transparencia

Preguntado el Gobierno por mí sobre la cuestión de la conversión de su deuda privada en pública, se me respondió por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y de Transformación Digital que el SAREB no entra en el ámbito de la Ley de Transparencia pues se trata de una sociedad mercantil ajena a la misma, a pesar de que su deuda actual de 35.000 millones de euros ha acabado siendo finalmente nacionalizada o “mutualizada”.

Estas conclusiones se pueden deducir de la respuesta que me ha dirigido el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional en su escrito de fecha 17 de mayo de 2021, donde se afirma que “esta Secretaría General le informa de que Sareb se trata de una sociedad mercantil no incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre”.

Sin embargo, la mochila del SAREB (una deuda originalmente privada de 35.000 millones de euros), tras su nacionalización y conversión en Deuda Pública, ha supuesto un incremento de la Deuda Pública de España del 117% al 120%, es decir, de tres puntos porcentuales más.

Una verdadera fortuna que tendrán que pagar los españoles durante largas décadas por medio de sus impuestos.

Continúa afirmando el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional en su respuesta que “(dicha nacionalización) no tiene ningún coste, en la medida en que ello no conllevará una necesidad de ampliación del programa de emisiones”, lo cual es un eufemismo porque la emisión de la deuda privada ya fue efectuada por el SAREB en su momento (2012) y lo que se ha procedido ahora es a su conversión en Deuda Pública, sin necesidad de nueva emisión.

Negativa a informar sobre los titulares de la Deuda pública del SAREB

Especialmente grave es la negativa del Gobierno a informar sobre quiénes son los acreedores de la deuda del SAREB ahora nacionalizada, tanto los originales como los actuales, es decir, los propietarios de esa deuda en el pasado y hoy, y las cantidades económicas asociadas a dichos acreedores, pues esto es una información que tenemos derecho los españoles a conocer en manos de quiénes está nuestra Deuda Pública obtenida mediante una conversión tan extraña.

En relación a los informes del Ministerio de Asuntos Económicos sobre el SAREB, el Gobierno se aferra a los apartados g), h) y j) del artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre (que establece que el derecho de acceso a la información podrá ser limitado cuando suponga un perjuicio para las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control y los intereses económicos y comerciales, así como el secreto [MOU1] profesional y la propiedad intelectual) para amparar su negativa a su exhibición al peticionario.

Sin embargo, en su respuesta el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, no se explica ni se motiva en qué medida se producen esos supuestos de hecho que amparan legalmente las limitaciones a trasladar dicha información solicitada.

Por un lado en su respuesta dice que no se puede aplicar esa Ley de la Transparencia al SAREB y por otro lado alega excepciones y limitaciones de esa Ley de Transparencia al cumplimiento de la misma, lo cual es una verdadera contradicción.

Razones de la Unión Europea para imponer la conversión de la Deuda privada del SAREB en Deuda Pública


Lo que sí he podido averiguar son las razones alegadas por la Unión Europea para justificar la conversión de la deuda privada del SAREB en deuda pública de todos los españoles, según consta en la mencionada carta de la Comisión Europea al Director del INE Español (Instituto Nacional de Estadística) el 16 de febrero de 2021:

1.- El SAREB presentó en el 2012 un plan de negocios que preveía beneficios futuros, pero la realidad es que hasta ahora acumula unas pérdidas de 8.000 millones de euros y muchos más que habrá en el futuro.

Nótese que en aquel año las autoridades españolas informaron a la Unión Europea que el SAREB tendría una rentabilidad prevista del 13%.

2.- Incumplimiento de las normas ESA 2010 que establece que el SAREB debe ser considerado contablemente como una entidad pública.

3.- Porque la Deuda Privada Senior del SAREB estaba garantizada por el Estado Español desde su creación en el 2012.

4.- Porque hasta ese momento el SAREB era una excepción a la consideración unánime en la Unión Europea para este tipo de estructuras financieras de esa naturaleza como entes públicos a los efectos estadísticos y contables.

5.- La participación estatal española en el capital social del SAREB, mediante el FROB, se ha reducido del 2019 de una cifra de 2.000 millones de euros a CERO. Las previsiones son que las pérdidas se comerán la totalidad del capital social y que sólo gracias a una excepción legal esa empresa llamada SAREB no se tiene que disolver en la actualidad (Real Decreto Ley 6/2020, de 10 de Marzo), como haría cualquier otra en su misma situación.

Otro aspecto muy doloroso es la imputación obligatoria de las pérdidas económicas de la Sociedad mercantil SAREB en las cuentas públicas españolas que podrá hacerse, según la Unión Europea, año a año desde el 2012, o de forma abrupta en el 2020, lo cual aumentará el déficit de las cuentas públicas de España de forma ostentosa por la vía de la imputación de la ruina del SAREB a las cuentas del Estado.

Estamos hablando de unos 8.000 millones de euros de pérdidas reales acumuladas hasta el momento desde su creación, frente a lo cual hay que recordar que el Gobierno del 2012 decía que las previsiones de rentabilidad eran de un 13%. Alguien tendría que responder de esto.

Un terrible y mal augurio que anticipé en el 2012 se hace realidad. La nacionalización del SAREB

Ya avisé en prensa nacional escrita el 2012, hace 10 años, que esto del SAREB o también llamado “Banco Malo” era una muy mala solución económica para el Conjunto de la Sociedad.

En resumen, nos endosan a los españoles un total de 36.000 millones de euros que corresponden a la ruina del sistema bancaria español del 2012 mediante un incremento de la deuda pública del 3% de la misma en términos absolutos.

Deuda que pasa del 117% al 120%.

Incrementan además nuestro déficit fiscal en una cantidad aproximada a 8.000 millones de euros, que son las pérdidas acumuladas hasta ahora desde su creación en el 2012 por el SAREB.

Y desde ahora hasta su liquidación (prevista en el 2027, pero muy probablemente se prolongará la vida de esta Sociedad mercantil), todas las pérdidas del SAREB a futuro (que estimo en más de 12.000 millones de euros) incrementarán la partida del déficit fiscal de España, pero no tenemos derecho a conocer el alcance y la categoría del seguimiento que hizo el Ministerio competente con sus informes correspondientes a esta cuestión.

Ni tampoco tenemos derecho a ser informados sobre los nuevos acreedores para el Estado Español que ha supuesto su conversión de deuda privada en pública.

Considero que nos encontramos ante otro agujero negro económico y jurídico consistente en repartir entre todos los españoles una deuda bancaria tóxica que debería haber asumido desde el principio el propio sistema financiero español causante de la misma, ruina económica que ahora el Gobierno actual pretende ocultar.

Impidiendo, con ello, el acceso a información vital que explicaría la verdadera magnitud de una cifra estremecedora como son 35.000 millones de euros en concepto de adicional Deuda Pública.

Y unas pérdidas del SAREB actuales de 8.000 millones y otras futuras de unos 12.000 millones, cifras astronómicas que en cualquier país de la Unión Europea provocaría un terremoto político pero que en España incomprensiblemente no lo hace, ni en la opinión pública ni en el Congreso de los Diputados.

Otras Columnas por Guillermo Rocafort:
Últimas Firmas
  • Opinión | CDL: El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (V)
    Opinión | CDL: El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (V)
  • Opinión | Entidades especializadas en las ejecuciones civiles: la eficiencia de exportar un modelo de éxito
    Opinión | Entidades especializadas en las ejecuciones civiles: la eficiencia de exportar un modelo de éxito
  • Opinión | Un abogado civil en la corte militar: el caso de Cerro Muriano
    Opinión | Un abogado civil en la corte militar: el caso de Cerro Muriano
  • Opinión | ¿La Justicia es una lotería?
    Opinión | ¿La Justicia es una lotería?
  • Opinión | El reconocimiento «utilitarista» del delito durante el cumplimiento de la condena
    Opinión | El reconocimiento «utilitarista» del delito durante el cumplimiento de la condena