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Las recusaciones fueron planteadas por líderes independentistas ante las nuevas incorporaciones al tribunal de garantías tras el el pacto entre PSOE y PP para desbloquear parte de las instituciones. Foto: Confilegal.

El Constitucional confirma el rechazo a las recusaciones de los magistrados Arnaldo y Espejel

Sostiene que las recusaciones se formulan de forma genérica, mediante escritos idénticos, sin argumentar la vinculación de las causas de recusación invocadas

25 / 01 / 2022 16:42

Actualizado el 25 / 01 / 2022 16:42

El Pleno jurisdiccional del Tribunal Constitucional celebrado hoy ha acordado desestimar por unanimidad los diez recursos de súplica y las solicitudes de aclaración interpuestas contra el auto del pasado 15 de diciembre por el que se inadmitió de plano las recusaciones formuladas contra los magistrados Concepción Espejel y Enrique Arnaldo.

En concreto, los diez recursos de súplica y las solicitudes de aclaración fueron planteados por los expresidentes de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y Quim Torra y los exconsejeros Clara Ponsatí, Antoni Comín, Lluís Puig, Joaquím Forn, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa.

En los recursos de súplica alegaban vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que resultaría, a su juicio, del carácter genérico del auto recurrido, de la inadmisión ‘a limine’ de las recusaciones, y de la omisión de pronunciarse sobre las invocadas causas de recusación.

Asimismo, invocaban la vulneración del derecho a un tribunal independiente e imparcial, por la participación en la decisión sobre la recusación de los magistrados abstenidos y de los recusados.

En el auto con fecha de hoy, el Pleno confirma la extemporaneidad de cuatro de las recusaciones presentadas, al considerar que al encontrarse los recursos de amparo avocados al Pleno, y atendida la naturaleza de los motivos aducidos, el día de inicio del cómputo del plazo es la fecha de publicación en el BOE del nombramiento de los magistrados recusados -coincidente con la toma de posesión-, momento en el que se conoce la composición del TC.

El tribunal recuerda que «la necesaria pluralidad de perspectivas jurídicas que confluyen en sus deliberaciones y decisiones, en estrecha correspondencia con el pluralismo político, se convierte en una seña de su propia identidad, y no en un condicionamiento negativo que afecte a su imparcialidad».

Asimismo, reitera que el carácter insustituible de los magistrados que conforman el Constitucional debe llevar a que su composición debe preservarse frente a los intentos de paralizar el funcionamiento de la jurisdicción constitucional.

Considera que las recusaciones se formulan de forma genérica, mediante escritos idénticos, sin argumentar la vinculación de las causas de recusación invocadas con el objeto del proceso, y sin que estas tengan encaje en esas causas.

Por último, frente a la insistencia de los recurrentes en que concurren las causas de recusación invocadas, el auto remite a las razones expuestas en el ATC 107/2021, al no quedar desvirtuadas por los argumentos contenidos en los recursos de súplica.

Las recusaciones fueron planteadas por líderes independentistas ante las nuevas incorporaciones al tribunal de garantías tras el el pacto entre PSOE y PP para desbloquear parte de las instituciones.

Junto a Espejel y Arnaldo, a finales de noviembre también tomaron posesión como nuevos magistrados del TC Inmaculada Montalbán y Juan Ramón Sáez Valcárcel.

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