

En el naufragio perdieron la vida 9 tripulantes, 12 permanecen desaparecidos y hay tres supervivientes. Foto: Carlos Berbell/Confilegal
La AN envía al juzgado de Marín (Pontevedra) la investigación sobre el naufragio del buque Villa de Pitanxo
Se inhibe a favor del Juzgado de Marín, la localidad donde radica el puerto base del buque, porque considera que la competencia es del juzgado territorial
|
06/4/2022 12:22
|
Actualizado: 06/4/2022 12:42
|
El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Ismael Moreno Chamarro ha acordado enviar al Juzgado de Instrucción Marín (Pontevedra) la investigación sobre el naufragio del buque pesquero Villa de Pitanxo en aguas internacionales próximas a la Isla de Terranova (Canadá) el pasado 15 de febrero, que produjo el fallecimiento de 9 marineros y la desaparición de otros 12 miembros de la tripulación, pudiendo ser rescatadas con vida tres, entre las que se encuentra el capitán.
En línea con la Fiscalía, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la AN se inhibe a favor del Juzgado de Marín porque es la localidad donde radica el puerto base del buque y considera que la competencia es del juzgado territorial.
En su auto, dictado el 4 de abril, el magistrado cita doctrina del Tribunal Supremo -auto del 1 de marzo de 2001 (recurso 4260/1999)- y los tratados internacionales que reconocen la soberanía y el ejercicio de la jurisdicción penal al Estado del pabellón del buque con una extensión extraterritorial de la soberanía, con el fin de evitar lagunas competenciales en alta mar.
Cita el artículo 27 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, hecho en Montego Bay en diciembre de 1982, sobre la jurisdicción penal de los Estados ribereños a bordo de un buque extranjero que pase por el mar territorial; el 92, sobre la sumisión al Estado del pabellón del buque mientras éste se encuentre en alta mar; y el 97, sobre jurisdicción penal en caso de incidente de navegación ocurrido a un buque en la alta mar que implique una responsabilidad penal a disciplinaria para el capitán o para cualquier otra persona al servicio del buque.
Y concluye que conforme a los criterios señalados en el artículo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y a lo razonado en el citado auto del Tribunal Supremo, corresponde la competencia al Juzgado de Instrucción de Marín.
INDICIOS DE 21 DELITOS DE HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA GRAVE
De un análisis somero de los hechos, y «sin perjuicio de lo que resulte» tras la instrucción que corresponde al Juzgado de Marín, el juez induce, además, que «se concitan elementos indiciarios» que permitirían imputar «al menos 21 delitos de homicidio por imprudencia grave y contra los derechos de los trabajadores».
Fue el pasado 7 de marzo cuando el magistrado dio traslado al Ministerio Público para que informase sobre si debía iniciar o no las pesquisas dirigidas a determinar si hubo una responsabilidad penal en el naufragio. La Fiscalía informó hace unas semanas en contra de que asumiera la investigación.
Contra este auto cabe recurso de reforma o bien de apelación directamente.
La causa se abrió a raíz de la denuncia presentada por la Dirección General de la Guardia Civil de la Comandancia de Pontevedra, tras tomar declaración a los tres supervivientes. Uno de ellos efectuó una declaración distinta a la que prestó anteriormente sobre la forma en que se produjo el hundimiento del pesquero y cómo fueron falleciendo por hipotermia cada uno de los tripulantes.
El naufragio de este pesquero, de 50 metros de eslora, se produjo a unos 450 kilómetros al Este Sureste de Terranova. De sus 24 tripulantes (16 españoles, cinco peruanos y tres ghaneses), tres fueron rescatados con vida -Juan Padín, su sobrino Eduardo Rial Padín y el marinero de origen ghanés Samuel Kwesi- y se recuperaron los cadáveres de otros 9 marineros: Rogelio Franco, Miguel Lumbres, Diego Andrés Moré, Daniel Fernando Moré, William Arévalo Pérez, Ricardo Alfonso Cruz Flores, José Antonio Cordero, Fernando Santomé y Apaanah Pelungo Zure.
Noticias Relacionadas: