«La regulación de la ‘rebus’ es la gran asignatura pendiente de este Parlamento», según Francisco Javier Orduña
Sobre estas líneas, Francisco Javier Orduña, exmagistrado del Tribunal Supremo, quien pronunciará la conferencia inaugural titulada "La cláusula 'rebus' y el principio de los contratos. Los elementos impulsores de la 'rebus'".

«La regulación de la ‘rebus’ es la gran asignatura pendiente de este Parlamento», según Francisco Javier Orduña

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07/4/2022 20:01
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Actualizado: 08/4/2022 11:17
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«¿Qué tiene que pasar para que el Parlamento, de una vez por todas, regule la ‘rebus sic stantibus’? Hemos pasado por una pandemia, por un volcán y ahora por una guerra en la otra parte de Europa que afecta de forma directa a nuestra economía. ¿Quizá estamos esperando a que nos invadan los marcianos? España es, hoy por hoy, una isla jurídica. La regulación de la ‘rebus’ es la gran asignatura pendiente de este Parlamento».

De esta forma tan contundente se pronuncia el profesor Francisco Javier Orduña Moreno, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia, exmagistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, quien inaugurará mañana, con una lección magistral el I Congreso sobre la Cláusula Rebus en el Teatro Circo de Marte de La Palma, el primer evento de esta clase que se celebra en España.

Dura un día. Comienza a las 9.30 horas –hora canaria– y se prolongará hasta las 20 horas.

Lo organizan, de forma conjunta, el Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma y el Colegio de la Abogacía de Barcelona, a través del Instituto de Investigación e Innovación Jurídica I+Dret, con sus respectivos decanos, Juan Antonio Rodríguez y Jesús Sánchez, y sus Juntas de Gobierno a la cabeza.

OBJETIVOS DEL CONGRESO

Este Congreso tiene dos objetivos. Primero, es una muestra de solidaridad, admiración y apoyo hacia los habitantes de «La Isla Bonita», que han sufrido la erupción del volcán Cumbre Vieja durante casi tres meses; y segundo, abordar la urgente necesidad de regular legislativamente la cláusula «rebus sic stantibus», porque su introducción en el ordenamiento jurídico contribuiría a dar solución a muchos problemas de la ciudadanía. En especial los relacionados con el alquiler de locales cerrados por el confinamiento o bien derivados por la erupción del mencionado volcán.

La “rebus sic stantibus”, que se traduce por “manteniéndose así las cosas”, es una de las cláusulas más conocidas de la historia del derecho en Europa.

Introduce una significativa corrección a otro principio igualmente histórico, el de “pacta sunt servanda” (los pactos deben cumplirse), porque afirma que cuando, de manera sobrevenida, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó el contrato, las partes pueden renegociarlo y adaptarlo a la nueva situación.

La conferencia de Orduña se titula «La cláusula ‘rebus’ y el principio de los contratos. Los elementos impulsores de la ‘rebus'».

De acuerdo con Orduña, «la ‘rebus’ es una mutualización del impacto de la crisis que afecta a las dos partes del contrato. Se hace no en beneficio de una sola de las partes sino del interés general de mantener la relación contractual, los empleos y las empresas».

Y añade, en conversación telefónica desde La Palma, “aferrarse al viejo dogma del ‘pacta sunt servanda’ es tanto una impostura como una necedad. No se puede aparentar que nada ha cambiado, dada la nueva realidad social y lo que ello implica”, añade.

Cartel del primer Congreso Rebus que se celebra en Santa Cruz de la Palma.

DOS SENTENCIAS QUE SON REFERENTE

Orduña fue el autor de las dos sentencias que supusieron la actualización de este concepto dentro de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la 2823/2014 de 30 de junio, la 5090/2014 de 15 de octubre y la 1698/2015 de 24 de febrero.

El catedrático recuerda que el Gobierno y las fuerzas políticas de esta legislatura están dominados por el cambio de circunstancias.

«Es urgente y necesaria una regulación de la cláusula ‘rebus’ para beneficio de la sociedad. El Gobierno ha venido tomando medidas por el cambio de las circunstancias. Es una evidencia. Ha sido una aplicación constante de la ‘rebus’, porque es lo que es. No permitir que las empresas puedan actuar de la misma manera es una contradicción», subraya el catedrático.

De esto se va a debatir en este I Congreso sobre la Cláusula Rebus. Los contenidos se han estructurado en 5 mesas de reflexión y debate que servirán para analizar:

• La futura regulación de la ‘rebus (en el ámbito procesal, equilibrio contractual, etc.) y el derecho de propiedad, con especial hincapié en la seguridad jurídica.

• Los problemas derivados del cambio de circunstancias: la erupción del volcán de La Palma. Análsisi de nuevos retos y planteamientos jurídicos.

• Aspectos procesales de la ‘rebus’ en el ámbito jurisdiccional. Arbitraje y métodos alternativos de resolución de conflictos.

• Economía y empresa.

• ¿Hacia una regulación de la cláusula ‘rebus’?

En el Congreso participan más de 25 ponentes –desde catedráticos de derecho procesal, registradores, notarios, jueces, abogados, economistas, profesores de derecho civil.

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