AEAFA: ‘El Gobierno discrimina a las familias frente a las empresas al dejarlas sin Justicia especializada’
La presidenta de esta asociación, María Dolores Lozano, pide a los grupos parlamentarios que formulen enmiendas con la finalidad de que la Sección de Familia se cree en los mismos términos que la Sección de lo Mercantil, evitando la discriminación.

AEAFA: ‘El Gobierno discrimina a las familias frente a las empresas al dejarlas sin Justicia especializada’

Destaca que el Anteproyecto de Eficiencia Organizativa "vulnera" e "incumple" el mandato de la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia donde contemplaba “la especialización en Infancia, Familia y Capacidad”
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13/4/2022 09:10
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Actualizado: 13/4/2022 09:10
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La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) denuncia que el Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia aprobado ayer por el Consejo de Ministros «discrimina a las familias frente a las empresas al dejarlas sin Justicia especializada». Las empresas sí dispondrán de tribunales específicos integrados por personal especializado. 

“Una vez más, asistimos atónitos a la desidia del legislador, a la infravaloración de las necesidades de la familia en crisis y al mantenimiento de una situación insostenible para el adecuado ejercicio del servicio público de administrar Justicia”, critica la presidenta de AEAFA, María Dolores Lozano.

La nueva norma prevé para las empresas en crisis la creación automática de una sección de lo Mercantil con jurisdicción en toda la provincia y con sede en la capital. «Por el contrario, las crisis familiares -divorcios, custodias de hijos, discapacidad, herencias, etc..- no recibirán ese mismo trato pese a las reclamaciones históricas de la mayoría de abogados, magistrados y fiscales, serán atendidas en tribunales de instancia generalistas», señala esta asociación.

Y destaca que el anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa de la Justicia «deja al albur de las circunstancias la creación de juzgados de Familia», puesto que dependerá de “cuando se estime conveniente” y en función de la “carga de trabajo existente en ese tribunal”. «No se crean con carácter general, ni tampoco en los mismos términos que las secciones mercantiles y tampoco se exige a sus integrantes una especialización integral y vertical», lamenta.

Para la AEAFA, este anteproyecto supone una «vulneración» e «incumplimiento» de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que contempla en su disposición final vigésima que el Gobierno “dispondrá las modificaciones necesarias para garantizar la especialización dentro del orden jurisdiccional civil en Infancia, Familia y Capacidad”.

En opinión de la AEAFA, esta decisión supone «un perjuicio claro para los ciudadanos». “Por ejemplo, en el caso de la custodia compartida de los hijos, hay juzgados de Primera Instancia y juzgados Mixtos -atienden asuntos penales y civiles- que desoyen la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo y se muestran más reacios a su concesión”, argumenta la presidenta de AEAFA. 

En cuanto a los retrasos en el sistema judicial, afirma que la situación también empeora cuando las crisis familiares recaen en estos tribunales generalistas. “Los asuntos civiles en los juzgados mixtos están supeditados a la agenda penal. Si hay un vista de custodia, pero de repente entra una causa con preso, pasa a segundo plano, se suspende y se pospone la fecha del juicio de familia”, apunta Lozano. 

La AEAFA subraya que «la falta de secciones de familia especializadas provoca un agravio territorial, respuestas jurisdiccionales dispares, inseguridad jurídica y demoras en la tramitación de los procesos, que en muchas ocasiones potencian las situaciones de violencia de género y filioparental”.

Indica que según los datos del Consejo General del Poder Judicial, «España solo dispone de 128 juzgados de Primera Instancia especializados en asuntos de Familia repartidos entre los grandes núcleos de población, lo que deja a más de la mitad de las personas, cerca del 53%, sin acceso a este tipo de servicio público cualificado para resolver cuestiones tan delicadas como el divorcio, la custodia de los hijos, la herencia o la protección de personas con discapacidad». 

«Fuera de este servicio público se quedan los ciudadanos de ciudades como Cádiz, Ibiza, Menorca, Ávila, Toledo, Manresa, Segovia, Cáceres, Lugo y miles de localidades más», precisa.

ENMIENDAS QUE IMPULSEN LA CREACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE FAMILIA

Esta asociación reclama a todos los grupos parlamentarios que formulen enmiendas para que la Sección de Familia «se cree en los mismos términos que la Sección de lo Mercantil, evitando la discriminación».

En junio de 2020 también se reunió con los grupos parlamentarios para impulsar la creación de la jurisdicción de Familia que atienda “a 600.000 menores afectados por las crisis familiares”, debido a que en el Proyecto de Ley de Infancia se suprimieron los párrafos de la redacción inicial en los que se preveía. La AEAFA luchó para que se llevaran a cabo las modificaciones necesarias durante la tramitación parlamentaria de esta Ley.

La AEAFA lleva desde hace más dos décadas reivindicando la creación de la Jurisdicción de Familia, Infancia y Capacidad independiente de la jurisdicción Civil, labor en la que ha sumado «el respaldo de un amplio sector de la ciudadanía y de colectivos profesionales como psicólogos, trabajadores sociales y sanitarios vinculados con Familia, Infancia y Capacidad».

Asegura que «la creación de una jurisdicción de Infancia, Familia y Capacidad, propia e independiente es necesaria para garantizar la atención adecuada, eficaz e igualitaria a muchas situaciones en las que se ven afectados los derechos fundamentales de carácter personal de un gran sector de la población».

La AEAFA destaca que «estas materias, junto con las relativas a la capacidad de las personas, se rigen por principios especiales, distintos a los de la generalidad de la jurisdicción Civil».

“Este anteproyecto no soluciona la actual situación que se produce en los procesos de familia: El agravio territorial comparativo, respuestas jurisdiccionales dispares, inseguridad jurídica y dilación en la tramitación de los procesos. Estas demoras son en muchas ocasiones potenciadoras de situaciones de violencia de género, doméstica y filio parental. Además, el apoyo a las personas mayores en el ejercicio de su capacidad jurídica y de obrar es claramente deficiente en los juzgados no especializados”, expone María Dolores Lozano.

«La complejidad de los efectos personales y patrimoniales derivados de las crisis familiares no es discutible. Tampoco lo es que su abordaje debe realizarse desde la especialización de todos los operadores jurídicos, y en especial, mediante la creación de la especialización dentro del orden jurisdiccional Civil de juzgados de infancia-familia y capacidad, como en la especialidad en mercantil”, concluye la presidenta de la AEAFA.

Esta asociación también defiende la obligación de contar con abogados especializados en vías alternativas a la judicial. «Para negociar, conciliar y alcanzar acuerdos adecuados y perdurables en el tiempo para ambas partes, debe intervenir la abogacía especializada”, sostiene.

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