La Justicia inadmite la denuncia de Presencia contra Joaquín Gadea, Emilio Miró, Dolores Delgado y Zapatero
El presidente de Acodap, Fernando Presencia, había asegurado en sus redes que esta denuncia iba para adelante. La realidad ha sido la contraria.

La Justicia inadmite la denuncia de Presencia contra Joaquín Gadea, Emilio Miró, Dolores Delgado y Zapatero

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14/7/2022 14:41
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Actualizado: 14/7/2022 22:43
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El magistrado juez del Juzgado de Instrucción 1 de Madrid, Pedro López Jiménez, ha inadmitido hoy la denuncia que interpuso el presidente de Acodap, Fernando Presencia, contra el magistrado y el fiscal de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea Francés y Emilio Miró Rodríguez, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, el expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, la directora de Comunicación de Defensa, Yolanda Rodríguez y el letrado judicial del Juzgado de Gadea.

«NO HA LUGAR a la admisión a la admisión a trámite de la denuncia, que la Asociación contra la corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP) y D. Fernando Presencia Crespo han interpuesto contra Doña Dolores Delgado García y cuatro más«, concluye el magistrado en su auto, al que ha tenido acceso Confilegal.

En ninguno de los casos aprecia materia criminal, como pretendía Presencia, quien atribuía al magistrado y al fiscal supuestos delitos de prevaricación, al expresidente del Gobierno y a la fiscal general del estado presuntos delitos de fraude, evasión y blanqueo de capitales, y a las dos personas restantes de urdir una campaña de desprestigio contra él.

Presencia no ha aportado «prueba documental alguna, siquiera para indiciariamente acredicar la veracidad de los hechos denunciados»

De la lectura del auto se concluye que no hay nada de nada.

El magistrado explica en su auto de inadmisión que, por lo que respecta al magistrado Gadea, juez de refuerzo en el Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, y al fiscal Miró, ha actuado conforme a derecho.

«La actuación que se les imputa entra dentro de sus respectivas facultades jurisdiccionales, dentro de las que uno emitió un informe [el fiscal Miró] y otro un auto [el juez de instrucción Gadea], donde el cambio de criterio no puede, sin más, la existencia de una actuación delictiva», dice el magistrado instructor.

PRESENCIA DENUNCIÓ POR SEGUNDA VEZ LOS MISMOS HECHOS, INADMITIDOS PREVIAMENTE POR FALTA DE BASE

Sobre las supuestas transferencias que Presencia afirma que Rodríguez Zapatero hizo a la fiscal general del Estado a una cuenta de Panamá, el juez López Jiménez señala que son los mismos hechos que el exmagistrado denunció ante el Juzgado Central de Instrucción 6 en abril pasado.

Una denuncia que fue inadmitida.

Y no solo eso. El magistrado Gadea Francés entonces remitió su contenido a los Juzgados de Talavera de la Reina, Toledo, por considerar que estaba basada en documentación falsa. 

Allí el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 ya ha abierto una causa contra Presencia.

La Fiscalía de Madrid, por su parte, en su informe sobre esta denuncia ante el Juzgado de Instrucción 1 solicitó al juez del caso que se inadmitiera.

En su escrito el Ministerio Fiscal ha calificado la denuncia de Presencia como «desordenada y confusa» y carente de «suficiente fundamento».

Además de recordar que eran los mismos hechos denunciados ante la Audiencia Nacional y que habían dado lugar a una investigación abierta en Talavera de la Reina contra el exjuez.

El magistrado López Jiménez subraya precisamente esto: «existe un pronunciamiento judicial previo sobre los mismos hechos, puede existir cosa juzgada».

Y subraya que Presencia «no ha aportado prueba documental alguna, siquiera para indiciariamente acredicar la veracidad de los hechos denunciados».

En su escrito el Ministerio Fiscal ha calificado la denuncia de Presencia como «desordenada y confusa» y carente de «suficiente fundamento»

De lo mismo se puede decir sobre la directora de Comunicación del Ministerio de Defensa, Yolanda Rodríguez, a la que Presencia acusaba, lo mismo que al letrado judicial del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, de filtrar información para iniciar una campaña de desprestigio contra su persona sirviéndose de una supuesta «filtración» del funcionario.

Al magistrado instructor no le cabe la menor duda de que «no hay la más leve justificación».

Son «simples afirmaciones», dice en el auto el magistrado.

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