El Reglamento MiCa obligará a las empresas de criptoactivos a notificar operaciones de M&A por su relevancia al regulador
El MiCa es el campo de juego que se está construyendo en la Unión Europea para que las criptomonedas puedan rodar con garantía.

El Reglamento MiCa obligará a las empresas de criptoactivos a notificar operaciones de M&A por su relevancia al regulador

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07/9/2022 06:51
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Actualizado: 07/9/2022 09:58
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En la cuenta atrás para la aprobación del Reglamento MiCa, que creará un marco regulatorio que armonice la legislación en todos los Estados miembros de la Unión Europea, abordando las garantías que deben cumplir las empresas que presten servicios relacionados con criptoactivos en vertientes de diversa índole, aún hay muchas dudas sobre el texto final.

Lo que ya se trasluce es que el Reglamento MiCa europeo  será muy exigente a nivel de cumplimiento para las empresas. Junto con la solicitud para operar será necesario reportar al regulador, por su importancia, en algunos casos concretos, las operaciones de M&A, de fusiones y adquisiciones.

En un webinario organizado por ASUFIN, moderado por Gloria Hernández, socia de finReg 360 y que contó con las intervenciones de Francisco del Olmo, subdirector de Fintech y Ciberseguridad de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Cristina Carrascosa, socia directora de la boutique legal ATH 21 y Alfredo Muñoz, profesor de derecho mercantil de la UCM abordaron la problemática de un texto normativo que dejará fuera muchas cosas.

MiCa “conlleva un nivel de protección bastante relevante al inversor. Introduce medidas de transparencia y de información que son importantes. Establece reglas de juego y canales de reclamación. Que se puedan llevar a cabo denuncias en caso de que algo no funcione ofrece una protección al inversor relevante”, según Francisco del Olmo

En su intervención el directivo de la CNMV comentó que hubiera sido mejor haber avanzado en el texto de consenso que se tuvo en junio del 2021 y avanzar en él “para luego tener un MiCa dos más adelante. De hecho cada vez más hay un paralelismo entre la normativa MIFID bancaria y esta que se avecina para criptomonedas”-

Este experto se pregunta porque esperar dieciocho meses para que entre en vigor “quizás algo menos para los stablecoins. La respuesta es que cuando se apruebe habrá que implementar un desarrollo de segundo nivel muy importante. Nos toca trabajar a los reguladores de forma notable. Habrá que abordar todo lo que MICA deja pendiente que es bastante”.

Otra cuestión que destacó es que MiCa “conlleva un nivel de protección bastante relevante al inversor. Introduce medidas de transparencia y de información que son importantes. Establece reglas de juego y canales de reclamación. Que se puedan llevar a cabo denuncias en caso de que algo no funcione ofrece una protección al inversor relevante”.

¿Qué falta por regular tras MiCa?

En cuanto a lo que falta, por regular de MiCa, los expertos aventuran que hay muchas cosas por regular. Para el directivo de la CNMV “falta muchas cosas que entrarán con posterioridad. El tema de las organizaciones descentralizadas o DAOS y el de los NFT se dejará para adelante, igual con las finanzas descentralizadas y los nuevos retos que surgen del metaverso”-

En cuanto al calendario de aprobación, Del Olmo cree que “es más lógico que se apruebe en el primer trimestre del 2023, porque hay que reconocer que no hay un texto cerrado. Confiemos que durante la presidencia sueca se apruebe y no nos toque a nosotros”.

Por su parte, Carrascosa, una de las abogadas pioneras en el mundo cripto en nuestro pais, apunto que  “todo va muy deprisa, habrá que regular muchas cuestiones cuando MiCa entre en vigor”.

 Esta experta recordó que forma parte de un grupo de asociaciones nacionales de cripto que sugieren por los canales oficiales una regulación más ágil de las finanzas descentralizadas DEFI y de los NFT en un futuro  MiCa 2 que la que espera del actual documento.

Estas cuestiones fueron también criticadas por Alfredo Muñoz, profesor de derecho mercantil en la UCM y experto en criptos, “ni siquiera conocemos el texto que está circulando”.

Y contrapuso el ejemplo de Estados Unidos: “Allí sale una instrucción presidencial y rápidamente todos se ponen a trabajar la regulación de segundo nivel. Aquí tenemos que ponernos de acuerdo 27 países”. Pero confía en que “la enorme carga de innovación” de empresas y emprendedores “para adaptarse” rápidamente a la regulación, llegado el caso.

Al mismo tiempo  Gloria Hernández, recordó  que el Comité de Basilea  quiere plantear antes de finales del 2022 como computa en recursos propios y servicios la exposición a criptoactivos por parte de los bancos.  Con eso tendrán u régimen claro y como moverse.

En este contexto recordó que el Banco Central Europeo (BCE) va a dictar unas directrices para homogeneizar los requisitos de aquellos bancos que quieran realizar actividades sobre criptoactivos. Todavía hay mucho por andar en muchas regulaciones”.

Gloria Hernández, socia de finReg 360Francisco del Olmo, subdirector de Fintech y Ciberseguridad de la CNMV, Cristina Carrascosa, socia directora de la boutique legal ATH 21 y Alfredo Muñoz, profesor de derecho mercantil de la UCM abordaron la problemática de un texto normativo que dejará fuera muchas cosas.

Regulación exhaustiva

En su turno de palabra, Cristina Carrascosa, socia directora de la boutique legal ATH 21, ahondo en el papel de MiCa para regular los prestadores de servicios y los servicios que regula este futuro Reglamento comunitario. Se establecen las normas de juego para operar.

“El papel de MICA supone la necesidad de contar con una solicitud para poder operar y al mismo tiempo al tenerla eso devenga en una serie de obligaciones recurrentes que deben estar al día”.

Sobre la autorización esta jurista comentó que “el nivel de burocracia y de documentación es necesario para presentar la solicitud. Entre otras cuestiones se excluye la opción que una persona física pida una autorización”.

Otros requisitos que se pide tienen que ver con “la solicitud es definir las operaciones de la empresa, también se hace una prueba de conocimientos y honorabilidad del equipo ejecutivo de la empresa, mecanismos de control interno, evaluación de riesgo o descripción de medidas tecnológicas para salvaguardar los activos”.

Uno de los temas que más llama la atención es que “se define un mínimo de capital de la empresa, en función del prestador de servicio para poder solicitar la autorización. En el glosario se indican todos los prestadores de servicio que se incluyen, algunos aun no se conocen. Esos requisitos hay que adjuntar con la solicitud para operar”.

En principio toda esta documentación se presentará ante la autoridad competente en España, luego “algunos de esos elementos se trasladarán a nivel europeo. Lo importante de esta regulación es que establece plazos claros donde se resolverá esa solicitud. Eso demuestra que el regulador ha tenido en cuenta una respuesta a tiempo”.

La importancia del equipo legal

A su juicio toda esta documentación “va a provocar una mayor relación entre los equipos legales y técnicos de las empresas de criptomonedas. Hay cuestiones que ya se pueden ir preparando porque sabemos que nos las van a pedir en MiCa”.

Aprobada la solicitud, Carrascosa cree que llega el momento del “’Compliance’ recurrente, esas obligaciones que habrá que cumplir para mantener esa autorización. Esas obligaciones son distintas, una que llama la atención es la de abuso de mercado, se trata de dotar al mercado de cierta transparencia”.

Otras cuestiones que las empresas deben cumplir tienen que ver con “el detallar las comisiones al cliente que se le cobran. Se trabaja al detalle en las obligaciones. Se pide tener políticas preparadas para la continuidad del negocio por si hay hackeo o por la volatilidad del mercado que puede cuestionar la liquidez de la empresa”.

Respecto a a las operaciones de fusiones y adquisiciones indicó “hay se indica en que caso habrá que consultar o notificar operaciones de M&A porque puede haber movimientos que haya que reportar por su importancia”.

En cuanto al régimen sancionador esta experta señaló que es elevado “se establecen desde una cantidad mínima en euros y un porcentaje de los beneficios lo que elevará la cuantía de las multas.  Habrá que tener cuidado para no ser sancionado”.

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