El Supremo abre causa penal a Puigdemont y a Wagensberg por un delito de terrorismo en caso ‘Tsunami Democràtic’
la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el ‘Procés’ reclamados para ser juzgados en España, según el TJUE.

El TJUE da la razón al juez Llarena frente a Bélgica y abre de nuevo el camino para la entrega de Puigdemont

31 / 01 / 2023 10:03

Actualizado el 31 / 01 / 2023 10:23

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado este martes la razón al magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el ‘procés’ reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.

La sentencia dictada por la Gran Sala del TJUE, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021. Después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconsejero Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.

Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra los encausados por su papel en el ‘procés’, fugados: Puigdemont y los exconsejeros Antoni Comín, Clara Ponsatí y el mencionado Llopis, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.

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