miguel durán
Miguel Durán aborda todo lo importante: la Comisión Electoral independiente, el voto por correo, el presencial y el telemático. Foto: Confilegal.

Miguel Durán presenta 2 proposiciones al ICAM para que las próximas elecciones sean más participativas y transparentes

24 / 02 / 2023 06:51

Actualizado el 24 / 02 / 2023 09:36

El socio director de la firma Durán & Durán Abogados y uno de los siete candidatos que concurrieron a las elecciones a la Junta de Gobierno del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Miguel Durán, ha hecho dos proposiciones a esta institución colegial para que las próximas elecciones que se celebren sean más participativas y más transparentes.

La «percha» o el enganche para dichas proposiciones es la elaboración de los futuros nuevos Estatutos del ICAM, ahora en marcha.

«Son los Estatutos Colegiados nuestra –por así decirlo– Carta Magna y, por tanto, instrumento esencial por el que fundamentalmente habremos regirnos en el futuro», explica en las mismas, a las que ha tenido acceso Confilegal.

Con ese fin, ha planteado que la Comisión Electoral esté formada por 5 personas más otras 5 como suplentes.

«Dichos miembros surgirán del correspondiente y oportuno proceso de insaculación, totalmente aleatoria, efectuado entre todos los miembros del ICAM, ejercientes o no, excluidos aquellos que vayan a formar parte de candidaturas que concurran a las elecciones», explica. Y tendrá que ser presidida por el miembro de los 5 que resulte elegido de entre y por ellos.

«Los miembros así elegidos estarán sujetos al régimen de incompatibilidades razonable, de manera tal que se procurará que ninguno de ellos tenga relación de parentesco o de amistad con cualquier miembro de las candidaturas concurrentes en el proceso electoral de que se trate«, añade, evitando así lo sucedido en el pasado proceso electoral en el que uno de sus componentes tuvo que retirarse porque pertenecía a la misma firma que el componente de una de las candidaturas.

Durán también plantea que dicha ocupación debería ser remunerada.

VOTO POR CORREO

El abogado presta mucha importancia a esta modalidad de voto. Por ello plantea que se facilite al máximo, «estableciendo que el plazo para solicitar la certificación censal espirará nunca antes de los diez días inmediatamente anteriores al día de la votación presencial».

También plantea que no se permita la realización de «actos multitudinarios de campaña tendentes a la captación de votos por correo, sea cual sea el procedimiento que se use para ello», en clara referencia a las fiestas de «Pachá» de las últimas dos elecciones, la de 2017 y esta última de 2022.

«En todo caso, la Comisión Electoral velará para que la emisión del voto por correo respete los principios básicos y generales del voto presencial, esto es, su carácter libre, personalísimo, directo y secreto», subraya.

El ICAM, además, «concertará con el Servicio Público de Correos lo que sea necesario para que la tramitación resulte totalmente gratuita para quienes ejerzan su derecho de sufragio activo mediante este procedimiento.»

VOTO PRESENCIAL

Miguel Durán, para facilitar al máximo la votación, plantea que se pongan mesas electorales en las principales sedes judiciales de Madrid capital, esto es, en el Tribunal Supremo, en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la Audiencia Nacional, en la Audiencia Provincial, en los Juzgados de Plaza de Castilla y en los de la calle poeta Joan Maragall, así como en el resto de centros similares.

Y también en todas y cada una de las sedes judiciales de los 20 partidos judiciales restantes de la Comunidad de Madrid.

VOTO TELEMÁTICO

Por lo que respecta al voto telemático, el socio director de Durán y Durán Abogados aboga por su implantación, «considerándolo a todos los efectos como voto presencial, y preferentemente, se utilizará para ello el mismo soporte identificativo que los miembros de nuestra Institución usan para sus comunicaciones con los órganos de la Administración de Justicia, habilitando también cuanto resulte preciso para que puedan ejercer así su derecho de participación electoral quienes no ostenten la condición de ejercientes».

LOS NUEVOS ESTATUTOS DEBERÍAN SER RATIFICADOS POR REFERÉNDUM

En relación a la elaboración de los nuevos Estatutos del Colegio, Durán propone que «se abra un periodo de propuestas, sugerencias y observaciones entre todos los miembros del ICAM, a fin de que quienes así lo deseen, puedan llevarlas a cabo en un plazo prudencial de no menos de treinta días naturales contados desde el siguiente a la difusión del Borrador».

Las propuestas que consigan un respaldo de, al menos, un 1 % de todos los miembros del ICAM, sin distinción entre ejercientes y no ejercientes, «serán directamente incorporadas al texto definitivo de Estatutos que se someta a la aprobaciÓn de la correspondiente Junta General».

De forma alternativa, si el proceso participativo planteado no pareciera adecuado, propone que «una vez aprobado el Proyecto de Estatutos por la Junta de Gobierno y sometido a la aprobación de la Junta General, sea luego sometido a referéndum de todos los miembros del ICAM y que el mismo sea oportunamente convocado con el máximo de difusión posible«.

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