El hombre ha estado defendido por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, socio director de la firma Ospina Abogados. Foto: EP.

Se archiva el caso de una pareja investigada por circular a 154 km/h en un tramo de 70 al no ser posible identificar quién conducía

El dueño del coche niega los hechos y se los atribuye a su pareja, que a su vez también los ha negado

25 / 03 / 2023 06:48

En esta noticia se habla de:

El Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid ha archivado un caso contra el dueño de un vehículo que fue ‘pillado’ circulando a 154 kilómetros/hora en un tramo limitado a 60 por hora en la M-30, al no haber sido posible identificar al conductor del vehículo infractor.

En este procedimiento se investigaba un delito delito contra la seguridad vial, cometido en marzo de 2022, en el que el dueño del coche niega los hechos y se los atribuye a su pareja, que a su vez también los ha negado.

La única prueba contra ellos era una fotografía captada por un radar fijo a la altura de la Casa de Campo.

El investigado ha estado asistido por el letrado penalista Juan Gonzalo Ospina, socio director de la firma Ospina Abogados.

Ospina defendió que en este caso nos encontramos ante la falta de indicios incriminatorios por falta de atribución del elemento principal de la conducción a uno de los investigados, pudiendo haber incluso conducido el vehículo un tercero. Por ello, «ante la falta de elementos suficientes para determinar la autoría», reclamó el archivo y el sobreseimiento provisional.

Juan Gonzalo Ospina, socio director de Ospina Abogados, con sede en Madrid y servicio en todo el territorio nacional

La Fiscalía también lo solicitó.

Y finalmente, el juez instructor, Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, así lo ha acordado.

En el auto, dictado el pasado 19 de octubre y notificado recientemente, explica que las actuaciones practicadas acreditan que estamos ante un supuesto constitutivo de infracción penal, si bien «no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada, al no haber sido posible identificar el conductor» del vehículo, un Audi S3 Sportback, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

La velocidad captada por el radar fue de 154 km/h, aunque aplicadas las tolerancias que regulan el control metrológico, la velocidad marcada para la infracción era exactamente de 146 km/h.

«Estamos muy contentos con esta resolución judicial. Es una decisión garantista conforme a los principios del Derecho Penal», declara a Confilegal Beatriz Uriarte, socia de Ospina Abogados.

Noticias relacionadas:

El magistrado Delgado advierte: la inteligencia artificial multiplica el delito y desdibuja quién debe responder penalmente

Opinión | ¿Dónde comienza una agresión sexual?

Opinión | Un derecho común para la Hispanidad

Por qué el presidente de Colombia ha elegido al abogado penalista Juan Gonzalo Ospina para la «superembajada» en Europa

Juan Gonzalo Ospina se despide de la abogacía: «Soy culpable de haberla amado»

Opinión | Lindsay Clancy: cuando el derecho penal se asoma al abismo

Lo último en Tribunales

Tribunal Constitucional

Cinco magistrados del TC acusan a la mayoría de «suplantar» al Supremo en la amnistía a la malversación del procés

begoña-gomez-peinado

La Fiscalía pide la absolución de Begoña Gómez y Cristina Álvarez al considerar que no cometieron ningún delito

Sillón de dentista ortodent

Ortodent, condenada por quitar los dientes a un paciente, provocarle infecciones, implantes fallidos y «desaparecer»

Ley de Nietos

El Supremo da 48 horas a las partes antes de decidir sobre el voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ el 29-N

Juan José Vivas

La AN solicita «con urgencia» las llamadas de Vivas a Sánchez tras las versiones contradictorias de Ceuta y La Moncloa