El ‘selfie’ de un mono que desencadenó una batalla legal por derechos de autor en Estados Unidos
Las fotos tomadas por una hembra de macaco terminaron siendo objeto de un particular juicio sobre la posibilidad legal de los animales de ser titulares de derechos.

El ‘selfie’ de un mono que desencadenó una batalla legal por derechos de autor en Estados Unidos

La expansión, en nuestros días, de tecnologías con capacidad para crear contenido de forma autónoma, como la inteligencia artificial, abre nuevos horizontes judiciales y reaviva ciertos debates jurídicos sobre la propiedad intelectual de productos artísticos o culturales realizadas por un ente no-humano.

Por ejemplo: Si una persona le pide a una inteligencia artificial que haga una ilustración, y luego esta persona la comercializa, ¿de quién es la autoría a efectos legales, de la máquina o de la persona?

¿Y si esa entidad no-humana fuese un ser vivo, como un mono?

Esta es la historia del calvario legal que vivió un fotógrafo de vida salvaje con una organización animalista un tanto oportunista y cuyo caso obligó a modificar el reglamento de la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos.

Un ‘selfie’ para la historia

En 2011, el fotógrafo británico David Slater viajó a Indonesia para tomar fotografías del macaco negro crestado, una especie en peligro de extinción.

Durante la sesión fotográfica, decidió dejarles jugar con la cámara. En el proceso, un macaco hembra llegó a hacerse varios ‘selfies’ de forma involuntaria. La mayoría de estas fotografías eran inservibles, pero algunas otras salieron nítidas y Slater las distribuyó bajo el título «autorretrado del mono».

Slater vendió la imagen a la Agencia de noticias Caters, asumiendo que él poseía los derechos de autor. Sin embargo, diversas personas argumentaron que la fotografía era de dominio público, ya que la autora era la simia y no el fotógrafo.

Y al no ser los animales sujetos con capacidad jurídica para ostentar derechos de autor, nadie era el propietario.

El fotógrafo se defendió argumentando que fue él quien se desplazó con su equipo a la zona para tomarles las fotografías y quien tuvo la idea de dejar jugar a los monos con sus aparatos con el fin de experimentar y ver si se saba el resultado que finalmente se produjo, que los monos disparasen la cámara.

Las fotografías fueron cargadas al repositorio multimedia Wikimedia Commons, que contiene imágenes de contenido libre, y quedaron expuestas para que cualquier persona pudiese utilizarlas bajo licencia Creative Commons

Los ‘selfies’ objeto de la disputa.

Lucro cesante y pérdidas por valor de 10.000 libras

Slater exigió a la Fundación Wikimedia que pagara por las fotografías o que las borrara. Ésta rechazó su petición y se inició un caso mediático en el que el fotógrafo denunció el lucro cesante tras la publicación en el famoso repositorio, estimado en 10.000 libras. 

El caso se siguió a través de la BBC y pronto dio el salto a los Estados Unidos, país en el que tenía lugar la disputa legal por los derechos de las imágenes. Diversos abogados y juristas analizaron la ley británica y la estadounidense, con el fin de discernir si éstas amparaban las pretensiones del fotógrafo, algo que sí había ocurrido en el Reino Unido.

Finalmente, y para disipar las dudas, el 22 de diciembre de 2014 la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos aclaró sus prácticas, señalando explícitamente que las obras creadas por entes no-humanos no pueden ser sujetas a derechos de autor, y menciona entre sus ejemplos una «fotografía tomada por un simio».

Slater viajó hasta las islas Célebes, en Indonesia, para fotografiar a los macacos en su entorno natural. Imagen: BBC.

PETA v. Slater, un juicio para reconocer la titularidad de derechos de los animales

Por otro lado, el caso también tuvo una vertiente judicial. La asociación animalista PETA, una importante organización estadounidense, intentó utilizar el caso para sentar un precedente legal de que los animales deberían ser declarados titulares de derechos de autor.

Denunció a Slater y a la editorial que publicó sus fotos. Solicitaron que se le atribuyeran los derechos de autor al mono.

Pero, ya de paso, pidieron que se designara a PETA para administrar las ganancias de las fotos generadas por la macaca para «el beneficio de las especies en peligro de extinción».

Error de identificación en ‘Naruto’, el mono autor del selfie

El juicio, celebrado en San Francisco, alcanzó tintes surrealistas.

PETA, junto con un primatólogo, ejercieron la representación del mono, al que llamaron “Naruto” y definieron como “un macaco negro crestado macho de seis años de edad”.

La defensa de Slater comenzó su alegato con una broma: “Un mono, una organización animalista y un primatólogo entran en un tribunal federal para reclamar un infringimiento de copyright. Lo que parece un chiste, está sucediendo realmente”.

Las defensas argumentaron la imposibilidad de reconocer derechos al animal conforme a las leyes y la Constitución de los Estados Unidos.

Continuando con el espectáculo, el abogado de la editorial fue un paso más allá y planteó incluso que había un error en la identificación del sujeto que ejercía la legitimación activa: El representado de PETA, Naruto, era un macho, pero realmente y de acuerdo con Slater la foto la hizo una hembra de macaco, por lo que era imposible que se tratase de ese animal.

Finalmente el juez William Orrick desestimó la demanda de PETA y dictaminó, de conformidad con la US Copyright Office, que un animal no puede poseer tales derechos conforme a la ley estadounidense.

No obstante, Slater, que ya había conseguido los derechos de copyright en Reino Unido, llegó a un acuerdo con PETA para donar una parte de los ingresos futuros por las fotografías a organizaciones de vida silvestre.

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