Un perro abandonado observa cómo el coche se aleja por la carretera, una escena que la ley de bienestar animal castiga con fuertes multas. Foto: Confilegal.

Abandonar a tu mascota ya puede costarte hasta 50.000 euros: así lo castiga la ley de bienestar animal

10 / 05 / 2026 05:39

La escena es cotidiana. Un perro ladrando en una terraza. Un gato encerrado en casa mientras los dueños están de viaje. Una camada de cachorros anunciada en Wallapop «sin papeles pero sanos». Nadie lo llamaba infracción. Nadie abría un expediente. Nadie pagaba una multa.

Eso era antes.

La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales ha reconfigurado silenciosamente el estatuto jurídico de la tenencia de mascotas en España.

Sin grandes titulares.

Sin ruido en el Congreso.

Pero con una severidad sancionadora que pocas normas de este rango habían alcanzado en décadas: hasta 200.000 euros de multa por determinadas conductas.

Conductas que, hace cuatro años, ni siquiera rozaban el derecho administrativo sancionador.

El cambio es estructural. Y afecta a millones de familias.

Del dueño al garante. Un giro conceptual con consecuencias económicas reales

Los juristas que trabajan en la intersección entre derecho administrativo y veterinario coinciden en un diagnóstico que va más allá de la literalidad de los preceptos.

Lo relevante no es tanto el catálogo de prohibiciones como el cambio de paradigma que subyace.

El propietario ha dejado de ser un poseedor. Es ahora un garante activo del bienestar físico y emocional del animal.

Eso no es retórica legislativa. Tiene efectos jurídicos inmediatos y cuantificables.

Dejar a un perro solo más de 24 horas puede constituir infracción. En el caso de gatos y hurones, el umbral sube hasta las 72 horas.

La Administración ha decidido que el abandono temporal prolongado compromete el bienestar del animal aunque haya comida en el cuenco y agua en el bebedero. No importa. La presencia del propietario —o su ausencia— tiene ahora consecuencia jurídica.

Las sanciones leves van de 500 a 10.000 euros. Ahí caben comportamientos que hasta hace nada eran invisibles para el aparato sancionador: animales sin supervisión, negligencias en cuidados básicos, incumplimientos documentales.

Pero lo verdaderamente grave está en otro tramo.

Microchip, terraza y camada clandestina. El nuevo triángulo sancionador

No identificar a un perro o un gato mediante microchip puede acarrear multas de hasta 50.000 euros.

Lo mismo que mantener de forma habitual a un animal en balcón, terraza, trastero o vehículo. Conductas que durante décadas se practicaron sin que nadie las persiguiera han entrado en el radar inspector de las administraciones públicas.

La cría no autorizada era un negocio informal tolerado. Ya no lo es.

La venta de perros y gatos en establecimientos comerciales ha quedado prácticamente eliminada del modelo legal.

La reproducción queda reservada a criadores autorizados y sujeta a condiciones que el mercado informal no puede cumplir.

La intención del legislador es nítida: asfixiar económicamente la industria clandestina de cachorros, especialmente activa en plataformas digitales donde la demanda es alta y el control administrativo ha sido históricamente inexistente.

Y luego está el abandono.

España lleva años con cifras de abandono animal que avergüenzan en el contexto europeo.

El legislador ha respondido con severidad.

Dejar al animal en la calle, abandonarlo en una carretera, marcharse y dejarlo encerrado sin atención o desentenderse completamente de él aunque luego sea rescatado está sancionado con multas de 10.001 a 50.000 euros. Es una infracción grave.

Si hay maltrato y el animal muere, la sanción entra en la banda más alta, sanción muy grave: entre 50.001 y 200.000 euros. Y puede ser delito penal.

Una ley ambiciosa ante una administración sin recursos para aplicarla igual en todas partes

Aquí emerge la tensión que recorre toda la norma.

Fuentes del ámbito judicial y administrativo reconocen —en privado, casi siempre— que existe una brecha notable entre la ambición del texto legal y la capacidad real de aplicación homogénea en todo el territorio. Y esa brecha no es un detalle técnico. Es una grieta de fondo.

¿Quién acredita que el perro lleva solo más de 24 horas? ¿Cómo se objetiva el sufrimiento emocional del animal? ¿Dónde está la línea entre una negligencia puntual y una conducta sistemáticamente sancionable?

La ley no lo dice. No puede decirlo todo.

El desarrollo reglamentario posterior debe concretar aspectos esenciales que el texto aprobado dejó en suspenso. El más conocido: el curso obligatorio para propietarios de perros. Anunciado, debatido, ridiculizado en redes sociales. Y todavía sin implementación definitiva. La ley entró en vigor. El curso, no.

El efecto real de la norma: el miedo como instrumento de cambio cultural

Lo que sí ha conseguido la ley —incluso antes de desplegar plenamente su aparato sancionador— es alterar la percepción social de determinadas conductas cotidianas.

Propietarios que durante años dejaban al perro en la terraza mientras trabajaban han descubierto que eso puede costar dinero. Mucho dinero. Los que compraban cachorros en mercadillos digitales sin exigir documentación empiezan a entender que también ellos pueden tener responsabilidad administrativa.

Ese efecto no es secundario. Es el objetivo.

El endurecimiento sancionador como palanca de cambio cultural es una técnica jurídica clásica. Se convierte una conducta socialmente tolerada en un riesgo económico significativo. No hace falta imponer la mayoría de las multas. Basta con que la posibilidad sea real y creíble.

El debate político, mientras tanto, sigue abierto. Los defensores de la norma consideran que España necesitaba urgentemente esta actualización. Que las cifras de abandono y maltrato exigían una respuesta jurídica contundente. Sus críticos señalan que determinadas previsiones rozan el intervencionismo excesivo y trasladan cargas difícilmente asumibles para ciudadanos ordinarios.

Ambos tienen parte de razón. Eso es lo que hace interesante la discusión jurídica de fondo.

Pero mientras se discute, la realidad administrativa ya ha cambiado.

Dejar al perro solo demasiado tiempo, criar una camada sin autorización o no llevar el microchip al día han dejado de ser descuidos. Son, potencialmente, el inicio de un expediente sancionador.

Uno que puede terminar con una multa de cinco o seis cifras.

Noticias relacionadas:

El Supremo confirma que los juzgados pueden vetar el acceso de mascotas: ni la Ley de Bienestar Animal ni la Constitución amparan a «Chili»

Faltó al trabajo porque tuvo que sacrificar a su perro, y la despidieron: la empresa alegaba que «podía haberlo hecho al salir»

El Supremo confirma la condena de 15 meses de prisión a un granjero por dejar morir de inanición a 170 ocas

Luis Planas golpea la Ley de Bienestar Animal con su veto a veterinarios y antibióticos

18 meses de cárcel para el dueño de una perra bóxer por abandonarla y dejarla morir de inanición

Podemos critica una decisión judicial que devuelve cinco vacas maltratadas a su dueño: «pueden acabar en el matadero»

Lo último en Divulgación

Carga_de_los_mamelucos_restaurado

2 de mayo de 1808: el Ejército permaneció acuartelado mientras Murat aplastaba Madrid y provocaba la guerra de la Independencia

Apertura

El Cristo de la Buena Muerte: la imagen religiosa que habita en el alma de La Legión y se conmemora cada Semana Santa

Francisco Javier de Burgos

Francisco Javier de Burgos, el hombre que organizó a España en provincias a través de un Real Decreto

Antiguo egipto

Bajo la mirada de los dioses: así impartían justicia los jueces del antiguo Egipto

GAleón de Manila

El Galeón de Manila: la ruta española que hizo realidad la primera globalización durante 250 años