Rafael Catalá, presidente del Centro Español de Mediación: «Hemos convocado el Premio para que se conozca el enorme potencial de la mediación»
El máximo responsable del Centro Español de Mediación cuenta que han puesto en marcha este Premio para contarrestar el déficit de conocimiento sobre esta materia en España. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Rafael Catalá, presidente del Centro Español de Mediación: «Hemos convocado el Premio para que se conozca el enorme potencial de la mediación»

Primera Edición del Premio al Impulso de la Mediación Empresarial
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21/5/2023 06:30
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Actualizado: 11/9/2023 12:07
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Lo tiene muy claro el abogado Rafael Catalá: «La mediación, en un escenario como el que estamos viviendo, tras una pandemia y con la Administración de Justicia inmersa en conflictos laborales, es una manera rápida, ágil y sencilla de resolver una buena parte de los más de dos millones de asuntos civiles y mercantiles que cada año se presentan en los tribunales».

Para ello, es necesario que se conozca lo que es la mediación. «Y será mucho más conocida una vez que se apruebe la ley de eficiencia procesal. Cuando eso suceda, se convertirá en una realidad», añade el presidente del Centro Español de Mediación y exministro de Justicia.

Catalá cree que este es el mejor momento de apretar el acelerador, de contribuir a cambiar el estado de opinión de que hay otra solución distinta a la de los tribunales. Y que es factible y real.

Para ello el Centro que preside ha lanzado la Primera Edición del Premio al Impulso de la Mediación Empresarial, cuyas bases se pueden consultar pinchando sobre ese enlace.

«Lo que buscamos con este premio que cuenta con tres categorías –mejores prácticas; mejor publicación divulgativa y Premio de Honor a la trayectoria profesional– es promover la mediación, su conocimiento, como método de resolución de conflictos en los ámbitos mercantil y civil», explica.

Los estadounidenses a eso le llaman “evangelización”.

En España eso suena un poco como a colegio de curas, pero por ahí va. Uno de nuestros objetivos no es tanto que el Centro Español de Mediación haga muchas mediaciones, que estará muy bien si las hace. Lo que nosotros queremos es fomentar el conocimiento y el uso de la mediación.

Porque el déficit de conocimiento sobre esta materia en España es extraordinario.

¿Cree usted que la futura ley de eficiencia organizativa, ahora en proyecto de ley en el Congreso, será efectiva?

La manera en que el proyecto de ley lo contempla es muy acertado. De hecho, es un asunto sobre el que llevamos trabajando desde 2012, en que aprobamos la ley de mediación.

Desde  entonces ha habido varios proyectos para intentar avanzar en esa dirección: constituir la mediación en un elemento obligado para las partes antes de iniciar una acción procesal.

Que sea necesario intentar la mediación como medio de resolución de conflictos. Ese es el modelo que contempla la ley, el requisito de procesibilidad va a ayudar a que al menos todas las partes conozcan la mediación y tengan una sesión de mediación. Los mediadores harán ver a las partes en conflicto que puede ser muy útil para ellos.

En la mediación existe un factor muy importante: el factor humano. Así como con la justicia uno da por hecho que los jueces son profesionales de carrera y, aunque sean anónimos, cuentan con la confianza de la ciudadanía, en la mediación los mediadores son grandes desconocidos. ¿Cómo conquistar esa confianza?

Yo creo que el factor diferencial de la mediación respecto al jurisdiccional  y al arbitraje es que cuando emerge un conflicto entre dos partes no buscamos a un tercero que nos venga a resolver el conflicto. Ni a un juez ni a un árbitro por mucho que el árbitro haya sido designado por ambas partes.

En el caso de la mediación, es la singularidad que lo cualifica especialmente, es que van a ser las partes en conflicto las que se sientan a dialogar, a negociar y a buscar una solución, asistidos por un mediador.

Con las técnicas y los conocimientos que tienen van a ayudar a que las partes dialoguen. Porque aquí el mediador no propone la solución. La proponen las partes. Eso tiene un valor democrático y cultural de diálogo que es muy importante.

Por lo tanto, el mediador, a diferencia de un juez o un árbitro no tiene que ser un buen jurista. Ni siquiera jurista. Un mediador puede ser un psicólogo, un economista, un ingeniero.

Rafael Catalá
La futura ley de eficiencia procesal, ahora en el Parlamento, marcará un antes y un después para la mediación como método de resolución de conflictos, opina Rafael Catalá. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Volvemos al concepto de hombre bueno de la tradición.

Sí, así es. Su función es hacer que las partes dialoguen entre sí. No le va a decir a uno, si te debe 500, déjalo en 300. No, lo que va a hacer es promover el diálogo. Los mediadores tienen que pasar unos cursos para adquirir una formación específica.

No son cursos de derecho. No estudian leyes. No estudian derecho sustantivo civil. Estudian técnicas de negociación, de diálogo, de análisis de problemas para asesorar a las partes en conflicto.

Este es  uno de los aspectos que me resultan más atractivos de la mediación. Luego tendrán que estar inscritos en un registro de mediadores para ejercer esa función.

«Nosotros estamos trabajando para que en el ámbito mercantil y empresarial entiendan que en los conflictos con un proveedor, con un cliente, casi nadie tiene el ciento por ciento de la razón. En estos casos la mediación puede ser la solución más eficaz»

Sin embargo, los empresarios están más familiarizados con el arbitraje que con la mediación…

Es verdad que en España no hemos implantado esa cultura del diálogo y la mediación. Se opina que la justicia es lenta, que está politizada, criticamos que sus resultados no son predecibles… Somos muy críticos con la justicia.

Y, sin embargo, cada vez que tenemos un conflicto acudimos a la justicia para que un juez nos diga que uno o el otro tiene la razón. Por eso, poco a poco se ha ido abriendo camino el arbitraje. Sobre todo en el ámbito internacional.

Tampoco en España las empresas incorporan las cláusulas de arbitraje en sus contratos. Siguen siendo cláusulas de sometimiento a foro judicial. Ahí diríamos que la mediación es el hermano pequeño.

Si hay muy poco arbitraje en España, todavía hay menos mediación. La hay en el ámbito familiar, en el ámbito laboral, para alguna negociación entre las partes.

Nosotros estamos trabajando para que en el ámbito mercantil y empresarial entiendan que en los conflictos con un proveedor, con un cliente, casi nadie tiene el ciento por ciento de la razón. En estos casos la mediación puede ser la solución más eficaz.

Son conflictos de dificultades económicas. Lo mejor que se puede hacer, como ocurrió con la ley concursal que hicimos en 2003 y las sucesivas reformas, cuando un empresario tiene un problema no es aplicarle la ley sino encontrar un diálogo para resolver un conflicto y que la empresa salga adelante.

Algo parecido a eso buscamos con la mediación.

Cuando hay una disputa, siéntense las partes, con un tercero independiente, y pónganse de acuerdo en una solución que va a ser mucho más rápida, comparada con un juicio, mucho más barata, en términos de costes, y que pueda atender a los intereses de ambas partes sin que uno gane al otro por 5 a cero.

¿Y cómo funciona esto?

Lo ideal sería que en los contratos hubiera una cláusula que dijera que en caso de discrepancia entre las partes se someterán a un proceso de mediación.

¿Cómo se haría?

Hay muchas instituciones que han creado sus propios centros de mediación. Es cierto que hay muy poquitos casos. Lo hacen los colegios de abogados, de notarios, de procuradores, de registradores, de economistas, de psicólogos, es paradójico que en España, donde se hace muy poca mediación, las instituciones han creado sus órganos para llevarla a cabo.

Por la naturaleza de la disputa, a veces podría tener sentido ir a un especialista no solo en la mediación sino también en la materia de que se trate. La realidad es que la mediación aparece como una manera rápida, ágil y sencilla de resolver una buena parte de los más de dos millones de asuntos civiles y mercantiles que cada año presentamos ante los tribunales.

Los asuntos que no sean complejos podrían resolverse en un mes o dos. Si el Parlamento aprueba la ley de eficiencia procesal la mediación será una realidad en nuestro país en un futuro cercano.  

¿Y el coste económico?

Cinco veces inferior al de un proceso judicial en términos de costas, de honorarios de abogados y procuradores.   

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