La AN condena a penas de entre 2 años y medio y 5 años de cárcel y multas de hasta 55 millones a la excúpula de iDental
Hay seis condenados y un acusado absuelto.

La AN condena a penas de entre 2 años y medio y 5 años de cárcel y multas de hasta 55 millones a la excúpula de iDental

Por delito continuado contra la Seguridad Social
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26/5/2023 15:49
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Actualizado: 26/5/2023 16:22
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La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a penas de entre 2 años y medio y cinco años de cárcel, y multas de hasta 55 millones de euros por un delito continuado contra la Seguridad Social, a los cinco propietarios del grupo de clínicas dentales iDental entre 2015 y 2018, y al administrador de la empresa como colaborador necesario.

En concreto, la Sala de lo Penal (Sección Tercera) ha impuesto tres años de prisión y multa de más de 25 millones de euros a los propietarios del grupo iDental entre febrero de 2005 y octubre de 2017 Antonio Javier García Pellicer y Vicente Castañer Blasco, y cinco años de cárcel y multa superior a los 55 millones a los posteriores dueños de la compañía Luis Sans Huecas y los hermanos José María y Juan Garrido López.

El sexto acusado, José Luis González Sánchez ha sido condenado como colaborador necesario de los anteriores a dos años y medio de prisión y multa de más de 36 millones de euros, por el mismo delito contra la Seguridad Social, recogido en los artículos 307, 307 bis y 74 del Código Penal.

Sin embargo, el séptimo acusado, Domingo Bejarano, ha sido absuelto. También se le imputaba un delito continuado contra la Seguridad Social.

El tribunal ha aplicado a los seis condenados la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre la incoación de las diligencias previas, la pieza principal se incoó en julio de 2018, y la de esta sentencia.

En cuanto a la responsabilidad civil, tendrán que indemnizar de forma solidaria a la Seguridad Social con la cantidad dejada de pagar durante su gestión: 8,5 millones de euros en el caso de Pellicer y Castañer y 18.3 millones en el de los otros cuatro condenados, cantidades de las que deben responder de forma subsidiaria las sociedades del Grupo.

La sentencia, dictada hoy, 26 de mayo (13/2023), la firman los magistrados Félix Alfonso Guevara Marcos (presidente), Carolina Rius Alarcó y Ana María Rubio Encinas (ponente).

La resolución todavía no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Nacional.

EMPLEO DE ARTIFICIOS ENGAÑOSOS PARA NO PAGAR A LA SEGURIDAD SOCIAL

El grupo iDental estaba formado entre febrero de 2015 y octubre de 2018 por varias sociedades de responsabilidad limitada relacionadas entre sí que desarrollaban su actividad vinculada a clínicas y talleres dentales. En una primera etapa, de febrero de 2015 a octubre de 2017, era propiedad de Antonio Javier Garcia Pellicer y Vicente Castañer Blasco, a través de entidades mercantiles de cuyas participaciones sociales eran dueños.

En una segunda etapa, de octubre de 2017 a octubre de 2018, era propiedad de Luis Sans Huecas, José Maria Garrido López y Juan Garrido López, a través de entidades mercantiles de cuyas participaciones sociales eran dueños.

Tras la prueba practicada en la vista oral, la AN considera que bajo la gestión de García Pellicer y Castañer Blasco las empresas que conforman el grupo iDental dejaron de pagar las cuotas de la Seguridad social, empleando artificios engañosos para ello, causando un perjuicio a la seguridad de 8.565.486,47 euros.

Según los hechos probados, tras el nombramiento de José Luis González Sánchez como administrador, con la dirección efectiva de Luis Sans Huecas y José María y Juan Garrido López estos impagos y artificios engañosos persistieron, causando un perjuicio a la Seguridad Social de 18.366.530,3 euros incluidos, en ambos casos, intereses costas y recargos.

MANIOBRAS DEFRAUDATORIAS PARA DIFICULTAR LA LABOR RECAUDATORIA

Los magistrados explican en la sentencia, de 265 páginas, que de la prueba analizada se desprende que la actividad desplegada por los acusados García Pellicer y Castañer Blasco acredita los elementos objetivo y subjetivo del delito de fraude a la Seguridad Social.

“Su conducta no consistió en el mero hecho de no pagar, sino que este fin lo consiguieron con una serie de maniobras defraudatorias diseñadas al efecto que dificultaron tanto la labor inspectora como la recaudatoria de la Seguridad Social de modo que, mientras fueron dueños del grupo IDENTAL, la Seguridad Social no pudo cobrar todas las cuotas adeudadas por las entidades del grupo, que a 30.09.2017 ascendía a 8.565.486 € según los certificados de deuda elaborados por la seguridad social”, subrayan.

Igualmente, la AN considera que se trata de un delito de fraude a la Seguridad Social el cometido por Sanz Huecas, José María Garrido y Juan Garrido y cooperador necesario José Luis González Sánchez, en el caso de estos cuatro con el carácter de continuado, como señalan las acusaciones, según contempla el artículo 74.1 del Código Penal.

El tribunal concluye que en este caso, “concurren los elementos de identidad de sujeto activo; los dueños y administradores de hecho y de derecho de las entidades pertenecientes al grupo iDental que dejaban de pagar fraudulentamente las cuotas de la Seguridad Social; una pluralidad de acciones constitutivas de delitos de fraude a la Seguridad Social ejecutadas en proximidad temporal, pues ya cuando adquirieron iDental los tres primeros no tenían intención de pagar la deuda del grupo con la seguridad social que alcanzaba 8.565.486,47 euros, más que lo estrictamente necesario para continuar con la marcha del negocio, y siguieron adelante con el plan defraudatorio preconcebido incrementando esa deuda en menos de un año a más de dieciocho millones de euros”.

Para la AN, la realidad que se ocultaba en éste caso a la Tesorería General de la Seguridad Social es que Luis Sanz Huecas, José María Garrido y Juan Garrido no tenían intención de pagar más que las cuotas estrictamente necesarias para que la empresa siguiera funcionando y seguir obteniendo beneficios de ella mientras la deuda aumentaba.

“Así pues, de todo lo anterior se desprende que los compradores Luis Sans, José María y Juan Garrido sabían, o estaban en posición de saber cuál era la deuda con la Seguridad Social que iDental tenía cuando la compraron y la situación económica exacta de la misma, luego no es causa de justificación para no pagar las deudas de la seguridad social el que la situación económica de la empresa que encontraron después de la compra fuera mucho peor de lo que habían conocido al decidir comprarla”, concluye.

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