El policía Alfredo Perdiguero califica de “vergüenza” su sanción por salir en Sálvame y por un comentario en Twitter: Irá al Supremo
Entre las dos sanciones, que el policía ha calificado de «vergüenza», se le ha impuesto un castigo de 45 días de suspensión de empleo y sueldo.

El policía Alfredo Perdiguero califica de “vergüenza” su sanción por salir en Sálvame y por un comentario en Twitter: Irá al Supremo

31 / 05 / 2023 06:31

El Policía Nacional Alfredo Perdiguero recurrirá ante el Tribunal Supremo su doble sanción impuesta por la Dirección General de la Policía el 26 de octubre de 2020 tras ser confirmada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Los motivos: aparecer en Sálvame y un comentario en Twitter desde su cuenta en el que se identificaba como agente del cuerpo.

Entre las dos sanciones, que él ha calificado de «vergüenza», se le ha impuesto un castigo de 45 días de suspensión de empleo y sueldo.

Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la sentencia 208/2023 de 16 de marzo por los magistrados de la Sala de lo Contencioso Elvira Adoración Rodríguez, Ignacio del Riego, Santiago de Andrés y Manuel Ponte. 

El policía habló en televisión sobre la desaparición de Blanca Fernández Ochoa

Según la sentencia del TSJM, adelantada por elDiario.es, el subinspector Alfredo Perdiguero, representante del Sindicato Independiente de la Policía Española participó el 2 y 3 de noviembre de 2019 como invitado en el programa de televisión Sálvame. En él comentó la desaparición de la esquiadora Blanca Fernández Ochoa. La presentadora del programa, Carlota Corredera, le identificó como subinspector.

Su participación no gustó nada a sus superiores. La Dirección General de la Policía consideró que había cometido una falta grave tipificada en el artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2010 de 20 de mayo del Régimen Disciplinario por no haber solicitado permiso para intervenir en televisión a la oficina de prensa y relaciones informativas. 

En concreto, por «la infracción de deberes y obligaciones legales inherentes al cargo o a la función policial, cuando se produzca de forma grave y manifiesta”. Se le impuso una sanción de 30 días de suspensión de empleo y sueldo.

El Policía Nacional Alfredo Perdiguero en el programa Sálvame en septiembre de 2019.

Sin embargo, Alfredo Perdiguero ha explicado a Confilegal que tales argumentos no son ciertos porque ningún portavoz sindical tiene que pedir permiso para hablar en un medio de comunicación. Asimismo ha relatado que hizo referencia a otras informaciones ya reveladas por otros medios de comunicación y por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 

Respecto a esta sanción, presentó una batería de alegatos en su recurso ante el TSJM, pero ninguno convenció a los magistrados. 

Por ejemplo, manifestó que había una falta de imparcialidad en el órgano instructor, una vulneración del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad sindical o que no se le notificó la suspensión del procedimiento por el estado de alarma, entre otros. Todos desestimados. 

Un tweet de un equipo de balonmano de Navarra

La segunda sanción por la que se le impuso 15 días de suspensión de empleo y sueldo se produjo, según la resolución de la Dirección General de la Policía, por realizar un comentario en Twitter “en el que ponía en duda” que el equipo de balonmano de Navarra Helvetia Anaitasuna gritase “Gora ETA” mostrando “en su perfil la condición de Policía Nacional”.

Consideraron que había cometido una falta grave tipificada en el artículo 10.2 de la citada ley bajo el concepto “la grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones o cuando se cause descrédito notorio a la Institución Policial”.

En palabras a este medio, el subinspector ha manifestado que lo único que dijo en ese tweet fue que era un montaje, “nada más, es de traca”. Por lo que le parece vergonzoso que el TSJM no entrase en el fondo de la cuestión y se base en lo que diga la policía o el Abogado del Estado.

Para consultar el Tweet pinche aquí.

Pidió que el audio se pasara por el programa AVID

En el recurso alegó que “en ningún momento acusó al equipo de balonmano de verter de forma voluntaria la expresión Gora ETA, sino únicamente si era esa la expresión proferida o era fruto de un montaje”. Asimismo añadió que «lo único que hizo fue dar difusión a un vídeo que ya era público y manifiesto”. 

Además, el subinspector ha explicado que solicitó por recomendación de compañeros de la Guardia Civil de la Unidad de delitos telemáticos que se pasase ese audio por el programa AVID para que se transformara en caligrafía y “poder confirmar sin ningún tipo de dudas” el contenido del mensaje, pero tal petición no fue aceptada. 

Los magistrados del TSJM relataron en la sentencia que tal comentario, que provocó la reacción en medios y redes, supuso una grave desconsideración hacia los ciudadanos y una repercusión negativa en el Cuerpo Nacional de Policía a nivel reputacional”. 

Preguntado por si cree que esta sentencia es consecuencia de algún tipo de represalia, ha manifestado que lo único que sabe “es que han cambiado la sede del sindicato de Madrid al País Vasco porque en Madrid ganan muy pocos contenciosos o casi ninguno y por la misma causa, en Vitoria, lo ganamos todo, que se lo hagan mirar”.

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