Juan Antonio Frago, socio director de Frago & Suárez Abogados Penalistas, hace hincapié en que los notarios no pueden admitir esta práctica sin una declaración jurada de titularidad única y exclusiva y finalidad de la diligencia.

Juan Antonio Frago: «Hay notarios que se están jugando una querella o demanda civil por no aplicar reglas de diligencia debida en los volcados electrónicos»

Porque "se están omitiendo los derechos de defensa"

22 / 06 / 2023 06:30

Actualizado el 20 / 03 / 2024 10:29

“Hay notarios que se están jugando una querella o una demanda civil por no aplicar reglas de diligencia debida con las descargas de correos corporativos”. Así lo advierte el letrado y Doctor en Derecho Juan Antonio Frago Amada, socio director de Frago & Suárez Abogados Penalistas, quien, además, es fiscal de delitos económicos en excedencia.

Frago ha lanzado la voz de alarma en sus redes sociales al detectar estas prácticas.

Según explica a Confilegal, con el auge de las investigaciones internas corporativas, se está llevando a las notarías cada vez más todo tipo de terminales -ordenadores, móviles, tablets, etc-, para hacer un volcado.

“Normalmente son aparatos de uso compartido, propiedad de la empresa y de uso habitual del administrador o el empleado”, apunta.

Y subraya que el notario que admite esta práctica sin una declaración jurada de titularidad única y exclusiva y finalidad de la diligencia, “se está saltando la regla general de presencia del interesado, asistencia de abogado, y en su caso un contraperito”. 

Como señala este letrado, este volcado se realiza habitualmente ante el letrado de la Administración de Justicia, ya que cuando se hace esto es para acabar en un procedimiento penal contra ese empleado o administrador.

Frago destaca que ahora, ante esta situación, “el abogado defensor no sólo puede plantear la nulidad de la diligencia, como ya hay sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, sino que podría, además, acabar demandando o querellándose contra el notario con la finalidad de usar dicha condena, penal o civil, para dinamitar la prueba en su contra e, incluso, ser indemnizado”.

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