“Me traéis a los detenidos cagando leches”: Confirmada la sanción por el Supremo de 501 € a juez sustituto por hablar a policías así
La sanción que le impuso la Comisión Disciplinaria al juez sustituto fue por cometer una falta grave de desconsideración prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

“Me traéis a los detenidos cagando leches”: Confirmada la sanción por el Supremo de 501 € a juez sustituto por hablar a policías así

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29/6/2023 00:45
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Actualizado: 03/7/2023 10:40
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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 501 euros a un juez sustituto por las expresiones vertidas contra unos policías nacionales en enero de 2022 como, por ejemplo, “me traéis a los detenidos cagando leches”. 

El sancionado es Antonio Miralles Amorós y cuando ocurrieron los hechos desempeñaba funciones jurisdiccionales en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº3 de Figueres desde el 17 de diciembre de 2021.

La sanción que le impuso la Comisión Disciplinaria fue por cometer una falta grave de desconsideración prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Esta sentencia, que es la 780/2023 de 12 de junio, ha sido dictada por los magistrados Fernando Román García (ponente), Eduardo Espín Templado (presidente), José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzar y Celsa Pico Lorenzo. 

Los hechos

Para conocer bien los hechos hay que tener en cuenta que dicho juzgado comenzó a prestar el servicio de guardia del 28 de diciembre de 2021 hasta el 4 de enero de 2022. 

El modo de actuar era que a primera hora de la mañana, los diferentes cuerpos policiales que actuaban en el partido judicial, se encargasen de comunicar al juzgado el número de detenidos que había junto con una pequeña reseña de ellos. También les decían si iban a pasar a disposición judicial ese mismo día o al día siguiente. 

El día 2 de enero el Cuerpo Nacional de Policía comunicó por correo la previsión de puesta a disposición judicial de dos detenidos a las 13:00 horas.

Pero a las 13:00 horas ni los policías ni los detenidos habían llegado, por lo que desde el juzgado llamaron a los funcionarios para conocer los motivos del retraso y concertar una nueva hora de llegada para organizar el servicio de guardia, una práctica que es habitual. Les dijeron que el vehículo ya había salido. 

El juez sustituto, sobre las 13:30 horas, realizó una primera llamada por su cuenta a la Comisaría de Policía de La Jonquera. Les dijo que daría cuenta a los responsables oportunos si los detenidos no se los presentaban “cagando leches”. 

«Me encargaré de difundir que sois un cuerpo ejemplar»

Sobre las 14:10 horas del mismo día realizó una segunda llamada para manifestarles que “nunca más un detenido pasará a disposición judicial a partir de las 11:00 horas» en su juzgado mientras él esté aquí.

«Me encargaré de difundir que sois un cuerpo ejemplar. No pienso hablar más con ustedes porque es inútil. Vuestra jugada no acaba de funcionar, ¿de acuerdo?”, les dijo.

Los detenidos llegaron al Juzgado de Guardia a las 13:59 horas y el inspector jefe de la Comisaría de la Jonquera se quejó del trato. 

El CGPJ negó que el juez sustituto actuase amparado en la libertad de expresión porque, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, ésta no es absoluta ni prevalece siempre frente a otros, sino que está sometida a límites, tal y como establece el artículo 20 de la Constitución Española. 

Además el CGPJ manifestó que, por su condición, ha de ser “especialmente respetuoso con la función que desempeña en su dimensión pública, tanto por referencia a la suya, juez en funciones de guardia, como por referencia a la que ejercían los destinatarios de las expresiones proferidas telefónicamente y precisamente a razón del superior cargo que sobre ellos ostentaba”.

También tuvieron en cuenta que el juez, obviando la gestión previa que habían realizado los funcionarios de su oficina, llamó personalmente a los policías para meter presión sin mantener “esas mínimas formalidades que requiere el trato con profesionales” y siendo irónico al decir “voy a difundir que sois un cuerpo ejemplar”.

El juez sustituto alegó que estaba garantizando los derechos de los detenidos

En el Supremo el juez sustituto alegó que su actuación estuvo encaminada a garantizar en todo momento el derecho fundamental a la libertad de dos ciudadanos detenidos y que esta cuestión fue obviada en la resolución.

Asimismo mostró su disconformidad con los hechos que se consideraron probados en la resolución y que le resultó sorprendente la acriticidad con la que el órgano sancionador asumió el relato policial sin detallar ni indagar “en ningún momento cuáles fueron esas razones operativas”. 

También argumentó que el uso de una expresión coloquial no era sinónimo de un trato descortés y vulgar. 

Los magistrados del Alto Tribunal han considerado que la sanción es ajustada a Derecho y que no existe ningún tipo de dudas de que su tono y las expresiones empleadas en las llamadas revelan una falta grave de respeto a los miembros de la policía nacional. 

Además han señalado que la sanción no es desproporcionada porque 501 euros es la mínima prevista en las faltas graves del artículo 420.2 de la LOPJ.

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