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La judicialización del caso en la Audiencia Nacional podría devolver a Rubiales a la Presidencia de la RFEF
06/9/2023 18:28
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Actualizado: 06/9/2023 21:47
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Se suele decir que las guerras y los casos judiciales comparten una característica: se sabe siempre como empiezan pero nunca como acaban. Porque pueden ocurrir cosas.
El caso Rubiales cumple con esta máxima. El paso que ha dado la jugadora de la Selección Nacional de Fútbol femenino, Jennifer Hermoso, de 33 años, interponiendo formalmente una denuncia contra el presidente suspendido de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, ante la Fiscalía General del Estado podría tener un efecto contrario a los que están buscando con ahínco su salida definitiva.
Y es que al asumir –cuando lo asuma- el caso alguno de los seis jueces centrales de instrucción de la Audiencia Nacional, entrará en funcionamiento el mecanismo de la prejudicialidad penal.
Lo que implica que los dos procedimientos administrativos abiertos por el Tribunal Administrativo del Deporte, el TAD, contra Rubiales quedan en suspenso, congelados, hasta que el caso vea la luz final, previsiblemente ante el Tribunal Supremo.
Lo mismo tendría que suceder con la decisión de la FIFA, que ha suspendido por 90 días a Rubiales como presidente de la RFEF.
No puede prevalecer el derecho privado internacional sobre el derecho penal nacional español. Eso lo saben muy bien los abogados de la FIFA, que preside Gianni Infantino.
Todo va a depender de un factor muy preciso: ¿A cuál se los seis jueces centrales de instrucción de la Audiencia Nacional le puede caer la querella que los fiscales que dirige Jesús Alonso deben estar preparando en estos momentos, después de recibir la denuncia de Hermoso?
Es de prever que en dicha querella –de libro-, la Fiscalía de la Audiencia Nacional plantee la medida cautelar de suspensión de sus funciones como presidente de la RFEF de Luis Rubiales.
Esa es, precisamente, la madre del cordero. Confieso que he hablado con varios juristas, algunos de ellos con puñetas en las bocamangas y escudos de magistrados en el pecho. Gente que sabe de esto. Mucho.
La mayoría de ellos no lo ven. Por falta de proporcionalidad. Porque no se protege a la víctima privando a Rubiales de sus funciones.
Queda por ver el efecto que puede tener la presión ambiental sobre el responsable de la esta decisión.
Sobre el papel, como suele decir el presidente en funciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, no tendría que suceder.
El juez profesional debe hacer gala de un efecto teflón, que impide que le afecten las críticas de tirios y troyanos. El teflón, como se sabe, es esa capa que poseen las ollas y sartenes que impiden que se adhiera la comida a sus superficies.
De Ronald Reagan, el desaparecido presidente de los Estados Unidos, se solía decir que tenía un efecto teflón a prueba de bombas.
Si el juez central de instrucción competente en el caso toma esa decisión, la de denegar esa medida cautelar de inhabilitación, Luis Rubiales podría recuperar su cargo de presidente de la RFEF (contando con que la FIFA plegue velas, que sería lo esperable).
Sería un giro del relato típico de un “best seller”. Después de ser vilipendiado, maldecido y condenado una y mil veces, Rubiales volvería a la casilla de salida.
LA CLAVE DE TODO
Lo que desde la Audiencia Nacional tendría que probarse es algo muy simple: ¿El beso no consentido a Hermoso fue una agresión sexual?, dado el contexto en que se produjo.
La jurisprudencia del Supremo ha dejado muy claro que el delito tiene que ser un acto de «inequívoco contenido sexual». ¿El pico que le dio Rubiales a Hermoso tuvo un «inequívoco contenido sexual»?
Podría ocurrir, por lo tanto, que la propia Audiencia Nacional absolviera a Rubiales al no contemplar la existencia de delito de agresión sexual, dada la profusión de vídeos de Hermoso en redes sociales haciendo bromas y expresándose en tono de chanza sobre el beso que le dio el presidente suspendido de la RFEF; no es una actitud que encaje en absoluto con una supuesta agresión sexual.
En términos jurídicos se expresa en el artículo 178.1, que dice “Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.
Y en el 178.4: “El órgano sentenciador, razonándolo en la sentencia, y siempre que no medie violencia o intimidación o que la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad o no concurran las circunstancias del artículo 180, podrá imponer la pena de prisión en su mitad inferior o multa de dieciocho a veinticuatro meses, en atención a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable”.
Traducido: la sentencia que podría llegar a imponerle –si la cosa va para adelante- el Juzgado Central de lo Penal, cuyo titular es José Manuel Clemente Fernández-Prieto González, podría ser de 1 a 2 años y medio.
Aunque lo que podría ocurrir, según los cálculos que me hacen, es que se acercaría a un año de prisión o multa de 18 a 24 meses, según la solvencia de Rubiales.
En este caso la multa podría ser la mínima. 18 meses a razón de 20 euros diarios, como en casos similares: total 10.800 euros de multa.
La cosa, hay que advertirlo, podría eternizarse. Porque esa sentencia podría ser apelada ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Pero ahí no se acabaría todo.
Porque podría ser recurrida en casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por infracción de ley de los artículos 847.1. b y 849.1, con los efectos indicados.
Con la judicialización penal la cosa no se ha aclarado.
Al contrario, el culebrón puede dar un giro inesperado al internarse la causa en las aguas oscuras y complejas de esta jurisdicción. Sin duda, las del TAD y del Consejo Superior de Deportes, o incluso las de la FIFA, eran más seguras. Rubiales estaba controlado. Ahora podría no estarlo.
El final está más lejos de lo imaginado.
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