El TC deniega la suspensión de la pena de cárcel a los condenados por los ERES de Andalucía
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad denegar la suspensión de la pena privativa de libertad a los condenados en la pieza principal de la causa de los ‘Eres’ de Andalucía.

El TC deniega la suspensión de la pena de cárcel a los condenados por los ERES de Andalucía

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26/9/2023 13:27
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Actualizado: 26/9/2023 13:28
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad denegar la suspensión de la pena privativa de libertad a los condenados en la pieza principal de la causa de los ‘Eres’ de Andalucía, Miguel Ángel Serrano Aguilar, Juan Márquez Contreras, Antonio Fernández García, Francisco Vallejo Serrano, Jesús María Rodríguez Román, Carmen Martínez Aguayo y José Antonio Vera Chacón.

Según han explicado a través de los autos, están ante una pena de prisión netamente superior a los cinco años sin que las razones alegadas por los demandantes de amparo hagan desaparecer el cualificado interés general que presenta la ejecución de la resolución condenatoria firme.

El Pleno ha considerado que no es procedente acordar la medida cautelar solicitada. Junto a la gravedad de la pena, la naturaleza, gravedad y trascendencia social de los hechos enjuiciados operan como parámetro decisivo para no acceder a la suspensión interesada; en tanto que los recurrentes fueron condenados por delitos continuados contra la Administración Pública cometidos a lo largo de un extenso periodo de tiempo y con incidencia en toda una comunidad autónoma.

Por otro lado, en el caso de Juan Márquez Contreras han explicado que tampoco procede acordar la suspensión de la pena de tres años de prisión impuesta al hallarse suspendida su ejecución en virtud de auto de la Audiencia Provincial de Sevilla de 15 de noviembre de 2022, en tanto se tramita su solicitud de indulto y por un plazo máximo de un año, no le está irrogando perjuicios de imposible reparación susceptibles de hacer perder al amparo su finalidad.

Asimismo, el Pleno también ha acordado tener por desistido al recurrente José Antonio Griñán Martínez de la petición de suspensión de la pena de prisión, así como el archivo de la presente pieza separada de suspensión.

Pues solicitó al Tribunal Constitucional el pasado 28 de junio que se le tuviera por desistido de la medida cautelar interesada, habida cuenta del Auto dictado por la Audiencia Provincial de Sevilla el 26 de junio de este año, por el que se acordaba la suspensión de la pena privativa de libertad.

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