El TJUE sentencia que el monopolio de UEFA y FIFA es contrario al derecho de la competencia
European Superleague Company ejercitó ante el Juzgado de lo Mercantil Nº17 de Madrid una acción dirigida contra la FIFA y la UEFA.

El TJUE sentencia que el monopolio de UEFA y FIFA es contrario al derecho de la competencia

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21/12/2023 10:51
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Actualizado: 21/12/2023 11:30
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que el monopolio de la UEFA y la FIFA respecto a la autorización de competiciones de fútbol como la Superliga es contrario al Derecho de la competencia y a la libre prestación de servicios. 

Una competición que fue vetada tras ser impulsada por doce clubes -entre ellos el Real Madrid o el Barcelona- a través de la sociedad española European Superleague Company, un proyecto de nueva competición de fútbol.

Pero tanto la FIFA como la UEFA se opusieron al proyecto e incluso amenazaron con sanciones a los equipos y a los jugadores que participasen en él.

Sin embargo, los magistrados de Luxemburgo han declarado en la sentencia C-333/21 de 21 de diciembre -en contra del criterio del abogado general- que el veto a esa competición viola el Derecho de la Unión.

Según se desprende a lo largo de la sentencia, tanto la FIFA como la UEFA, que son dos asociaciones de derecho privado situadas en Suiza, tienen como objetivo promover y controlar el fútbol en los ámbitos mundial y europeo.

Y han adoptado normas que les conferían la facultad de autorizar las competiciones internacionales de fútbol de clubes y de explorar diferentes derechos de difusión de estas competiciones. 

Una posición dominante de la UEFA y FIFA

Pero el TJUE considera que la organización de competiciones de fútbol de clubes y la explotación de los derechos de difusión son, claramente, actividades económicas. 

“Estas actividades deben respetar las normas en materia de competencia y las libertades de circulación, a pesar de que el deporte, como actividad económica, presente ciertas características específicas, como la existencia de asociaciones dotadas de facultades normativas, de control y sancionadoras”.

Y es que, los jueces de Luxemburgo han determinado que cuando una empresa en posición dominante tiene la facultad de determinar en qué condiciones pueden entrar en el mercado empresas potencialmente competidoras, esta facultad, habida cuenta del riesgo de conflicto de intereses que genera, debe ir acompañada de criterios que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado.

Consideran que las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio de esta naturaleza y, en consecuencia, “están abusando de su posición dominante”. 

European Superleague Company ejercitó ante el Juzgado de lo Mercantil Nº17 de Madrid una acción dirigida contra la FIFA y la UEFA por estimar que sus normas sobre la autorización de las competiciones y la explotación de los derechos de difusión son contrarias al Derecho de la Unión.

Al albergar dudas a este respecto, habida cuenta en particular de que la FIFA y la UEFA ostentan una posición de monopolio en este mercado, el Juzgado español formuló preguntas al Tribunal de Justicia.

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