El Parlamento Europeo urge al Consejo a incluir los delitos de odio en la lista de eurodelitos graves transnacionales 
El europarlamento insta al Consejo a incluir estos delitos en el Tratado de la Unión antes del final de la actual legislatura. Foto: PE.

El Parlamento Europeo urge al Consejo a incluir los delitos de odio en la lista de eurodelitos graves transnacionales 

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18/1/2024 17:25
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Actualizado: 19/1/2024 20:41
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El llamamiento figura en el informe que hoy han aprobado los europarlamentarios por 397 votos a favor, 121 en contra y 26 abstenciones (el Parlamento de Estrasburgo tiene un total de 705 escaños). En el mismo se insiste al Consejo para que adopte una decisión para incluir el discurso y los delitos de odio en el artículo artículo 83, apartado 1, del Tratado de la Unión (denominados «crímenes de la UE») antes del final de la actual legislatura.

Son delitos de carácter particularmente grave y que tienen una dimensión transfronteriza, para los que el Parlamento y el Consejo pueden establecer normas mínimas para definir las infracciones penales y las sanciones.

Los eurodiputados piden al Consejo que avance en la tramitación legislativa de una propuesta para garantizar un nivel adecuado de protección contra el odio para todos en Europa.

La libertad de expresión no puede ser utilizada para propagar el odio

El texto subraya que la libertad de expresión, aun siendo clave, no debe ser explotada como un escudo para propagar odio y que el uso indebido de internet y el modelo de negocio de las redes sociales contribuyen a difundir y amplificar la incitación al odio.

En el informe, del que es autora la eurodiputada de Ciudadanos, Maite Pagazaurtundua, vicepresidenta de la Comisión de Libertades Civiles de la Eurocámara, se pide también a la Comisión que proponga una definición clara de los delitos de odio y la incitación al odio, incluida una definición explícita de la incitación en el marco de una acción común de la Unión para garantizar la promoción de los valores de la Unión.

«Además de carecer de un marco jurídico europeo integral para hacer frente a la incitación al odio y los delitos de odio, nos enfrentamos a nuevas dinámicas sociales, a través de las cuales la normalización del odio evoluciona muy rápidamente. Debemos protegernos como sociedad y a las personas que son atacadas, perseguidas y acosadas, al tiempo que respondemos a las redes radicales y a la polarización extrema que proporcionan un terreno fértil para comportamientos que violan los derechos fundamentales», ha declarado Pagazaurtundua.

«Pedimos al Consejo que dé finalmente luz verde a la legislación contra los delitos de odio y la incitación al odio a escala de la UE, siempre de conformidad con el principio de proporcionalidad y garantizando la libertad de expresión de los ciudadanos», ha añadido.

Protección frente a la intolerancia

El texto se basa en el principio de que los derechos fundamentales protegidos son, principalmente, la dignidad humana y el principio de no discriminación por lo que la protección debe ser universal.

Reflejando la más alta ambición de las organizaciones de protección contra la intolerancia, especifica que ésta no debe limitarse únicamente a determinadas causas o motivaciones. 

Así, la protección que deben ejercer los estados miembros debe ser por razones raciales, o por razón de origen nacional, orientación sexual, religión, edad, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal, física o social, cualquiera que sea su forma de expresión, incluida la ideología.

Actualmente, el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión prohíbe toda discriminación, pero solo cita en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual. 

El informe indica además que la protección penal contra el odio debe ser proporcionada, lo que implica proteger la libertad de expresión de manera exquisita y limitarla únicamente cuando esté plenamente justificado hacerlo.

Un enfoque común frente al odio

Los eurodiputados tratan de garantizar la protección universal para todos, con especial atención a las personas objeto de ataques y los grupos y comunidades vulnerables.

La legislación vigente en los Estados miembros aborda la incitación al odio y los delitos de odio de diferentes maneras, mientras que las normas a escala de la UE solo se aplican cuando dichos delitos se cometen por motivos de raza, color de piel, religión, ascendencia u origen nacional o étnico.

Con el aumento del odio en Europa, ya han pasado dos años desde que la Comisión presentó su propuesta sin avance alguno por parte del Consejo. Los eurodiputados piden utilizar la «cláusula pasarela» para superar los obstáculos planteados por la necesidad de unanimidad.

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