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Álvaro García Ortiz ha comunicado esta mañana al presidente del Senado, Pedro Rollán, que el Consejo Fiscal no tiene competencia para emitir informe.

El FGE dice al Senado que el Consejo Fiscal no tiene competencias para informar sobre la amnistía

25 / 01 / 2024 14:04

Actualizado el 25 / 01 / 2024 14:05

El Fiscal General del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz, ha comunicado esta mañana al presidente del Senado, Pedro Rollán, que el Consejo Fiscal no tiene competencia para emitir informes sobre proposiciones de ley en tramitación ante el parlamento, como es la amnistía.

Una respuesta que, según la carta de seis páginas a la que ha tenido acceso Confilegal, se ha demorado un mes y medio «por la responsabilidad de no comprometer la posición institucional de un órgano de relevancia constitucional» hasta que no se hubiese renovado su mandato.

Lo ha hecho un día después de haber tomado posesión tras ser confirmado por el Gobierno por su «impecable trayectoria» a pesar del informe contrario del Consejo General del Poder Judicial y, también, de la decisión del Alto Tribunal de atribuirle una «desviación de poder» por el ascenso de Dolores Delgado.

García Ortiz le ha recordado en la misiva que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prevé la intervención del Consejo Fiscal para informar proyectos de ley o normas reglamentarias que afecten a la estructura, organización y funciones del Ministerio Público.

“No está legalmente prevista, por el contrario, su labor informante o consultiva en proposiciones de ley en tramitación ante el Parlamento”. 

Asimismo, ha explicado que el Consejo Fiscal no tiene semejanza alguna con el Consejo General del Poder Judicial.

Pese a que ni el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ni la Ley Orgánica del Poder Judicial ni el Reglamento del Senado regulan el trámite cursado por la Mesa del Senado, García Ortiz alude en su carta a la “leal colaboración institucional” que permitiría que fuera la institución del Ministerio Fiscal la que informara sobre una proposición de ley durante su tramitación parlamentaria. 

Sin embargo, considera que en este caso eso no es posible porque supondría “alterar el normal funcionamiento de la institución, invadir espacios y competencias propias de la estructura organizativa de la Fiscalía española en su toma de decisiones, pues, de entrar la norma en vigor, las y los fiscales objetiva y territorialmente competentes deberán posicionarse procesalmente en relación con su ámbito objetivo de aplicación y respecto de cualquier cuestión prejudicial o cuestión de inconstitucionalidad que pueda plantearse”. 

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