Firmas

Opinión | Proceso penal y narcotráfico o cuando el ratón termina por devorar al gato

Opinión | Proceso penal y narcotráfico o cuando el ratón termina por devorar al gato
14/2/2024 06:29
|
Actualizado: 14/2/2024 10:49
|

La muerte de dos Guardias Civiles ocurrida en Barbate, tras ser embestida su pequeña embarcación por un enjambre de narcolanchas que triplicaban su tamaño y potencia -jaleadas por vecinos felices- es el penúltimo episodio de un estado de cosas lampedusiano.

El orden social en esa zona de la costa española se teje de los mismos mimbres sociales que los del resto del país.  Sean primarios: recursos y condiciones económicas del lugar, familias, centros de enseñanza y asociaciones locales; o secundarios: fuerzas y cuerpos de seguridad, juzgados y tribunales y medios de comunicación.

Pero lo ocurrido en la costa gaditana, pone de manifiesto que el objetivo de ese orden social, es decir, conseguir que la conducta de sus ciudadanos sea la correcta desde el punto de vista colectivo, está lejos de lograrse.  

No es una casualidad, al contrario, hay causalidad en esa singularidad. La intentaré explicar a continuación.    

Todo sistema normativo exige, para que sea adoptado y efectivo por los miembros de una comunidad, de dos elementos. Por un lado, los preceptos que recogen los comportamientos a realizar y las consecuencias en caso de incumplirlas.

Por otro, los mecanismos para verificar que el incumplimiento se ha producido e imponer la consecuencia -sanción- que se deriva del mismo.  

Llevo trabajando como jurista en este último elemento más de 30 años, 25 de ellos en la jurisdicción penal.  La conozco bien.  Es un elemento complejo que utiliza para cumplir sus fines –la paz social- varias herramientas. 

El Derecho Penal sustantivo y el adjetivo/procesal; las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, para finalizar, los Juzgados y Tribunales Penales.  

Estos elementos están íntimamente relacionados entre sí y no es posible aumentar  -en exclusiva- el caudal de uno sin que se desborden el resto.  Ese caudal desbordado se dejará sentir con fuerza en los procesos de socialización ya señalados.  La teoría de los cristales rotos la refleja bien.

Echemos un vistazo –con trazos gruesos- a esos instrumentos. 

DERECHO PENAL SUSTANTIVO

La horquilla penológica del Derecho Penal sustantivo para las conductas relativas a las drogas es amplia y grave. Se prevén penas de prisión de tres a doce años, además de multas e inhabilitaciones. 

Los artículos 368 a 378 del Código Penal castigan, con detalle, todo tipo de conductas relativas al cultivo, elaboración, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o que de cualquier modo promuevan, favorezcan o faciliten su consumo ilegal, incluso su posesión con tales fines.  La penalización de estos delitos de tráficos de drogas es un asunto de mucha enjundia, al que haré somera referencia en la parte final de este artículo.  De momento solo señalaremos que se trata de delitos sin víctima, en los que se protege un bien jurídico colectivo: la salud pública, entendida como la suma de la salud de todos los ciudadanos que forman la sociedad. 

Se entiende además que, aunque la conducta no sea -necesariamente- nociva para un individuo concreto, pone en peligro la salud de todos y por eso se penaliza.  La salud pública, ordena el artículo 43.2 de la CE, debe ser tutelada por los poderes públicos, siendo considerada como un valor esencial comunitario que debe ser protegido contra las conductas que lo ataquen.  

Desde amplios sectores sociales y jurídicos -en los que no me incluyo-, se defiende que, cuando los ataques son graves, como ocurriría con la droga, queda justificada la aplicación del Derecho Penal sin que ello contravenga su carácter fragmentario y de última ratio.

DERECHO PROCESAL PENAL

El Derecho procesal penal se recoge en una Ley de Enjuiciamiento Criminal tan antigua que, cuando se promulgó, la mayoría de las sustancias psicotrópicas que se tipifican en el Código Penal no estaban ni en la imaginación.  De hecho, en 1882 el cannabis era utilizado sin cortapisas como remedio médico y se encontraba en las estanterías de muchas farmacopeas occidentales.  Otro tanto ocurría con la cocaína. 

En 1884, Sigmund Freud escribió un famoso trabajo “Úber Coca” en el que pontificaba las bondades del polvo blanco como remedio eficaz para combatir la depresión, eliminar molestias gástricas de tipo nervioso e incrementar la capacidad de rendimiento físico e intelectual. 

Vivir en tres centurias distintas le permite a la LECRIM acumular tantos procedimientos distintos y tal cúmulo de actos procesales, que su conocimiento profundo es una proeza al alcance de pocos; su aplicación coherente un milagro; y la consecución eficaz de la prevención delictiva -desde el punto de vista de política criminal- una quimera imposible, en la que solo creen los PowerPoint de los sucesivos Ministerios de Justicia. 

Sin ánimo de exhaustividad podemos señalar que la jurisdicción penal lidia todos los días con hasta doce tipos de procedimientos distintos, cada uno de ellos con sus propias reglas y recursos, algunos comunes y otros no.

Esta exuberancia procesal -en la que no incluimos otros procedimientos de leyes especiales- necesita de una sustancia material. 

Será ésta la que permita transformar su existencia teórica, en la realidad concreta de un procedimiento determinado en el que identificar la ejecución de un delito, su autor, la pena correspondiente, la reparación de la víctima y, lo que es más relevante -por más que suela descuidarse- la ejecución/cumplimiento de todo lo resuelto. 

En una expresión feliz, la Sala Segunda del Tribunal Supremo bautizó este sustrato de la jurisdicción como materialidad procesal.

En la actualidad, la materialidad procesal con la que tenemos que trabajar en los Juzgados y Tribunales penales es, como poco, complicada. 

Llevamos más de 10 años en un parteaguas imposible de sostener, en el que coexisten un Expediente Judicial Electrónico como desiderátum y una realidad híbrida de papel y digital.  Su control es una pesadilla para quién tiene encomendada esa función: los letrados de la Administración de Justicia.

Se integra en más de 20 aplicaciones informáticas distintas.  Entre otras: 1. Minerva, (Adriano, Themis, Atlante, depende de la CA en que estemos). 2. LexNet. 3. Nautius.. 4. Punto Neutro Judicial. 5. Apodera. 6. Arconte Aurea (Fideluis en otros territorios). 7. Siraj. 8. Tasaciones periciales. 9. Correo corporativo. 10. Buscador de abogados. 11. Desbloqueo Sistema de Gestión. 12. Scriba. 13. Expediente digital. 14. Agenda de señalamientos. 15. Agenda del IML. 16. Integración Adriano-Fiscalía. 17. Jara. 18. Aplicación Cuenta de Depósitos y Consignaciones. 19. Hermes. 20. Ainoa…

PROCEDIMIENTOS JUDICIALES PENALES IMPOSIBLES

El resultado son procedimientos judiciales penales imposibles, en el que no se puede determinar si su realidad es la que se imprime en papel, folia y concluye con una diligencia final en la que se enumeran los folios que la integran;  o es el conjunto de documentos electrónicos -no entro ahora en quién custodia y accede a los mismos- que contienen los Sistemas de Gestión Procesal y las aplicaciones informáticas antes dichas cuyo foliado y cierre no existe; o son ambos procedimientos integrados además por toda la documentación digital/electrónica que las partes, incluida la Policía, aporta a las causas y cuyo volumen impide que puedan imprimirse o alojarse en los Sistemas de Gestión, quedando recogidas en DVD o discos duros custodiados en los Servicios Comunes.

¿Alguien puede responder qué ocurre si lo que se imprime y da a las partes en papel o en formato digital, es diferente -mayor o menor- a lo que se aloja en el Sistema de Gestión procesal y también difiere de lo que se contiene en los discos duros custodiados en los Servicios Comunes? 

Pues, de propina, añadan el aderezo de los plazos de la instrucción del artículo 324 de la Lecrim y la protección de datos personales de los ficheros jurisdiccionales, para hacerse una idea cabal de las condiciones procesales en las que se trabaja en una Oficina Judicial del orden penal. 

Cuando se pregunten por qué hay causas como la del caso Pujol, enredada -ahora- en un expurgo de datos personales que no le deseo ni a mi peor enemigo, esperando más de 10 años a que se señale la fecha de inicio del juicio, no se escandalicen, sobran los motivos.

Detengámonos ahora, con brevedad, en las Oficinas Judiciales.  Solo consignaré datos. Son lo suficientemente expresivos para evitar comentarlos.

LA SITUACIÓN DE BARBATE Y LAS POBLACIONES COLINDANTES

Barbate cuenta con 2 Juzgados Mixtos.  Cada uno de ellos -como media-, a 31 de marzo del 2023, tenían 742 asuntos civiles en trámite y 890 asuntos penales. Para hacer frente a esos 1.632 procedimientos, cuentan con 8 funcionarios, un letrado de la Administración de Justicia y un juez. 

Sanlúcar de Barrameda cuenta con 4 Juzgados Mixtos.  Cada uno de ellos -como media-, a 31 de marzo del 2023, tenían 656 asuntos civiles en trámite y 534 asuntos penales. Para hacer frente a esos 1.190 procedimientos, cuentan con 7 u 8 funcionarios, un letrado de la Administración de Justicia y un juez. 

La Línea de la Concepción cuenta con 5 Juzgados Mixtos.  Cada uno de ellos -como media-, a 31 de marzo del 2023, tenían 585 asuntos civiles en trámite y 449 asuntos penales. Para hacer frente a esos 1.034 procedimientos, cuentan con 8 ó 9 funcionarios, un letrado de la Administración de Justicia y un juez. 

Para que se tenga elemento de comparación diremos que, en Madrid, a 31 de marzo del 2023, había 54 juzgados de Instrucción con dedicación exclusividad a asuntos penales. En esa fecha tenían, como media, cada uno de esos Juzgados de Instrucción la cifra de 465 asuntos en trámite.  Para hacer frente a esos 465 procedimientos, cuentan con 11 funcionarios, un letrado de la Administración de Justicia y un juez.

Es decir, en el peor de los casos, casi cuadruplican los asuntos con un cuarto menos de plantilla. En el mejor lo doblan en exceso. Solo señalar que, como resulta evidente, los funcionarios, letrados judiciales y jueces piden el traslado de tales juzgados apenas tienen oportunidad, con lo que el círculo vicioso de vacantes, interinidades y poca experiencia de esas Oficinas Judiciales es diabólico.

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD

Por último, haremos referencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.  En 2018 se puso en marcha el Plan Especial de Seguridad Campo de Gibraltar.  Según nos dicen las fuentes oficiales, dados sus buenos resultados, se ha ido prorrogando hasta el día de hoy.

Eso sí, el grupo especial Oconsur, que fuera bestia negra de los narcos andaluces, se desmontó por la puerta de atrás en el año 2022 sin que nadie haya explicado el porqué. Además, se fue ampliando a otras provincias y, en la actualidad, se extiende a toda la provincia de Cádiz, Málaga, Huelva, Almería, Granada y Sevilla.

El despliegue policial diseñado por ese Plan ha permitido -según fuentes oficiales- la detención/investigación de 17.635 sospechosos de actividades relacionadas con el narcotráfico y el contrabando; 19.063 operaciones realizadas por las Fuerzas de Seguridad -de las que 15.446 ya están judicializadas-; la incautación de 1.387.832 kilogramos de hachís, 87.786 de cocaína y 104.018 de marihuana y otras sustancias.

Ensamblemos todos los instrumentos pergeñados hasta ahora.  La operación no presenta muchas dificultades. 

Ciudades cuya situación geográfica constituye la puerta de entrada natural de la droga procedente del Magreb y de Sudamérica; con tasas de paro superiores al 25% y con índices de pobreza grave, según los cuales una quinta parte de la población está en tal situación.    

Planes del Ministerio del Interior que suponen 15.446 operaciones policiales judicializadas con relación al narcotráfico, en los 5 años que llevan vigentes.  Unas Oficinas Judiciales escasas, con plantillas de personal mínimas y poco estables. 

Medios procesales imposibles en su configuración actual, que actúan de tapón ante la avalancha de atestados policiales causados por el reforzamiento de esos planes, que están suponiendo una riada que desborda/arrasa los Juzgados de la costa gaditana y mediterránea en general.

¿Qué puede salir mal si, para colmo, hay tres Administraciones con competencias -en concurrencia agonista-  sobre ese sistema al que pretenden dar coherencia con algo que ahora llaman cogobernanza?

Existe un concepto llamado hormesis para designar aquellos procesos en virtud de los cuales la exposición a una dosis baja de un agente químico o bien un factor ambiental, que es dañino a dosis altas, induce una respuesta adaptativa y/o un efecto benéfico en la célula o el organismo.  Este proceso se constató en Chernóbil.  También puede hacerse, sin mucho esfuerzo, en el objeto de este artículo. 

Aplicar políticas criminales represivas -con los instrumentos punitivos descritos- a fenómenos delictivos tan complejos como el narcotráfico, produce el resultado contrario al que se perseguía: lo fortalece. 

 Las respuestas anunciadas por los Ministerios implicados -Justicia e Interior-, más policías con instrumentos judiciales y procesales inoperantes/colapsados, son el camino directo a la melancolía de los esfuerzos inútiles y continuados. 

MODIFICAR LA LECRIM

Hacer lo mismo y pretender resultados distintos es poco inteligente.  Alguna vez habrá que plantearse otros remedios. 

En el ámbito procesal -que es el que yo conozco mejor- pasan por aplicar reformas sencillas, no simples. 

Modifiquen la LECRIM para suprimir todos los tipos de procedimientos que hay y redúzcanlos a tres: el ordinario -que puede utilizar el modelo del actual abreviado-; el del Jurado -con reducción drástica de su ámbito de aplicación-; y el de delitos leves.  También reduzcan los recursos, establezcan un sistema ágil de señalamientos, regulen con rigor el régimen de suspensiones de juicios y vistas y, por último, simplifiquen la ejecución. 

Pretender promulgar una LECRIM completamente nueva, en la que se cambie el paradigma del modelo penal español, sin otro argumento que el de que se acomoda mejor a un sistema acusatorio puro, es un objetivo -absurdo- que lleva distrayéndonos más de 20 años, mientras los Juzgados penales se pudren en las situaciones ya descritas. 

O mucho me equivoco o este año saldrá un ¡¡cuarto!! Anteproyecto de LECRIM.

Pongan en funcionamiento los Tribunales de Instancia. Hoy mejor que mañana. No hay posibilidad alguna de hacer frente a la delincuencia actual de las costas españolas desde Oficinas Judiciales atomizadas, diezmadas y colapsadas por todas las razones ya descritas.

En todo caso, deberíamos ir planteándonos -de una vez por todas y con seriedad- si la prohibición de las drogas es la mejor estrategia para evitar que las mismas se constituyan en un problema de salud pública. A lo largo de mi carrera profesional habré participado en no menos de 1500 registros domiciliarios -la mayoría de ellos en asuntos de salud pública-. 

En algunos inmuebles casi soy un vecino más…

Puedo asegurarles que, en todos estos años, el problema no solo no disminuye o controla, sino que aumenta en un absurdo juego del gato y el ratón en el que las fuerzas y las garras del gato van disminuyendo, mientras que el roedor se agranda y refuerza hasta terminar devorando al perseguidor. 

En Barbate tenemos un ejemplo de ese juego desigual, también una muestra de un camino que conduce a los desiertos del norte de África, a las selvas de Sudamérica y a los centros financieros de todo Occidente y Asia.

Otras Columnas por Alfredo Martínez Guerrero:
Últimas Firmas
  • Opinión | ¿Qué ocurriría si el presidente, Pedro Sánchez, anuncia su dimisión el lunes?
    Opinión | ¿Qué ocurriría si el presidente, Pedro Sánchez, anuncia su dimisión el lunes?
  • Opinión | Sostenibilidad: un suma y sigue para las empresas
    Opinión | Sostenibilidad: un suma y sigue para las empresas
  • Opinión | Mocro Maffia y micro justicia
    Opinión | Mocro Maffia y micro justicia
  • Opinión | CDL: El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (V)
    Opinión | CDL: El pleito de M&A más complejo y largo de la Historia: La compra de Autonomy por Hewlett-Packard (V)
  • Opinión | Entidades especializadas en las ejecuciones civiles: la eficiencia de exportar un modelo de éxito
    Opinión | Entidades especializadas en las ejecuciones civiles: la eficiencia de exportar un modelo de éxito