El Supremo confirma una segunda condena por desobediencia a Quim Torra al inadmitir su recurso
Se ha confirmado así 15 meses de inhabilitación para Torra y el pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia. Foto: EP

El Supremo confirma una segunda condena por desobediencia a Quim Torra al inadmitir su recurso

28 / 02 / 2024 16:13

Actualizado el 28 / 02 / 2024 16:13

La Sala Penal del Tribunal ha acordado la inadmisión del recurso de casación presentado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Joaquim Torra contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona de 5 de mayo de 2023.

En ella se confirmó su condena a 15 meses de inhabilitación y el pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia. Torra no cumplió con el requerimiento que le hizo el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) en septiembre de 2019 para retirar una pancarta en favor de presos políticos y exiliados de la fachada del Palau de la Generalitat.

En su recurso, Torra alegó que la orden de retirar la pancarta en que se reflejaba «Libertad de presos políticos y exiliados» era arbitraria y perseguía reprimir su libertad de expresión y la de numerosos ciudadanos. También defendió que se había vulnerado su inviolabilidad parlamentaria y aseguró que era objeto de una persecución política.

En una providencia dictada el 27 de febrero los magistrados Manuel Marchena Gómez (presidente), Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Susana Polo García no han acreditado interés casacional que precise su pronunciamiento. Añade que la Audiencia Provincial, al confirmar la sentencia inicial de un Juzgado de lo Penal de Barcelona, descartó la existencia de vulneración de derechos fundamentales alegada por el recurrente, sin que se aprecie irracionalidad o arbitrariedad en su decisión.

Con todo, el dirigente no podría presentarse a las elecciones en los próximos 15 meses, por lo que no llegaría a las próximas elecciones autonómicas catalanas.

Esta es su segunda condena por un delito de desobediencia. En la primera el TSJC le condenó a un año y medio de inhabilitación por mantener una pancarta y otros símbolos en edificios públicos dependientes de la Generalitat antes de las elecciones generales del 28 de abril de 2019.

Noticias relacionadas:

La Eurocámara acepta el suplicatorio del Supremo y levanta por primera vez la inmunidad parlamentaria a Alvise

La Inspección de Trabajo no puede acceder sin permiso al domicilio social de una empresa, según el Supremo

Agentes de la UCO vinculan el piso de Jessica Rodríguez con una “contraprestación” de Aldama para «tener comprado» a Ábalos

El CGPJ investiga al juez del caso exDAO por sus manifestaciones «estereotipadas» sobre la mujer

Agentes de la UCO niegan cualquier manipulación de los dispositivos de Koldo en el juicio del Tribunal Supremo

El Supremo abre causa penal contra el diputado de Sumar Félix Alonso por presunta prevaricación durante su alcaldía en Altafulla

Lo último en Tribunales

El Coronel Jefe de la Comandancia de Madrid de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos. Foto: EP

Pérez de los Cobos afirma que no recuerda referencias a la ‘Operación Kitchen’ en los fondos reservados de Interior

jordi pujol ferrusola

Jordi Pujol Ferrusola niega ante la Audiencia Nacional haber recibido fondos de constructoras en Andorra

Mossos Puigdemont

Casi dos años de instrucción y cero indicios: archivada la causa contra 3 mossos por la fuga de Puigdemont

Taylor_Swift_2011_2

Taylor Swift registra su voz y su imagen como marcas para blindarse frente a la inteligencia artificial

Fachada del Tribunal Supremo. Foto: EP.

La Inspección de Trabajo no puede acceder sin permiso al domicilio social de una empresa, según el Supremo