El Supremo confirma una segunda condena por desobediencia a Quim Torra al inadmitir su recurso
Se ha confirmado así 15 meses de inhabilitación para Torra y el pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia. Foto: EP

El Supremo confirma una segunda condena por desobediencia a Quim Torra al inadmitir su recurso

28 / 02 / 2024 16:13

Actualizado el 28 / 02 / 2024 16:13

La Sala Penal del Tribunal ha acordado la inadmisión del recurso de casación presentado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Joaquim Torra contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona de 5 de mayo de 2023.

En ella se confirmó su condena a 15 meses de inhabilitación y el pago de una multa de 24.000 euros por un delito de desobediencia. Torra no cumplió con el requerimiento que le hizo el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) en septiembre de 2019 para retirar una pancarta en favor de presos políticos y exiliados de la fachada del Palau de la Generalitat.

En su recurso, Torra alegó que la orden de retirar la pancarta en que se reflejaba «Libertad de presos políticos y exiliados» era arbitraria y perseguía reprimir su libertad de expresión y la de numerosos ciudadanos. También defendió que se había vulnerado su inviolabilidad parlamentaria y aseguró que era objeto de una persecución política.

En una providencia dictada el 27 de febrero los magistrados Manuel Marchena Gómez (presidente), Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Susana Polo García no han acreditado interés casacional que precise su pronunciamiento. Añade que la Audiencia Provincial, al confirmar la sentencia inicial de un Juzgado de lo Penal de Barcelona, descartó la existencia de vulneración de derechos fundamentales alegada por el recurrente, sin que se aprecie irracionalidad o arbitrariedad en su decisión.

Con todo, el dirigente no podría presentarse a las elecciones en los próximos 15 meses, por lo que no llegaría a las próximas elecciones autonómicas catalanas.

Esta es su segunda condena por un delito de desobediencia. En la primera el TSJC le condenó a un año y medio de inhabilitación por mantener una pancarta y otros símbolos en edificios públicos dependientes de la Generalitat antes de las elecciones generales del 28 de abril de 2019.

Noticias relacionadas:

El Supremo obliga a Google a retirar los enlaces sobre un guardia civil indultado por haber perdido interés informativo

El Supremo mantiene la orden de detención de Puigdemont y rechaza aplicarle la amnistía

La AJFV sale en defensa del Supremo por la «Ley de Nietos» y pide al CGPJ que proteja la independencia judicial

La JEC ordena verificar quién puede votar por la «ley de nietos» tras las cautelares del Tribunal Supremo

El TS justifica su decisión de la «ley de nietos» ante el «peligro fundado» de que afecte a la transparencia electoral

Puente acusa a algunos jueces de querer «gobernar el país por detrás» y señala a María Tardón y al Supremo

Lo último en Tribunales

campamento inmigrantes ceuta

La Audiencia Nacional rechaza paralizar el campamento para migrantes en el Puerto de Ceuta

padres Sandra Peña

La Audiencia de Sevilla confirma el archivo de la querella contra el colegio de Sandra Peña

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El TJUE limita las fianzas electorales: no pueden excluir a partidos minoritarios ni candidatos con menos recursos

Konecta(1)

Ocho años de litigio: el TSJ andaluz confirma que los efectos de una modificación injustificada se retrotraen al origen frente a Konecta

zapatillas de trabajo empleada indemnización

Condenada a indemnizar con 166.000€ a una empleada por no comprar unas zapatillas de seguridad de 30 euros