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La ANIHPL también señala que se podrían añadir a las pérdidas las devoluciones obligadas debido a la tardanza del legislador estatal en actualizar el impuesto de manera adecuada, a pesar de las claras advertencias del Tribunal Constitucional en sus fallos 59/2017 y 126/2019. Foto: EP.

La nueva plusvalía reduce entre el 30% y 40% la recaudación de los ayuntamientos, afirman los inspectores de Hacienda Local

29 / 02 / 2024 06:30

Actualizado el 29 / 02 / 2024 11:32

La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL) ha evaluado que la reciente legislación implementada a través del Real Decreto-ley 26/2021, del 8 de noviembre ha resultado en una reducción de los ingresos municipales de entre un 30% y un 40% comparado con lo previamente recaudado por los ayuntamientos.

Dicho Real Decreto-ley introduce una nueva estructura para el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Los inspectores apuntan que a esta disminución se le debe sumar la pérdida de ingresos por todos aquellos procedimientos que se encontraban pendientes de decisión hasta el 26 de octubre de 2021, así como las inspecciones o verificaciones de autoliquidaciones de los cuatro años previos a esa fecha que estaban en proceso y tuvieron que ser desestimadas. Además de las liquidaciones que los ayuntamientos no lograron ejecutar entre el 26 de octubre y el 10 de noviembre de 2021, periodo previo a la entrada en vigor de la nueva ley.

La ANIHPL también señala que se podrían añadir a las pérdidas las devoluciones obligadas debido a la tardanza del legislador estatal en actualizar el impuesto de manera adecuada, a pesar de las claras advertencias del Tribunal Constitucional en sus fallos 59/2017 y 126/2019.

Esta alerta por parte de los Inspectores de la Hacienda Local surge tras una monitorización cuidadosa de las continuas demandas que exigen al Estado compensaciones económicas para los ayuntamientos afectados por la reducción de ingresos relacionados con el impuesto de plusvalía municipal, así como el reconocimiento de su responsabilidad patrimonial, tanto a nivel municipal como de particulares.

En un desarrollo reciente, una sentencia del Tribunal Supremo del 1 de febrero estableció que el Estado no está obligado a compensar a un contribuyente que pagó la plusvalía municipal por autoliquidación en un caso donde no se evidenció depreciación del valor del terreno.

Este fallo, junto con otros similares de fechas cercanas, limita las reclamaciones de responsabilidad patrimonial por parte de los individuos que no pudieron demostrar una disminución en el valor del suelo.

Sin embargo, esta decisión no aborda la responsabilidad del Estado frente a los contribuyentes que sí experimentaron tal pérdida de valor, quienes, basándose en la sentencia del Tribunal Constitucional de 2017, ya tenían derecho a solicitar a los ayuntamientos la devolución de las plusvalías cobradas indebidamente al probar dicha depreciación.

Tampoco considera las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que puedan presentar los entes locales, los cuales se encuentran en una posición distinta a la de los particulares.

La ANIHPL recuerda que los conflictos legales sobre tributación local no se limitan solo al impuesto de plusvalía municipal, sino que también afectan a otros impuestos como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

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